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BOC Nº 041. Lunes 2 de Abril de 2001 - 520

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

520 - ORDEN de 22 de marzo de 2001, por la que se amplía determinado plazo de la Orden de 23 de mayo de 2000, que establece las bases reguladoras para los años 2000 a 2006 para la concesión de subvenciones para la instalación de paneles solares planos con destino a la producción de agua caliente, con cargo al Programa Procasol, y convocó las del ejercicio 2000 (B.O.C. nº 74, de 16.6.00).

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Mediante Orden de 23 de mayo de 2000, se establecieron las bases reguladoras para los años 2000 a 2006 para la concesión de subvenciones para la instalación de paneles solares planos con destino a la producción de agua caliente, con cargo al Programa de Promoción de Instalaciones Solares en Canarias (Programa Procasol), y se convocaron las del ejercicio 2000.

Según establece la base 15 de esta Orden Departamental, el plazo máximo de remisión, por parte del ITC, S.A., de la documentación justificativa de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2000, así como de la correspondiente verificación de las mismas, será el 1 de marzo de 2001.

Por Orden de 14 de diciembre de 2000, se amplió el plazo máximo de ejecución y justificación de los proyectos subvencionados en el marco del citado Programa Procasol para el ejercicio 2000, hasta el 30 de enero de 2001.

Mediante escrito de 5 de febrero de 2001, el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., como entidad colaboradora para la distribución de los fondos del programa, solicita que, dado el elevado volumen de las instalaciones realizadas al amparo de la convocatoria 2000, unido a la prórroga aprobada mediante la Orden citada en el párrafo anterior, circunstancia a la que se ha unido la convocatoria anticipada de las subvenciones correspondientes al programa para el ejercicio 2001, se le conceda una prórroga para la justificación de los fondos recibidos hasta el 31 de mayo de 2001.

Considerando lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como el artículo 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por todo ello, a propuesta del Director General de Industria y Energía, en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

1º) Ampliar hasta el 31 de mayo de 2001, para las subvenciones concedidas en el ejercicio 2000, el plazo máximo de remisión por parte del ITC, S.A., de la documentación justificativa de que se han cumplido las circunstancias y requisitos que justificaron la concesión de la subvención, que se establece en la base 15 de la Orden de 23 de mayo de 2000.

2º) La presente Orden producirá sus efectos a partir del día 1 de marzo de 2001.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2001.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

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