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BOC Nº 155. Lunes 27 de Noviembre de 2000 - 4179

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4179 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 19 de octubre de 2000, del Director, relativo a notificación de requerimiento para justificación de la subvención concedida a la entidad Guifaluzio Itmo, S.L.L.- Expte. nº 99-35/00652.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento de justificación de subvención en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 11 de octubre de 2000 fue efectuado el requerimiento de justificación de subvención del tenor literal siguiente:

En relación con la subvención concedida a la entidad Guifaluzio Itmo, S.L.L., en virtud de la Resolución nº 99-35/2773 del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo de fecha 16 de noviembre de 1999 para la incorporación a la misma de tres socios trabajadores, de las previstas en el Programa "A, de subvenciones a la incorporación de trabajadores desempleados a las cooperativas y sociedades laborales en calidad de socios trabajadores", de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) de 1 de julio de 1999 (B.O.C. nº 93, de 16.7.99), cúmpleme comunicarle lo siguiente:

Primero.- Teniendo en cuenta que en el resuelvo número cuarto de la citada Resolución de concesión y en los mismos términos en la base 17ª de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) de 1 de julio de 1999 (B.O.C. nº 93, de 16.7.99), se especifica que la entidad beneficiaria vendrá obligada, en el plazo de un año a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del socio subvencionado, a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante:

- Fotocopia compulsada del informe de vida laboral de la empresa expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la anualidad a justificar en el caso de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

- Fotocopia compulsada del informe de vida laboral de cada uno de los socios subvencionados expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la anualidad a justificar, en el caso de alta en el régimen de autónomos.

- Fotocopias compulsadas de los recibos oficiales de salarios.

- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

- Fotocopia compulsada del libro de socios o de participaciones.

- Diploma o certificación, en su caso, expedido por la entidad impartidora, acreditativo de haber realizado un curso de formación en economía social.

Segundo.- Que a la fecha del presente requerimiento no se ha aportado la documentación justificativa a la que hacen referencia los preceptos anteriormente indicados.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remita a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente:

- Fotocopia compulsada del informe de vida laboral de la empresa expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la anualidad a justificar: septiembre 1999-agosto 2000.

- Fotocopias compulsadas de los recibos oficiales de salarios, de los tres socios trabajadores subvencionados, correspondiente a la anualidad a justificar: septiembre 1999-agosto 2000.

- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

- Fotocopia compulsada del libro de participaciones.

- Diploma o certificación, en su caso, expedido por la entidad impartidora, acreditativo de haber realizado un curso de formación en economía social de los tres socios trabajadores subvencionados.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Mediante este documento se notifica a D. José Luis Álamo Pulido, el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92).

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre de 2000.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Promoción de la EconomíaSocial (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), Adolfo Faleh Pérez.

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