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BOC Nº 155. Lunes 27 de Noviembre de 2000 - 1625

III. OTRAS RESOLUCIONES - Parlamento de Canarias

1625 - RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2000, de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de la Resolución de la Comisión de Presupuestos y Hacienda, de 2 de noviembre de 2000, sobre Informe de fiscalización del estado de liquidación del presupuesto de la Universidad de La Laguna, ejercicio 1996.

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La Comisión de Presupuestos y Hacienda, en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 2000, debatió el Informe de la Audiencia de Cuentas de Canarias de referencia, habiéndose adoptado por la Cámara Resoluciones al respecto.

En conformidad con lo establecido en el artículo 179.7 del Reglamento del Parlamento de Canarias, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

RESOLUCIÓN I

"1. El Parlamento de Canarias recoge con satisfacción los comentarios de mejora de la gestión presupuestaria de la Universidad de La Laguna en el ejercicio 1996.

2. El Parlamento hace suyas las recomendaciones que la Audiencia de Cuentas plantea, si bien ha de considerar que tras el largo espacio de tiempo transcurrido entre el ejercicio al que se refiere el informe y la fecha del mismo y el consiguiente debate, es posible que algunas de las recomendaciones hayan podido ser asumidas. No obstante, el Parlamento de Canarias destaca los siguientes extremos:

- La recomendación de aceleración de todo el proceso de elaboración, discusión y aprobación del presupuesto de la Universidad con la finalidad de que el mismo sirva efectivamente como instrumento de programación y disciplina de la gestión económico-financiera.

- La conminación de que en el proceso de tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias, se ha de contemplar la legalidad de los mismos, mediante el preceptivo acuerdo del Consejo Social, cuando sea el caso.

- La necesidad de que se realicen las gestiones oportunas para establecer los canales de comunicación estables y necesarios entre la Universidad y las distintas Administraciones concedentes de transferencias y subvenciones a la misma.

3. Finalmente el Parlamento de Canarias remarca el hecho de la necesidad de profundizar en el debate acerca de la autonomía universitaria sobre la base de que ésta debe tener su máxima expresión en lo que se refiere a la docencia e investigación, siendo su autonomía financiera la encaminada a estos principios, sin perder de vista el necesario control de la aplicación de los fondos públicos por este Parlamento y a través de la Audiencia de Cuentas que se entregan a la Universidad mediante los oportunos contratos-programa, fruto del acuerdo de voluntades entre la Universidad y el Gobierno de Canarias."

RESOLUCIÓN II

"El Parlamento de Canarias, de conformidad con el informe de la Audiencia de Cuentas de Canarias sobre fiscalización del estado de liquidación del Presupuesto de la Universidad de La Laguna del ejercicio de 1996, reitera e insta a la Universidad de La Laguna a la adopción de las siguientes medidas:

1) Acelerar todo el proceso de elaboración, discusión y aprobación del presupuesto de la Universidad, con la finalidad de que, el mismo, sirva efectivamente como instrumento de programación y disciplina de la gestión económica-financiera.

2) Confeccionar una programación plurianual y su evaluación económica, en virtud de lo establecido en los artículos 54.1 de la LORU y 209 de sus Estatutos.

3) Elaborar, si no la hubiera efectuado, una Relación de Puestos de Trabajo de su personal docente.

4) Solventar, a la mayor brevedad posible, los errores y deficiencias detectados en el inventario de bienes, al mismo tiempo que se han de dotar los recursos humanos e informáticos necesarios para garantizar una eficaz gestión del inventario.

5) En el proceso de tramitación de los expedientes de modificación presupuestaria, se ha de contemplar la legitimación de los mismos, mediante el preceptivo acuerdo del Consejo Social, cuando sea el caso.

6) En el registro de los ingresos y gastos en la contabilidad presupuestaria, se han de seguir los principios contables públicos.

7) Cumplir con el mandato legal de adaptar sus Estatutos a la Ley Territorial 5/1989, de 4 de mayo, de Reorganización Universitaria de Canarias."

En la Sede del Parlamento, a 15 de noviembre de 2000.- El Presidente, José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez.

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