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BOC Nº 107. Miércoles 16 de Agosto de 2000 - 1126

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1126 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 22 de junio de 2000, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de mayo de 2000, que aprueba definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Oliva, promovido por la Corporación Municipal, término municipal de La Oliva (Fuerteventura).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O: Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de mayo de 2000, por el que se aprueban definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Oliva, promovido por la Corporación local, término municipal de La Oliva, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de junio de 2000.- La Directora General de Ordenación delTerritorio, María Carmen Castellano Rodríguez.

@texto: A N E X O

@texto: La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de mayo de 2000, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Oliva (Fuerteventura), completando los anteriores acuerdos de aprobación definitiva parcial adoptados por esta Comisión en sesiones celebradas los días 29 de julio y 9 de marzo de 2000.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de La Oliva y al Cabildo Insular de Fuerteventura.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.

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