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La Orden de 17 de mayo de 1999, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, establece, en su artículo 9.5, que el plazo máximo de justificación de las subvenciones concedidas con cargo a la misma, finaliza el 15 de octubre. Así mismo, el artículo 6.7 señala como período subvencionable el comprendido entre el día 1 de enero de 1998 y el 15 de octubre de 1999. Dado el gran número de solicitudes presentadas, ciento veintiuna en total, que representan una inversión total superior a los 3.000 millones de pesetas, y la gran cantidad de expedientes incompletos, cuyo plazo de subsanación está aún vigente, así como la complejidad de los proyectos presentados, que hace necesario un estudio pormenorizado de cada uno de ellos antes de poder realizar propuestas concretas, lo cual ha tenido como consecuencia la exceptuación del plazo previsto de resolución de la Orden, es por lo que se hace necesario ampliar los plazos de justificación y de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
En su virtud, a propuesta del Director General de Industria y Energía,
D I S P O N G O:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto el plazo señalado en el artículo 9.5 de la Orden de 17 de mayo de 1999.
Artículo 2º.- Ampliar el plazo de justificación de los proyectos subvencionados hasta el 30 de diciembre de 1999.
Artículo 3º.- Ampliar el plazo de ejecución previsto en el artículo 6.7 de la Orden de 17 de mayo de 1999 hasta el 30 de diciembre de 1999.
Artículo 4º.- Para lo no previsto en la presente Orden, se estará a lo dispuesto en la normativa autonómica reguladora de subvenciones y en especial al Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se faculta a la Dirección General de Industria y Energía para adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Orden.
Segunda.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día 15 de octubre de 1999.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 1999.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.
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