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Promulgada la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y dictados los Reales Decretos 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, el 1.004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general, y el 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, se ha procedido a la creación de Institutos de Educación Secundaria para dar respuesta a las necesidades derivadas de la generalización del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.
Al fin de obtener un mejor aprovechamiento de los recursos personales y materiales se ha considerado la conveniencia de proceder a la creación de Institutos de Educación Secundaria, en edificios que han venido funcionando hasta la fecha como Centros Públicos de Educación General Básica, en virtud de lo previsto en el apartado 2 de la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, que prevé la afectación, por necesidades de escolarización, de edificios escolares de propiedad municipal en los que se hallen ubicados centros de Educación Preescolar, Educación General Básica o Educación Especial para impartir Educación Secundaria, sin perjuicio de la titularidad demanial que puedan ostentar los municipios respectivos.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, formulada en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 5.1.d) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 25 de mayo de 1999,
D I S P O N G O:
Primero.- Crear el Instituto de Educación Secundaria Nuestra Señora del Pilar, con domicilio en la calle Badajoz, 26, de la localidad de Valle de los Nueve, del municipio de Telde, con número de código 35005055.
Segundo.- Este Centro estará ubicado en el edificio que ha venido funcionando como Colegio Público de Educación General Básica, el cual cesa en esta actividad docente y conserva el mismo número de código. Tercero.- Queda autorizado el Consejero de Educación, Cultura y Deportes para adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Decreto, y acordar asimismo, lo procedente en relación con el personal de este Instituto y efectuar las redistribuciones necesarias del profesorado y personal de administración y servicios, destinado en el Centro.
Cuarto.- La creación de este Centro tendrá efectos económicos y administrativos de 1 de julio de 1999.
Quinto.- El saldo de la gestión económica de la cuenta de funcionamiento y actividades docentes del Centro de Educación General Básica que desaparece se incorporará, previa justificación, como saldo inicial a la cuenta del Instituto de Educación Secundaria creado.
Sexto.- Al personal docente le será de aplicación lo establecido en la Orden de 16 de marzo de 1993, por la que se regulan situaciones del profesorado afectado por desdoblamientos, transformaciones, traslados e integraciones de enseñanzas en Centros Públicos de Enseñanzas Medias, Artísticas y de Idiomas (B.O.C. de 2 de abril).
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 1999.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.
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