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BOC Nº 050. Viernes 23 de Abril de 1999 - 619

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

619 - Orden de 21 de abril de 1999, por la que se fija el límite de gastos electorales en las elecciones al Parlamento de Canarias de 1999.

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El Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias 158/1999, de 19 de abril, convoca elecciones al Parlamento de Canarias, a celebrar el día 13 de junio de 1999.

El artículo 28.2 de la Ley territorial 3/1987, de 3 de abril, de medidas urgentes en materia electoral, establece el procedimiento para determinar el límite de gastos electorales a realizar por los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores en cada circunscripción electoral y que las cantidades resultantes se refieran a pesetas constantes, debiendo ser determinadas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda en los cinco días siguientes a la convocatoria de elecciones.

En consecuencia, procede actualizar la cantidad fijada por dicha norma según las cifras oficiales del Índice de Precios al Consumo.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- 1. El límite de gastos electorales en pesetas, por cada partido, federación, coalición o agrupación de electores que concurran a las elecciones al Parlamento de Canarias, convocadas por Decreto del Presidente 158/1999, de 19 de abril, será el que resulte de multiplicar por 75 el número de habitantes correspondiente a la población de derecho de la circunscripción donde aquéllos presenten sus candidaturas.

2. En todo caso se podrá realizar un gasto máximo de 837.500 pesetas (5.033,48 euros) por circunscripción si al aplicar la operación del apartado anterior no se llega a esta cantidad.

Artículo 2.- En consecuencia con lo dispuesto en el artículo anterior, el límite de gastos que podrán realizar los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores en cada una de las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife, de conformidad con las cifras de población resultantes de la renovación del padrón municipal referidas al 1 de enero de 1998 y declaradas oficiales por el Real Decreto 480/1998, de 18 de marzo, es el siguiente:

Ver anexos - página 5105

ISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 1999.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.

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