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BOC Nº 050. Viernes 23 de Abril de 1999 - 617

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Administración del Estado - Ministerio de Justicia

617 - ORDEN de 17 de marzo de 1999, que rectifica la de 20 de noviembre de 1998, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia.

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Por Orden de 20 de noviembre de 1998, publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 290, de fecha 4 de diciembre de 1998, se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, procede rectificar los párrafos primero y segundo de la base 6.2, que quedará redactada como sigue:

6.2 Los Tribunales Calificadores Únicos de los turnos de promoción interna y libre estarán compuestos por un Miembro de la carrera Judicial o Fiscal que los presidirá y seis Vocales: dos del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, dos de los Grupos A o B de la Administración Civil del Estado destinados en el Ministerio de Justicia y dos del Cuerpo de Secretarios Judiciales. Uno de los Vocales actuará como Secretario.

Tanto los miembros de los Tribunales, Calificadores Únicos y Delegados, como los Asesores y Colaboradores, por razones de organización, eficacia y economía en la actuación de los respectivos Tribunales y Unidades de Colaboración de que formen parte, deberán tener su residencia en la localidad donde tenga su sede el Tribunal o Unidad para el que se nombran.

Los Tribunales Delegados del turno de promoción interna y turno libre tendrán la misma composición que el Tribunal Calificador Único, sustituyéndose a los funcionarios de la Administración Civil del Estado por funcionarios de las Comunidades Autónomas que pertenezcan a los Grupos A o B. Para su nombramiento, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas remitirán a la Secretaría de Estado de Justicia una terna por cada uno de los Vocales a nombrar, a excepción del perteneciente a la Comunidad Autónoma que será designado directamente por ésta de entre los Grupos A o B. Uno de los vocales actuará como Secretario.

Los miembros suplentes de los Tribunales Calificadores Únicos y de los Tribunales Delegados de los turnos de promoción y libre, actuarán en ausencia de su correspondiente en el titular.

El nombramiento de los Tribunales Calificadores Únicos, de los Tribunales Delegados de los turnos de promoción interna y libre, de los Asesores y Colaboradores de turno libre se hará público, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. Estos Tribunales tendrán la categoría III de las previstas en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

Madrid, a 17 de marzo de 1999.- (P.D.O. de 29 de octubre de 1996), el Secretario de Estado de Justicia, José Luis González Montes.

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