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Por Orden de 19 de noviembre de 1998, publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 292, de fecha 7 de diciembre de 1998, se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, procede rectificar los párrafos primero y segundo de la base 5.2, que quedará redactada como sigue:
5.2. El Tribunal Calificador Único estará compuesto por un Miembro de la carrera Judicial o Fiscal que lo presidirá y seis Vocales: dos del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, dos de los Grupos A, B o C de la Administración Civil del Estado destinados en el Ministerio de Justicia y dos del Cuerpo de Secretarios Judiciales. Uno de los Vocales actuará como Secretario.
Tanto los miembros de los Tribunales, Calificador Único y Delegados, como los Asesores y Colaboradores, por razones de organización, eficacia y economía en la actuación de los respectivos Tribunales y Unidades de Colaboración de que formen parte, deberán tener su residencia en la localidad donde tenga su sede el Tribunal o Unidad para el que se nombran.
Los Tribunales Delegados tendrán la misma composición que el Tribunal Calificador Único, sustituyéndose a los funcionarios de la Administración Civil del Estado por funcionarios de las Comunidades Autónomas que pertenezcan a los Grupos A, B o C. Para su nombramiento, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas remitirán a la Secretaría de Estado de Justicia una terna por cada uno de los Vocales a nombrar, a excepción del perteneciente a la Comunidad Autónoma que será designado directamente por ésta de entre los Grupos A, B o C. Uno de los vocales actuará como Secretario.
Los miembros suplentes del Tribunal Calificador Único y de los Tribunales Delegados, actuarán en ausencia de su correspondiente en el titular.
El nombramiento del Tribunal Calificador Único, de los Tribunales Delegados, de los Asesores y Colaboradores se hará público, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. Estos Tribunales tendrán la categoría V de las previstas en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.
Madrid, a 17 de marzo de 1999.- (P.D.O. de 29 de octubre de 1996), el Secretario de Estado de Justicia, José Luis González Montes.
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