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BOC Nº 010. Viernes 22 de Enero de 1999 - 92

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

92 - Dirección General de Deportes.- Resolución de 5 de noviembre de 1998, por la que se dispone la publicación del Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Pájara para la gestión del Polideportivo de Morro Jable.

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Con fecha 26 de octubre de 1998, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Pájara suscriben un Convenio de Encomienda de Gestión del Polideportivo de Morro Jable, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, disponiéndose en su cláusula tercera la publicación del citado Convenio en el Boletín Oficial de Canarias.

En su virtud, dando cumplimiento a lo dispuesto en el citado precepto, así como en la mencionada cláusula, esta Dirección General de Deportes

R E S U E L V E:

Disponer la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Pájara para la gestión del Polideportivo de Morro Jable, de fecha 26 de octubre de 1998, que se inserta como anexo de la presente Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 1998.- El Director General de Deportes, Juan Antonio Díaz Almeida.

A N E X O

CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES Y EL AYUNTAMIENTO DE PÁJARA PARA LA GESTIÓN DEL POLIDEPORTIVO DE MORRO JABLE.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de octubre de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Mendoza Cabrera, en su calidad de Consejero de Educación, Cultura y Deportes, facultado para este acto por el artº. 16.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Y, de otra parte, D. Ignacio Perdomo Delgado, como Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pájara, facultado para este acto por Acuerdo del Pleno de dicho Ayuntamiento de fecha 14 de julio de 1998.

EXPONEN

1.- Que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes es titular del Polideportivo de Morro Jable, dentro del término municipal de Pájara, cuya descripción consta en el anexo de este convenio.

2.- Que, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y, en su actuación, por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos.

3.- Que, en atención a los citados principios, cabe encomendar la gestión de tales instalaciones deportivas a distinta Administración de la originariamente competente, sin que ello suponga cesión de su titularidad ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, conforme preceptúa el artículo 15 del texto legal citado, debiendo, a tenor del mandato establecido en el apartado 4 de dicho artículo, formalizarse mediante la firma del correspondiente convenio entre ellas.

Por todo lo expuesto, acuerdan celebrar el presente Convenio de Encomienda de Gestión que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera: la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en calidad de titular dominical de las instalaciones deportivas, encomienda al Ayuntamiento de Pájara, en su calidad de Administración territorial competente, la gestión y vigilancia de las instalaciones deportivas descritas en el expositivo I.

Segunda: la encomienda de gestión, que se basa exclusivamente en razones de eficacia, se referirá a los siguientes aspectos:

a) Organización y normas de utilización de las instalaciones por los usuarios.

b) Mantenimiento y protección de las instalaciones en perfecta condición de seguridad, salubridad e higiene.

c) Adopción de las medidas de seguridad necesarias para la realización de todo tipo de eventos deportivos, haciendo uso de los efectivos de Policía Local y Protección Civil adscritos al Ayuntamiento de Pájara.

Tercera: el plazo de vigencia de la encomienda será de diez años, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, prorrogable por acuerdo expreso de las partes.

Cuarta: las instalaciones se entregarán para su gestión en perfectas condiciones de uso (a falta de iluminación y equipamiento deportivo) y, transcurrido el plazo de vigencia estipulado, deberá reintegrarse a sus titulares en idénticas condiciones.

Quinta: los gastos de mantenimiento de la instalación corresponderán al Ayuntamiento de Pájara. Asimismo, será de cuenta de dicha Corporación sufragar el equipamiento deportivo y la iluminación del pabellón.

Y, en prueba de conformidad, firman y rubrican el presente Convenio, por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.- José Mendoza Cabrera.- Ignacio Perdomo Delgado.

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