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BOC Nº 010. Viernes 22 de Enero de 1999 - 91

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

91 - Viceconsejería de Educación.- Resolución de 4 de enero de 1999, por la que se convocan las ayudas referidas a las acciones Comenius 1, Comenius 3.2, Lingua B y Lingua C del Programa Sócrates de la Unión Europea y se establecen los criterios para la selección de proyectos y de personas correspondientes a dichas acciones.

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El Programa Sócrates es el programa de acción de la Unión Europea para la cooperación transnacional en el ámbito de la educación y encuentra su fundamento jurídico en los artículos 149 y 150 del Tratado de la Unión Europea, según los cuales la Comunidad Europea “contribuirá al desarrollo de una educación de calidad” mediante una serie de acciones, que se llevarán a cabo en estrecha colaboración con los Estados miembros. El programa Sócrates fue aprobado el 14 de marzo de 1995 por Decisión nº 819/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (D.O.C.E. de 20 de abril). Vigente hasta finales de 1999, es aplicable a los 15 estados miembros de la Unión Europea, así como a Islandia, Liechtenstein, Noruega, Chipre, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa y Rumanía, en el marco del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en las condiciones establecidas por la Comisión. El Programa está destinado a contribuir al desarrollo de una enseñanza y una formación de calidad y de un espacio europeo abierto a la cooperación en materia educativa, estableciendo que en las acciones descentralizadas como son las que tienen por objeto esta Resolución, los Estados miembros podrán aplicar criterios adicionales que se adapten a las necesidades del país.

En la Decisión del Parlamento Europeo se indica que los Estados miembros adoptarán las disposiciones necesarias para garantizar la coordinación y organización a escala nacional de la ejecución del programa, estableciendo estructuras y mecanismos adecuados en el ámbito nacional, que se concreta en la creación de la Agencia Nacional Sócrates. Igualmente la Orden de ámbito estatal de 30 de diciembre de 1996 (B.O.E. de 10 de enero de 1997) establece “Las normas generales a que deben atenerse las convocatorias específicas de ayudas de las acciones descentralizadas del Programa Sócrates de la Unión Europea: Comenius 1 “Asociaciones entre centros escolares para la elaboración de Proyectos Educativos Europeos”, Comenius 3.2 “Ayudas para la formación del profesorado y personal educativo, Lingua B “Ayudas para profesorado de idiomas”, Lingua C “Ayudas para futuros profesores de idiomas” y “solicitud por parte de los centros escolares de ayudantes de idiomas”.

Así mismo le corresponde a la Agencia Nacional Sócrates, responsable de la gestión financiera del Programa Sócrates en España, y en nombre de la Comisión Europea conceder apoyos financieros mediante ayudas al profesorado y a los centros que hayan sido seleccionados por las diferentes Comunidades Autónomas.

El Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes establece en su artículo 7.c), que corresponde a la Viceconsejería de Educación la coordinación y seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea, relativos a las actividades del Departamento en el área de educación. Con tal fin desde el curso 1995/96 viene funcionando, dependiendo de la Viceconsejería, la Oficina de Programas Europeos de Educación cuyas principales funciones son: coordinar, informar, asesorar y evaluar las acciones de la Unión Europea en materia de educación y formación, así como las de promover y apoyar las acciones comunitarias en los centros de enseñanza, potenciando la dimensión europea en las comunidades educativas y la coordinación con las Agencias Nacionales europeas en el campo de la educación y la formación.

En virtud de lo anterior y con el fin de dar a conocer los criterios que esta Viceconsejería de Educación establece para las convocatorias a las que se hace mención,

R E S U E L V E:

COMENIUS 1

Primero.- Convocar y dar a conocer los criterios de selección que se establecen para obtener ayudas en el marco de la acción Comenius 1. “Asociaciones multilaterales entre centros escolares basadas en un Proyecto Educativo Europeo” del Programa Sócrates.

Dentro del capítulo II del Programa Sócrates, dedicado a la enseñanza escolar, se encuentra la acción Comenius 1, cuyo objeto principal es promover la dimensión europea de la educación, impulsando la cooperación entre centros de enseñanza de la U.E. que, en torno a un PEE (Proyecto Educativo Europeo), contribuya a mejorar el conocimiento de las culturas y los idiomas de los distintos países de la Unión.

Las asociaciones de centros escolares que desarrollen un PEE serán de al menos tres países, de los cuales uno tendrá la responsabilidad de coordinar dicho proyecto, centro coordinador y el resto de los países serán asociados, centros asociados. El PEE deberá estar integrado en la Programación Anual del Centro y deberá contar con el apoyo de los Órganos de Gobierno del mismo (Equipo Directivo, Claustro y Consejo Escolar).

Por su carácter multidisciplinar, un PEE deberá desarrollarse en equipo y contribuir a desarrollar la igualdad de oportunidades entre el alumnado por razones de sexo, necesidades y/o necesidades educativas especiales.

En el desarrollo de un PEE, se contemplan encuentros entre el profesorado de los centros que participan en la asociación. Así mismo, y siempre que estén contempladas en el plan de trabajo, se pueden solicitar ayudas para: la realización de Visitas de Estudio, destinadas al equipo directivo del centro, con una duración máxima de una semana, con el fin de contribuir al fortalecimiento de la asociación; realizar Intercambios de Profesorado, por un período entre dos y cuatro semanas, que deberá ser recíproco y consecutivo así como para realizar Estancias Formativas en Empresas (ETP) por un período comprendido entre una y tres semanas con objeto de que el profesorado pueda realizar un período práctico en una empresa, organizado de común acuerdo con uno de los centros escolares asociados en el PEE, con carácter recíproco. Igualmente se contempla la realización de Visitas Preparatorias, que se realizan antes de la presentación del proyecto y que tienen como objeto el diseño y la concreción del PEE que se llevarán a cabo en los centros implicados.

Segundo.- Cuantía de las ayudas.

1. Para la realización de un Proyecto Educativo Europeo (PEE), la Comisión Europea, a través de la Agencia Nacional Sócrates, aportará ayudas que serán de 3.000 euros para los centros que actúen como coordinadores de la asociación y de 2.000 euros para los centros que actúen como asociados, pudiendo asignar una cantidad complementaria de 500 euros por año en el caso de proyectos relacionados con la atención a alumnado con necesidades educativas especiales o por tratarse de región ultraperiférica, siempre y cuando el centro actúe como coordinador de la asociación.

2. Las ayudas para las visitas preparatorias y las visitas de estudio serán de hasta 1.000 euros por persona.

3. La cantidad máxima para los intercambios de profesorado de hasta 1.500 euros por persona.

4. La cantidad máxima para las Estancias Formativas en Empresas (ETP) será de hasta 1.500 euros.

Tercero.- Requisitos de los centros participantes.

1. Podrán participar en este programa los centros públicos, concertados y privados de la Comunidad Autónoma de Canarias, que impartan algunas de las siguientes enseñanzas:

- Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria: obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, B.U.P., C.O.U., FP I y FP II. Artes Aplicadas, Oficios Artísticos y Cerámica, Educación de Adultos, Arte Dramático y Danza, Música y Escuelas Oficiales de Idiomas.

2. Los centros desarrollarán un sólo PEE, salvo aquellos con más de 2.000 alumnos y alumnas, y siempre que dichos proyectos se dirijan a distintos niveles educativos.

3. Los centros que presenten un PEE deberán estar asociados con centros de, al menos, tres países.

Ver anexos - páginas 911-912

Cuarto.- Méritos y acreditación. Para la selección de proyectos, de las visitas preparatorias, visitas de estudio, intercambio de profesorado y prácticas en empresas se atenderá a los siguientes criterios: 1. Proyectos Educativos Europeos.

Ver anexos - páginas 912-913

3. Visitas de Estudio y los Intercambios de Profesorado y las Estancias Formativas en Empresas (ETP).

En todos los casos seleccionarán atendiendo a la viabilidad presupuestaria, y previa su valoración para el desarrollo del proyecto, para el Centro y su entorno.

Quinto.- Comisión Seleccionadora.

1. Para llevar a cabo la valoración de los Proyectos Educativos Europeos se nombrará una Comisión integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Oficina de Programas Europeos de Educación.

Un representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Dos representantes de Centros del Profesorado.

Un representante de cada una de las Direcciones Territoriales de Educación.

Secretario: un funcionario de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 2. La selección de las Visitas Preparatorias, Visitas de Estudio, Intercambio de Profesorado y Estancias Formativas en empresas se realizará por la Oficina de Programas Europeos de Educación.

Sexto.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes para la presentación de proyectos finaliza el 1 de marzo de 1999 para los proyectos que inicien sus actividades en septiembre de 1999 y el 1 de noviembre 1999 para los proyectos que inicien sus actividades en marzo del año 2000. 2. Las solicitudes para las visitas preparatorias, deberán presentarse antes del 20 de marzo de 1999, para las que se desarrollen entre el 1 de mayo y el 30 de octubre de 1999; el 20 de junio de 1999 para visitas que se desarrollen entre el 1 de agosto y el 30 de octubre de 1999; el 20 de octubre de 1999 para las visitas que se realicen entre el 1 de diciembre de 1999 y el 28 de febrero del 2000. 3. Las Visitas de Estudio, el Intercambio de Profesorado y las Estancias Formativas en Empresas, contempladas en el plan de actividades del formulario del centro coordinador del proyecto, se presentarán tres meses antes de la realización de la actividad.

4. Las solicitudes se enviarán a la Viceconsejería de Educación (Oficina de Programas Europeos de Educación) calle Pedro de Vera, 36, 3º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

También podrá utilizarse para la presentación de dichas solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso en que las solicitudes optaran por presentarse en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada. Y en caso de que se utilice cualquiera de estos dos últimos procedimientos se deberá comunicar el lugar de presentación a la Oficina de Programas Europeos de Educación mediante fax (928) 363226.

Séptimo.- Evaluación, seguimiento y formación. La Viceconsejería de Educación dictará las normas para el seguimiento y la evaluación de los proyectos aprobados. A la finalización de cada año, y previa evaluación, se acreditará con un total de 50 horas de formación al profesorado que haya desarrollado un PEE. Para solicitar la acreditación correspondiente, además de la documentación que se indica en el contrato que se recibirá por parte de la Agencia Nacional Sócrates (artículo noveno.1) se enviará a la Oficina de Programas Europeos certificado de la dirección del centro donde se haga constar nombre, área y D.N.I. del profesorado que ha participado en el desarrollo del proyecto.

Este reconocimiento de 50 horas de formación se hace extensivo a los proyectos aprobados en el año 1995 y 1996, mediante solicitud del mismo, previa presentación de los requisitos anteriormente señalados.

Octavo.- Resolución de la convocatoria.

1. Dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La Oficina de Programas Europeos de Educación hará pública en los CEPs la relación provisional de los proyectos baremados, indicando aquellos que han sido seleccionados y los que han sido excluidos, especificando la causa. 2. Se podrán presentar reclamaciones ante la Oficina de Programas Europeos de Educación durante el plazo de diez días naturales, contados a partir de la fecha en que se haga pública la citada relación. 3. Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y en su caso atendidas dichas reclamaciones, la Oficina de Programas Europeos de Educación publicará en los CEPs la relación definitiva de los proyectos aprobados y la elevará a la Agencia Nacional Sócrates. 4. La relación de los proyectos definitivamente aprobados, por la Agencia Nacional Sócrates y por la Comisión Europea, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Noveno.- Percepción y justificación de la ayuda.

1. La Agencia Nacional Sócrates procederá a la firma de un contrato con cada uno de los centros cuyos proyectos hubieran sido definitivamente aprobados.

2. El pago efectivo de la ayuda se hará a los centros por parte de la Agencia Nacional Sócrates, previa firma del contrato al que se hace referencia en el apartado anterior. 3. Las actividades susceptibles de beneficiarse de la ayuda no podrán empezar a realizarse con anterioridad a la firma de dicho contrato. 4. Los beneficiarios de la ayuda estarán obligados a:

a) Cumplir los distintos aspectos suscritos en el contrato entre la Agencia Nacional y el beneficiario de la ayuda. b) Enviar a la Oficina de Programas Europeos la memoria del proyecto así como la justificación económica, certificado de la Dirección del centro donde se haga constar nombre, área y D.N.I. del profesorado implicado en el proyecto.

c) Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Agencia Nacional Sócrates y las instancias comunitarias competentes.

d) Justificar la correcta inversión de la ayuda recibida, mediante la presentación de la documentación requerida.

5. La falta de justificación de la ayuda percibida, conforme a lo dispuesto en esta convocatoria, conllevará el reintegro de la cantidad no justificada, así como los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pudiera incurrir con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley General Presupuestaria y en la normativa comunitaria.

COMENIUS 3.2

Décimo.- Convocar y dar a conocer los criterios de selección para obtener ayudas en la acción Comenius 3.2 del Programa Sócrates. “Formación continua del personal docente”.

Dentro de la acción 3 de Comenius, que promueve la actualización y mejora de las competencias del personal educativo, la Acción 3.2 está destinada a favorecer la participación en cursos y seminarios del personal educativo en cursos de formación continua desarrollados en la acción 3.1.

Undécimo.- Cuantía de las ayudas. Dentro de esta acción Comenius 3.2 se ofrecen ayudas por parte de la Comisión Europea, a través de la Agencia Nacional Sócrates, que serán de hasta 1.500 euros, para contribuir a cubrir los costes de inscripción del curso o seminario y a los costes del viaje internacional y estancia de los participantes que asistan a los seminarios o cursos de formación.

Duodécimo.- La relación de los cursos o seminarios a celebrar entre el 1 de septiembre de 1999 y el 31 de agosto de 2000 se publica en el anexo V de esta Resolución, en los CEPs, en la Oficina de Programas Europeos de Educación en la siguiente dirección de Internet: https:nti.educa.rcanaria.es/opeec.

Decimotercero.- Requisitos de los candidatos. 1. Los candidatos y candidatas a dichos cursos o seminarios deben pertenecer al personal docente de la Comunidad Autónoma y tener el perfil solicitado en el curso o seminario para el que se presente la solicitud.

Ver anexos - página 915

ecimocuarto.- Méritos y acreditación.

1. Tendrán prioridad los candidatos que no hayan disfrutado de una ayuda Comenius 3.2, con anterioridad. 2. Los interesados podrán adjuntar cuantas justificaciones de méritos considere oportunas; sólo podrán ser valorados los méritos acreditados documentalmente (originales o fotocopias compulsadas). Todas las solicitudes serán baremadas de acuerdo con los siguientes criterios:

Ver anexos - página 915

Decimoquinto.- Comisión Seleccionadora.

Para la baremación de las solicitudes, se nombrará una Comisión de Selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue.

Vocales:

- 1 representante de la Oficina de Programas Europeos de Educación.

- 2 Directores/as de CEP.

- 1 representante de cada una de la Direcciones Territoriales de Educación.

Secretario: un funcionario de la Consejería de Educación.

Decimosexto.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de febrero de 1999.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Educación (Oficina de Programas Europeos de Educación), calle Pedro de Vera, 36, 3º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

También podrá utilizarse para la presentación de dichas solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso en que las solicitudes optaran por presentarse en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada. Y en caso de que se utilice cualquiera de estos dos últimos procedimientos se deberá comunicar el lugar de presentación a la Oficina de Programas Europeos de Educación mediante fax (928) 363226. Decimoséptimo.- Resolución de la convocatoria.

1. Dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se hará pública en los CEPs la relación provisional de las solicitudes baremadas, por cursos, indicando aquellas que han sido excluidas, especificando la causa.

2. Se podrán presentar reclamaciones ante la Oficina de Programas Europeos de Educación durante el plazo de diez días naturales, contados a partir de la fecha en que se hizo pública la citada relación.

3. Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y en su caso atendidas dichas reclamaciones, la Oficina de Programas Europeos de Educación publicará en los CEPs la relación definitiva de las solicitudes baremadas y la elevará a la Agencia Nacional Sócrates que procederá a su selección atendiendo al cupo establecido por Comunidades.

4. La selección definitiva de los candidatos se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Decimoctavo.- Percepción y justificación de la ayuda.

1. La Agencia Nacional Sócrates procederá a la firma de un contrato con cada una de las personas cuyas solicitudes hubieran sido definitivamente seleccionadas.

2. El pago del importe de la ayuda se hará a los interesados por parte de la Agencia Nacional Sócrates.

3. Los beneficiarios de la ayuda estarán obligados a:

3.1. Cumplir los distintos aspectos suscritos en el contrato entre la Agencia Nacional Sócrates y el beneficiario de la ayuda.

3.2. El pago de la totalidad de la ayuda se hará al interesado una vez realizada y justificada la actividad. Para ello remitirá en el plazo de un mes después de finalizar la actividad de formación los siguientes documentos: - A la Agencia Nacional Sócrates, calle Bravo Murillo 38, 28015-Madrid:

a) Un informe final sobre las actividades desarrolladas durante la participación en el curso o seminario.

b) Liquidación financiera final en euros que incluya el total de los gastos reales ocasionados que puedan optar a la ayuda.

c) Billetes originales de transporte internacional.

d) Fotocopia compulsada del certificado de participación, expedido por el organizador de la actividad de formación.

- A la Oficina de Programas Europeos de Educación los documentos a) y b) señalados en el artículo decimoctavo 3.2.

3.3. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Agencia Nacional Sócrates y las instancias comunitarias competentes.

3.4. Justificar la correcta inversión de la ayuda recibida, mediante la presentación de la documentación requerida.

4. La falta de justificación de la ayuda percibida, conforme a lo dispuesto en la convocatoria, conllevará el reintegro de la cantidad no justificada, así como los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que pudiera incurrir con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley General Presupuestaria y en la normativa comunitaria.

Decimonoveno.- Retirada de documentos.

Una vez publicadas las resoluciones definitivas y finalizados los plazos para la interposición de recursos, la documentación podrá retirarse en la Oficina de Programas Europeos de Educación hasta transcurridos tres meses de la fecha de publicación por los interesados o por personas autorizadas. También se podrá solicitar su devolución por Correos. LINGUA B

Vigésimo.- Convocar y establecer los criterios de selección para obtener ayudas en la Acción Lingua B del Programa. Sócrates “Formación continua en el campo de la enseñanza de las lenguas extranjeras”. Dentro del capítulo Lingua del Programa Sócrates, destinado a mejorar la enseñanza y el aprendizaje de las lenguas en el conjunto de los países participantes, la Acción B prevé ayudas financieras para cursos y otras actividades de formación que contribuyan a mejorar la competencia del profesorado que enseñe lenguas extranjeras o imparta cursos en alguna de ellas. Las lenguas que abarca el programa a efectos de solicitud de estas ayudas son: alemán, danés, finlandés, francés, griego moderno, islandés, neerlandés, inglés, irlandés (gaélico), italiano, luxemburgués, noruego.

1. Las solicitudes serán individuales, excepto en el caso de estar desarrollando un Lingua A, que se podrá hacer colectivamente. En este caso, el número máximo de participantes será de 3, con una subvención por participante no superior a 1.000 euros.

2. La actividad no podrá tener una duración inferior a dos semanas y cuarenta horas lectivas.

Vigesimoprimero.- Cuantía de las ayudas. Dentro de esta acción Lingua B se ofrecen ayudas de la Comisión Europea, a través de la Agencia Nacional Sócrates, para contribuir a los gastos de enseñanza, viaje y estancia ocasionados por la asistencia a la actividad de formación. La cuantía de las ayudas será fijada individualmente, teniendo en cuenta la actividad de formación, la duración, los gastos de inscripción y enseñanza, así como el lugar de celebración de las mismas:

Actividades de dos semanas: hasta 1.100 euros.

Actividades de tres semanas: hasta 1.300 euros.

Actividades de cuatro semanas: hasta 1.500 euros.

Vigesimosegundo.- Requisitos de los candidatos.

Los solicitantes deben encontrarse en alguna de las situaciones, que se indican a continuación y presentar la documentación correspondiente:

Ver anexos - página 918

2. Requisitos para las solicitudes del profesorado presentadas de forma colectiva asociadas a un Lingua A.

Los solicitantes deben poseer los mismos requisitos que los que solicitan una subvención individual, indicadas en el cuadro anterior, y ser presentadas en grupo por el responsable en España del Lingua A.

3. Requisitos para las solicitudes presentadas por futuro profesorado de idiomas.

Formulario por triplicado, debidamente cumplimentado, según modelo que figura en el anexo VIII de la Resolución de 29 de diciembre de 1997 (B.O.C. de 19 de enero de 1998), en los CEPs y en Internet: https:nti.educa.rcanaria.es/opeec, así como los requisitos indicados en el artículo trigesimosegundo de la presente Resolución, a excepción del primero de ellos, el formulario, que es el anteriormente indicado.

Vigesimotercero.- Méritos y acreditación.

1. Tendrán prioridad los solicitantes que no hayan disfrutado nunca de una ayuda de la Acción B del Programa Lingua B.

2. Los interesados podrán adjuntar cuantas justificaciones de méritos considere oportunas; sólo podrán ser valorados los méritos acreditados documentalmente (originales o fotocopias compulsadas). 3. Méritos, acreditación y puntuación para las solicitudes del profesorado.

Ver anexos - página 919

4. Méritos, acreditación y puntuación para las solicitudes presentadas por futuro profesorado de idiomas, los indicados en el artículo trigesimotercero de la presente Resolución.

Vigesimocuarto.- Comisión Seleccionadora.

Para la baremación de las solicitudes, se nombrará una Comisión de Selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue.

Vocales:

- 1 representante de la Oficina de Programas Europeos de Educación.

- 1 representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

- 1 representante de cada una de la Direcciones Territoriales de Educación.

Secretario: un funcionario de la Consejería de Educación.

Vigesimoquinto.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de marzo de 1999.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Educación (Oficina de Programas Europeos de Educación), calle Pedro de Vera, 36, 3º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

También podrá utilizarse para la presentación de dichas solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso en que las solicitudes optaran por presentarse en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada. Y en caso de que se utilice cualquiera de estos dos últimos procedimientos se deberá comunicar el lugar de presentación a la Oficina de Programas Europeos de Educación mediante fax (928) 363226.

Vigesimosexto.- Resolución de la convocatoria.

1. Dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se hará pública, en los CEPs la relación provisional con la resolución de la convocatoria en la que se hará constar:

a) Relación de solicitudes seleccionadas y cuantía asignada a cada una de ellas.

b) Relación de suplentes por orden de puntuación.

c) Relación de solicitudes excluidas con especificación de la causa.

2. Los candidatos podrán presentar reclamaciones ante la Oficina de Programas Europeos de Educación durante el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se hicieron públicas las citadas relaciones.

3. Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y en su caso atendidas dichas reclamaciones, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias la resolución definitiva de las ayudas en la que se incluirá una relación nominal de los beneficiarios, expresando la cuantía en cada caso, así como una relación nominal de las solicitudes denegadas por renuncia del beneficiario, insuficiencia de fondos y solicitudes denegadas con especificación de la causa.

Vigesimoséptimo.- Aceptaciones y renuncias.

En los quince días naturales siguientes a la publicación en los CEPs de la resolución provisional de la convocatoria, las personas seleccionadas deberán remitir a la Oficina de Programas Europeos de Educación su aceptación o renuncia, haciendo constar cualquier cambio, si lo hubiera, en los datos del participante o de la actividad solicitada, según anexo VIII.

En el caso de que no se reciba notificación alguna por parte de las personas interesadas en el plazo señalado, se entenderá que renuncian a la ayuda, procediendo a su asignación por orden de la lista de suplentes. Vigesimoctavo.- Percepción y justificación de la ayuda.

1. La Agencia Nacional Sócrates procederá a la firma de un contrato con cada una de las personas cuyas solicitudes hubieran sido definitivamente seleccionadas.

2. El pago del importe de la ayuda se hará a los interesados por parte de la Agencia Nacional Sócrates.

3. Los beneficiarios de la ayuda estarán obligados a:

3.1. Cumplir los distintos aspectos suscritos en el contrato entre la Agencia Nacional Sócrates y el beneficiario de la ayuda.

3.2. Remitir en el plazo de un mes después de finalizar la actividad de formación, con el fin de realizar el pago de la totalidad de la ayuda, los siguientes documentos:

A la Agencia Nacional Sócrates, calle Bravo Murillo, 38, 28015-Madrid:

a) Cuestionario de evaluación de la actividad desarrollada según modelo publicado en el anexo IX de la presente Resolución.

b) Liquidación financiera final en euros que incluya el total de los gastos reales ocasionados que puedan optar a la ayuda.

c) Fotocopia compulsada de la factura o documento que justifique la inscripción en el curso en el que se especifique el importe del gasto realizado (inscripción y enseñanza).

d) Billetes originales de transporte.

e) Fotocopia compulsada o justificantes originales relativos a los gastos de alojamiento y manutención del beneficiario.

f) Fotocopia compulsada del certificado de asistencia al curso, en el que se especifiquen las fechas de realización y el número de horas lectivas, expedido por el organizador de la actividad de formación. A la Oficina de Programas Europeos de Educación los documentos a) y b) señalados en el artículo vigesimoctavo 3.2.

3.3. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Agencia Nacional Sócrates y las instancias comunitarias competentes.

3.4. Justificar la correcta inversión de la ayuda recibida, mediante la presentación de la documentación requerida.

4. La falta de justificación de la ayuda percibida, conforme a lo dispuesto en la convocatoria, conllevará el reintegro de la cantidad no justificada, así como los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que pudiera incurrir con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley General Presupuestaria y en la normativa comunitaria.

Vigesimonoveno.- Retirada de documentación.

Una vez publicadas las resoluciones definitivas y finalizados los plazos para la interposición de recursos, la documentación podrá retirarse en la Oficina de Programas Europeos de Educación hasta transcurridos tres meses de la fecha de publicación por los interesados o por personas autorizadas. También se podrá solicitar su devolución por Correos.

LINGUA C. AYUDANTÍAS PARA FUTURO PROFESORADO DE IDIOMAS

Trigésimo.- Convocar y dar a conocer los criterios de selección para la obtención de ayudas en el marco de la Acción Lingua C del Programa Sócrates. “Ayudas para futuro profesorado de idiomas”.

El futuro profesorado de idiomas pasará en calidad de “Ayudante Lingua” un período de prácticas en un centro de acogida en un país participante distinto del suyo por un período de tres a ocho meses. La acción Lingua C tiene por objeto brindar al futuro profesorado de idiomas la posibilidad de enriquecer sus conocimientos sobre las lenguas y culturas de otros países europeos y ofrecer al alumnado la posibilidad de establecer contacto con una persona originaria del país cuya lengua está aprendiendo. Trigesimoprimero.- Cuantía de las ayudas.

Dentro de esta acción se ofrecen ayudas de la Comisión Europea a través de la Agencia Nacional Sócrates, que contribuirá a pagar los gastos de movilidad resultantes de la ayudantía, y una contribución mensual a sus gastos de estancia, según el país de destino, de acuerdo con los importes estimados que para cada país se indican a continuación:

- Alemania: 671 euros

- Austria: 696 euros

- Bélgica: 597 euros

- Dinamarca: 719 euros

- Finlandia: 678 euros

- Francia: 663 euros

- Grecia: 550 euros - Irlanda: 521 euros

- Islandia: 628 euros - Italia: 500 euros

- Noruega: 726 euros

- Países Bajos: 611 euros

- Portugal: 500 euros

- Reino Unido: 609 euros

- Suecia: 700 euros

Trigesimosegundo.- Requisitos de los candidatos. Podrán presentar la solicitud quienes tengan la nacionalidad española, hayan cursado o estén cursando sus estudios en las Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, y acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Ver anexos - página 922

Trigesimotercero.- Méritos y acreditación.

Los interesados podrán adjuntar cuantas justificaciones de méritos considere oportunas; sólo podrán ser valorados los méritos acreditados documentalmente (originales o fotocopias compulsadas). Todas las solicitudes serán baremadas de acuerdo con los siguientes criterios:

Ver anexos - página 923

Trigesimocuarto.- Comisión de Selección.

Para la baremación de las solicitudes, se nombrará una Comisión de Selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue.

Vocales:

- 1 representante de la Oficina de Programas Europeos de Educación.

- 1 representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Secretario: un funcionario de la Consejería de Educación.

Trigesimoquinto.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de febrero de 1999. 2. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Educación (Oficina de Programas Europeos de Educación), calle Pedro de Vera, 36, 3º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

También podrá utilizarse para la presentación de dichas solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso en que las solicitudes optaran por presentarse en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada. Y en caso de que se utilice cualquiera de estos dos últimos procedimientos se deberá comunicar el lugar de presentación a la Oficina de Programas Europeos de Educación mediante fax (928) 363226.

Trigesimosexto.- Resolución de la convocatoria.

1. Dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se hará pública en las Direcciones territoriales y las Oficinas Insulares de Educación relación provisional con la resolución de la convocatoria en la que se hará constar:

a) Relación de solicitudes seleccionadas.

b) Relación de suplentes por orden de puntuación.

c) Relación de solicitudes excluidas con especificación de la causa. 2. Los candidatos podrán presentar reclamaciones ante la Oficina de Programas Europeos de Educación durante el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se hicieron públicas las citadas relaciones. 3. Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y en su caso atendidas dichas reclamaciones, la Oficina de Programas Europeos de Educación publicará en los CEPs la resolución definitiva de la selección, y la comunicará a la Agencia Nacional Sócrates. 4. La Agencia Nacional Sócrates atendiendo a la puntuación obtenida por los candidatos y a las solicitudes de ayudantías presentadas por los centros, asignará las plazas de ayudantes.

Trigesimoséptimo.- Percepción y justificación de la ayuda. 1. La Agencia Nacional Sócrates procederá a la firma de un contrato con cada una de las personas cuyas solicitudes hubieran sido definitivamente seleccionadas. 2. El pago del importe de la ayuda se hará a los interesados por parte de la Agencia Nacional Sócrates. 3. Los beneficiarios de la ayuda estarán obligados a: 3.1. Cumplir los distintos aspectos suscritos en el contrato entre la Agencia Nacional y el beneficiario de la ayuda. 3.2. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Agencia Nacional Sócrates y las instancias comunitarias competentes. 3.3. Justificar la correcta inversión de la ayuda recibida, mediante la presentación de la documentación requerida. 4. La falta de justificación de la ayuda percibida, conforme a lo dispuesto en la convocatoria, conllevará el reintegro de la cantidad no justificada, así como los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que pudiera incurrir con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley General Presupuestaria y en la normativa comunitaria presentación a la Oficina de Programas Europeos de Educación mediante fax (928) 363226. Trigesimoctavo.- Retirada de documentación.

Una vez publicadas las resoluciones definitivas y finalizados los plazos para la interposición de recursos, la documentación podrá retirarse en la Oficina de Programas Europeos de Educación hasta transcurridos tres meses de la fecha de publicación por los interesados o por personas autorizadas. También se podrá solicitar su devolución por Correos. LINGUA C. SOLICITUD DE AYUDANTE DE IDIOMAS Trigesimonoveno.- Convocar y dar a conocer los criterios para la selección de solicitudes de centros escolares que deseen recibir un ayudante en el marco de la Acción Lingua C del Programa Sócrates. La Acción C de Lingua también prevé que las instituciones escolares puedan recibir ayudantes de lenguas extranjeras, con el fin de brindar a los alumnos de dichos centros la posibilidad de entrar en contacto con una persona originaria del país cuyo idioma están aprendiendo, no sólo para mejorar sus competencias lingüísticas, sino también para favorecer su motivación para aprender lenguas y estimular el interés por el conocimiento de dichos países. Los centros que reciban un ayudante Lingua deben establecer de común acuerdo con el ayudante de lengua extranjera, un plan de trabajo para todo el período que dure su estancia, en el que se precisen las tareas que ha de realizar. Estas tareas se realizarán en estrecha colaboración con un profesor o profesora que actuará de tutor a lo largo de toda su estancia en el centro. Así mismo el centro debe procurar la colaboración necesaria para la adecuada acomodación de los ayudantes Lingua.

Cuadragésimo.- Requisitos de los candidatos. Podrán participar en este programa los centros públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Canarias que impartan las siguientes enseñanzas: Educación Primaria, Educación Secundaria, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, B.U.P., C.O.U., FP I y FP II, Educación de Adultos, Escuelas de Turismo y Escuelas Oficiales de Idiomas.

Cuadragesimoprimero.- Requisitos de los candidatos.

Ver anexos - página 925

Cuadragesimosegundo.- Méritos y acreditación.

Todas las solicitudes serán baremadas de acuerdo con los siguientes criterios

Ver anexos - página 925

Cuadragesimotercero.- Comisión de Selección.

Para la baremación de las solicitudes, se nombrará una Comisión de Selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue.

Vocales:

- 2 representantes de la Oficina de Programas Europeos de Educación.

- 1 representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

- 1 representante de cada una de las Direcciones Territoriales de Educación.

Secretario: un funcionario de la Consejería de Educación.

Cuadragesimocuarto.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de febrero de 1999.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Educación (Oficina de Programas Europeos de Educación), calle Pedro de Vera, 36, 3º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

También podrá utilizarse para la presentación de dichas solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso en que las solicitudes optaran por presentarse en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada. Y en caso de que se utilice cualquiera de estos dos últimos procedimientos se deberá comunicar el lugar de presentación a la Oficina de Programas Europeos de Educación mediante fax (928) 363226. Cuadragesimoquinto.- Resolución de la convocatoria.

1. Dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se hará pública en los CEPs relación provisional con la resolución de la convocatoria en la que se hará constar:

a) Relación de centros seleccionados.

b) Relación de centros suplentes por orden de puntuación.

c) Relación de solicitudes excluidas con especificación de la causa.

2. Se podrán presentar reclamaciones ante la Oficina de Programas Europeos de Educación durante el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se hicieron públicas las citadas relaciones.

3. Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y en su caso atendidas dichas reclamaciones, la Oficina de Programas Europeos de Educación publicará en los CEPs la resolución definitiva de la selección, y la comunicará a la Agencia Nacional Sócrates.

4. La Agencia Nacional Sócrates atendiendo a la puntuación obtenida por los mismos, y a las solicitudes de ayudantías presentadas o seleccionadas, asignará a los centros los correspondientes ayudantes.

Cuadragesimosexto.- Contra esta Resolución y sus bases, podrán las personas interesadas interponer recurso ordinario ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuadragesimoséptimo.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, del Gobierno de Canarias en el plazo de veinte días naturales a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de enero de 1999.- El Viceconsejero de Educación, Marino Alduán Guerra.

A N E X O I

(COMENIUS 1)

D./Dña. .................................................................................................................................................................................

Secretario/a del Consejo Escolar del ..........................................................................................................................................

CERTIFICA

Que dentro de las actividades del Centro del curso ........../.......... se contempla la realización de un Proyecto Educativo Europeo (PEE) en el marco del Programa Sócrates Comenius 1 y cuenta con la aprobación del Consejo Escolar y la Dirección del Centro.

Y para que así conste donde convenga y a los efectos oportunos, se expide el presente certificado con el Vº.Bº. del Director del Centro en ............................................., a ....... de ............................. de mil novecientos noventa y nueve.

Vº.Bº.: Director/a

A N E X O I I

(COMENIUS 1)

(Para otros centros escolares miembros de la asociación)

Por la presente confirmo mi participación en el proyecto titulado ..........................................................................................

del programa Comenius 1, asociación de centros escolares, con su centro ...............................................................................

....................................................., a .......... de ........................................................ de 1999.

Vº.Bº.: Director/a

A N E X O I I I

(COMENIUS 1)

Por la presente certifico que los siguientes profesores y profesoras del Centro ........................................................................ tienen intención de participar en el desarrollo del PEE ............................................................................................................

NOMBRE Y APELLIDOS MATERIA

...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... .............................................. ...................................................................................... ..............................................

Firma y sello.

A N E X O I V

(COMENIUS 1)

D./Dña. ..............................................................................................................................................................................................., Secretario/a del Consejo Escolar del ..........................................................................................................................................

CERTIFICA

Que dentro de las actividades del Centro se contempla la realización de un Proyecto Educativo Europeo (PEE) en el marco del Programa Sócrates Comenius 1, para lo cual se va a realizar una visita preparatoria a ................................. y D./Dña. ................................................................................................................. cuenta con la aprobación del Consejo Escolar y la Dirección del Centro.

Y para que así conste donde convenga y a los efectos oportunos, se expide el presente certificado con el Vº.Bº. del Director del Centro en ...................................., a ....... de ...................................... de mil novecientos noventa y nueve.

Vº.Bº.: Director/a

Ver anexos - páginas 929-935

A N E X O V I (LINGUA B) D./Dña. ......................................................................................................................................................................., Director/a del Centro ........................................................................................................................................................................, sito en ........................................................................................................., isla ............................................................................

CERTIFICA QUE:

D./Dña. ............................................. Profesor/a de ............................... de este centro con NRP .................................. ha impartido el idioma .................................. a los niveles, y durante los cursos que se especifican:

curso nivel horas por semana 19../.... .......................... ................................................. ......... .......................... ................................................. ......... .......................... ................................................. Para que conste a los efectos de solicitud de una subvención para la formación continua del profesorado y formadores de lenguas extranjeras dentro del marco de la Acción Lingua B del Programa Sócrates, firmo la presente en ................................., a ........ de ........................................ de mil novecientos noventa y nueve.

El/la Director/a del Centro,

Fdo.: ..............................................................................

A N E X O V I I

(LINGUA B)

D./Dña. ................................................................................................................................................................................, Profesor/a del Centro ........................................................................................................, con D.N.I. nº ................................

DECLARA, según establece el artº. 20.1 del Decreto 6/1995:

a) Ser/no ser beneficiario de otra ayuda o beca procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales así como:

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

c) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad, siempre que hubiese transcurrido el plazo concedido a este fin.

d) Que no se haya inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración autonómica.

(de ser beneficiario de otra ayuda o subvención, rellenar)

Entidad de la que procede la otra ayuda .................................................................................................................................................

Cuantía adjudicada .......................................................................................................................................................................

..................................................................., a ...... de ........................................................ de 1998.

EL/LA PROFESOR/A

Fdo.: ....................................................

A N E X O V I I I

(LINGUA B) (Rellenar una vez publicada la lista provisional de admitidos)

Ver anexos - página 938

RENUNCIA A LA SUBVENCIÓN ....................................................................................................... (Conteste sí/no)

Si su respuesta ha sido negativa, complete, por favor, los datos que figuran a continuación. Si ha existido algún cambio en los datos de la actividad o si en su solicitud no figuraban incompletos, han de ser rellenados en el espacio correspondiente.

Datos personales y bancarios:

Domicilio ....................................................................................................................................................................................... Código postal ............................., localidad .......................................................................................................................... Provincia ............................................................, teléfono particular ............. del Centro .............................................................. Banco/Caja ......................................................................., Sucursal/Agencia ............................................................................ Domicilio ...................................................................., localidad .................................................................................................. Provincia ..............................................................., NCC o Libreta .......................................................................................

Datos de la actividad:

Denominación ............................................................................................................................................................................. Centro Organizador ....................................................................................................................................................................... Localidad y país de celebración .......................................................................................................................................................... Número de semanas ....................................................................., número de horas ....................................................................................

Relación aproximada de gastos:

Inscripción y enseñanza ......................................................................................................................................................... Alojamiento y manutención ....................................................................................................................................................... Desplazamiento ..................................................................................................................................................................

........................................................., a ...... de .......................................................... de1999.

EL PROFESOR/LA PROFESORA

Fdo.: ....................................................................

Ver anexos - páginas 939-940

¿Desea añadir algo a la valoración anterior? .................................................................................................................... .............................................................................................................................................................................................. ..............................................................................................................................................................................................

4.- Valore si se ha ajustado el programa desarrollado a las espectativas que suscitó en usted el curso:

(-) 1 2 3 4 (+)

¿Porqué?

.......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... ..........................................................................................................................................................................................

5.- Valore si la información o programa que usted recibió del curso se ha ajustado al desarrollo del mismo:

(-) 1 2 3 4 (+)

¿Qué cree que ha aportado este curso a su trabajo desde un punto de vista teórico-práctico?

.......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... ..........................................................................................................................................................................................

6.- En su opinión ¿qué ha sido lo más positivo del curso?

.......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... ..........................................................................................................................................................................................

7.- En su opinión ¿Qué ha sido lo más positivo del curso?

.......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... ..........................................................................................................................................................................................

8.- ¿Y lo menos positivo?

.......................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................... ..........................................................................................................................................................................................

9.- Teniendo en cuenta todos los aspectos evaluados anteriormente ¿recomendaría usted este curso a otros profesores?

SÍ NO

10.- Observaciones y sugerencias

................................................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................................................... ...................................................................................................................................................................................................

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