Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 142. Miércoles 11 de Noviembre de 1998 - 3765

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

3765 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 14 de agosto de 1998, por el que se procede a la publicación de las normas orientativas de honorarios profesionales del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Santa Cruz de Tenerife.

Descargar en formato pdf

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, se procede a la publicación de las normas orientativas de honorarios profesionales del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Santa Cruz de Tenerife.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de agosto de 1998.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, p.s., el Jefe del Servicio de Asuntos Económicos, José María Fierro Álvarez.

CAPÍTULO I

DE LAS GESTIONES RELATIVAS A LOS REGISTROS Y ARCHIVOS EN GENERAL
Código Descripción Cuantía

1/1 Por gestionar un Certificado de Penales normal 1.650

1/2 Por gestionar un Certificado de Penales urgente 2.200

1/3 Por gestionar un Certificado de Últimas Voluntades 2.200

1/4 Por gestionar un Certificado del Registro Civil: a) Propia población 1.650 b) Distinta población 1.870

1/5 Por gestionar una certificación académica de estudios 5.500

1/6 Por gestionar una certificación que se expida en el extranjero 5.500 por funcionarios españoles (Cónsules, Vicecónsules, etc.)

1/7 Por gestionar una certificación de los archivos eclesiásticos 2.200

1/8 Por gestionar un Certificado del Registro Mercantil Central 3.850

1/9 Por gestionar un certificado no especificado anteriormente 2.200

1/10 Inscripción de nacimiento fuera de plazo legal 11.000

1/11 Inscripción de matrimonio o defunción 5.500

1/12 Tramitación de expediente de rectificación de errores en el 11.000 Registro Civil

1/13 Tramitación de expediente de cambio de nombre o apellido 11.000

1/14 Tramitación de expediente de dispensa para contraer matrimonio un menor 11.000

1/15 Obtención de certificaciones negativas 3.300

1/16 Tramitación completa de Declaratorio de Herederos 38.500

1/17 Tramitación completa de un expediente de Dominio 38.500

1/18 Tramitación completa de un expediente de Cancelación de Antecedentes Penales 5.500

1/19 Presentación de instancia de Cancelación de Antecedentes Penales 3.300

Registros de la Propiedad y Mercantil

Código Descripción Cuantía

1/20 Presentación y retirada de certificaciones en el Registro de la 3.300 Propiedad Mercantil

1/21 Por redacción de escrito-solicitud de los certificados en los mencionados 1.650 Registros, se percibirá además

1/22 Por el examen de Libros en los Registros mencionados, o la obtención de 1.100 notas simples, de dominio y cargas

1/23 Por la presentación y recogida de documentos en los mencionados Registros 1.650 cuando sólo dé lugar al asiento en el Libro Diario (por asiento)

1/24 Por la presentación y recogida de títulos en los Registros de la Propiedad y Mercantil y su entrega a los interesados, una vez inscritos, se percibirán los honorarios según la siguiente escala, en la que servirá de base la cantidad abonada en el Registro:

Hasta 5.000 pesetas 5.280 De 5.001 a 10.000 pesetas 8.250 De 10.001 a 15.000 pesetas 10.120 De 15.001 a 20.000 pesetas 12.650 De 20.001 a 30.000 pesetas 15.400 De 30.001 a 50.000 pesetas 19.800 De 50.001 a 100.000 pesetas 24.200 De 100.001 a 250.000 pesetas 28.160 De 250.001 en adelante, 3% sobre el exceso

1/25 Obtención de certificaciones de las no señaladas anteriormente o copias de 3.300 escrituras y testamentos en Notarías, Archivos o Registros

1/26 Por cualquier gestión que implique la búsqueda, por falta de datos, en cualquier 3.300 Registro Público, Archivo o Entidad particular
CAPÍTULO II

DE LAS GESTIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN, LEGALIZACIÓN, ETC., DE LOS DOCUMENTOS EN GENERAL
Código Descripción Cuantía

2/1 a) Por la presentación de instancias, escritos o formularios de cualquier índole 2.200 en las oficinas públicas o particulares y remisión al interesado del duplicado o recibo de las mismas sin ulterior gestión b) Si implica su redacción, además se percibirá 2.200

2/2 Por retirar de las oficinas públicas o privadas documentos presentados por 2.200 los interesados

2/3 Por informar verbalmente o por escrito del estado en que se encuentra un asunto, 3.300 en un Organismo

2/4 Por la legalización de documentos en general 3.300

2/5 Por legalizar documentos en consulados extranjeros establecidos en España

2/6 Por gestionar la inserción de anuncios o edictos en los Boletines Oficiales 3.300 o medios de difusión Código Descripción Cuantía

2/7 Por la obtención de la traducción oficial de un documento redactado en 3.850 lengua extranjera

2/8 Por la legalización de libros en los Juzgados, se percibirá: a) Por la gestión relativa a la legalización de libros en el Juzgado 3.850 correspondiente o Registro Mercantil b) Además, por cada libro 1.650

CAPÍTULO III

DE LAS GESTIONES RELATIVAS A LOS PASAPORTES
Código Descripción Cuantía

3/1 Por la gestión completa de un pasaporte 2.750

3/2 Cuando se trate de gestionar la obtención de varios pasaportes 1.650 correspondientes a una misma familia que se encargue conjunta- mente, el gestor percibirá por los que excedan de uno

3/3 Por la gestión del Visado en el Consulado que corresponda 3.300

3/4 Por la obtención de documentos relacionados con prórrogas, exenciones 3.300 y permiso del Servicio Militar, necesarias para la obtención del pasaporte

3/5 Por la gestión de Permisos de Residencia para extranjeros 33.000

3/6 Por la obtención de Autorización de Permanencia para extranjeros 22.000

CAPÍTULO IV

DE LAS GESTIONES RELATIVAS A LOS VEHÍCULOS EN GENERAL
Código Descripción Cuantía

4/1 MATRICULACIÓN DE UN VEHÍCULO EN JEFATURA DE TRÁFICO a) Automóvil de turismo 5.500 b) Vehículo industrial o de servicio público 8.250 c) Motocicleta o motocarro 4.400 d) Vehículo importado con solicitud de licencia y certificado de Aduana 16.500 e) Tractor agrícola 8.250

4/2 MATRÍCULA TURÍSTICA DE UN VEHÍCULO a) Gestiones de Aduana 5.500 b) Matrícula en la Jefatura de Tráfico 11.000

4/3 TRANSFERENCIA DE UN VEHÍCULO EN JEFATURA DE TRÁFICO a) Automóvil de turismo 6.600 b) Vehículo industrial o de servicio público 8.250 c) Motocicleta 6.600 d) Motocarro 6.600 e) Tractores 8.250

4/4 Por el examen, formalización y trámite de un expediente de transferencia de 11.000 un vehículo de matrícula turística

Código Descripción Cuantía

4/5 EMBARCACIONES a) Matrícula en Comandancia de Marina: - Embarcaciones de hasta 5 metros de eslora 11.000 - De 6 a 10 metros de eslora 13.200 - De 11 en adelante 16.500 b) Transferencia en Comandancia de Marina - Los mismos honorarios que para las matrículas c) Matriculación embarcación de importación -nuevas y usadas- con Certificado de Arqueo por Oficina Técnica y Estabilidades - Los mismos honorarios que para las matrículas d) Altas y Bajas de motor 5.500 e) Obtención y renovación de Certificados 2.200 f) Obtención de duplicados 3.300 g) Certificado de seguridad marítima para embarcaciones menores de 5 metros 5.500 y que no posean motores intraborda h) Obtención títulos Patrón Náutica 11.000 i) Renovación título Patrón Náutica 5.500 j) Enrolamiento y despachos a la mar 5.500 k) Cambios de lista 5.500

4/6 Obtención Permiso Temporal de Circulación para un vehículo (Placas Verdes) 2.750

4/7 PERMISOS PARA PRUEBA O TRANSPORTE a) Por la obtención de un Permiso de Pruebas o Transporte 5.500 b) Por gestionar el diligenciamiento de un talonario de boletines 2.200

4/8 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y ENERGÍA. REVISIÓN I.T.V.: a) Automóvil de turismo 3.850 b) Vehículo industrial o de servicio público 3.850 c) Motocicleta o motocarro 2.750

4/9 a) Por gestionar la obtención de la Tarjeta de Inspección Técnica o duplicado 5.500 de la misma, en la Delegación de Industria, y revisión de un vehículo b) Revisión enganche y remolque en Industria 5.500

4/10 Por gestionar la obtención de un Permiso de Circulación para remolque 5.500 inferior a 750 kg en la Jefatura de Tráfico

4/11 BAJA EN LA CIRCULACIÓN DE UN VEHÍCULO a) Por gestionar la baja por desguace en Jefatura de Tráfico 3.300 b) Por gestionar la baja temporal en Jefatura de Tráfico 3.300 c) Obtención de certificado de libre disposición de un motor 2.200 d) Por gestión de precinto o desprecinto de un vehículo 3.300 e) Notificación de transferencia por venta o “mortis causa” 2.200 f) Baja tractor por venta 3.300

4/12 DUPLICADO PERMISOS DE CIRCULACIÓN Por obtención de un duplicado de Permiso de Circulación en 3.300 Jefatura de Tráfico

4/13 Por la obtención de un duplicado de Permiso de Circulación de un 3.300 vehículo con matrícula turística

4/14 Por gestionar en la Jefatura de Tráfico el canje de Permiso de Circulación 3.300 antiguo por nuevo

4/15 Por gestionar el cambio de domicilio en Jefatura de Tráfico 3.300

Código Descripción Cuantía

4/16 CANCELACIÓN TRABAS Y GRAVÁMENES SOBRE UN VEHÍCULO a) Por todas las gestiones necesarias para la cancelación en depósito 3.300 en la Jefatura de Tráfico b) Por todas las gestiones necesarias de cualquier otra clase de cancelación 3.300

4/17 REGISTRO DE LA PROPIEDAD MOBILIARIA a) Por informe sobre situación de un vehículo en la Jefatura de Tráfico 1.650 b) Por inscripción contrato compraventa a plazos 1.650 c) Cancelación inscripción 1.650 d) Obtención de certificaciones 1.650 e) Obtención de certificado de titularidad vehículo agrícola 1.650

4/18 Por obtención informe Jefatura de Tráfico sobre titularidad de un vehículo 1.650 o situación en cuanto a su posibilidad de circulación y transferencia

4/19 Por la obtención de cada certificado necesarios para matricular un vehículo 2.750 procedente de subasta o del Cuerpo Diplomático

4/20 Por certificación dato en el Permiso de Circulación en la Jefatura de Tráfico 1.650

4/21 OBTENCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCIR Licencia de conducción: a) Mayor de 16 años 5.500 b) Menor de 16 años 4.400

4/22 Por el canje de un permiso de conducción militar por el civil 7.700 Por el canje de un permiso de conducción extranjero por nacional 7.700

4/23 REVISIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR a) Por todas las gestiones ante la Jefatura de Tráfico 3.300 b) Gestiones obtención certificado psicotécnico 1.100

4/24 DUPLICADO PERMISO DE CONDUCIR POR EXTRAVÍO, DETERIORO O CAMBIO DE DOMICILIO Por todas las gestiones ante la Jefatura de Tráfico 3.300

4/25 Por el pago de multa de circulación 1.650 a) Por presentación de documentación 1.650 b) Por presentación de seguro obligatorio 1.650

4/26 REFORMAS DE VEHÍCULOS 11.000 a) Gestión de los documentos b) Gestiones en Jefatura de Tráfico c) Gestiones en la Delegación de Industria (autorización previa y revisión)

4/27 Por la gestión reconocimiento periódico de un vehículo 3.850

4/28 Por gestionar la rectificación de cualquier dato en la Tarjeta de Inspección 2.750 Técnica en la Delegación de Industria

4/29 Por la obtención de un certificado de características en la Delegación de Industria 2.750

4/30 TARJETAS DE TRANSPORTE a) Por gestión de documentos y presentación 8.250 b) Constitución fianzas 1.650 c) Diligencias en Delegación de Industria 1.650 d) Diligencias en la Jefatura Agronómica 1.650 e) Diligenciamiento Libro de Reclamaciones 1.650 f) Prórroga de autorización provisional 1.650 Código Descripción Cuantía

g) Inscripción en el Registro de Empresas 1.650 h) Inscripción en el Registro de vehículos especiales 2.200 i) Obtención del Libro de Ruta, diligenciado 2.750 j) Obtención de un duplicado de la Tarjeta de Transporte 2.750 k) Por gestionar una autorización de viajes y transportes especiales 4.400

4/31 VISADO ANUAL DE TARJETAS DE TRANSPORTE a) Por gestionar el Visado en Jefatura de Transportes, ligeros y pesados 4.400 b) Libro de Reclamaciones 1.650

4/32 Por la devolución de fianzas 2.200

4/33 PERMISO ESPECIAL DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS GRAN TONELAJE O CARACTERÍSTICAS SUPERIORES A LAS NORMALES a) Por gestiones en la Delegación del Ministerio de Obras Públicas 8.250 b) Por las gestiones en la Delegación de Industria 4.400 c) Renovación permiso provisional 2.200

4/34 PERMISO TRANSPORTE OBREROS a) Obtención autorización ordinaria 3.300 b) Obtención autorización extraordinaria (extranjero) 4.400

4/35 MAQUINARIA AGRÍCOLA E INDUSTRIAL a) Obtención autorización circulación máquina en Jefatura de Tráfico 3.850 b) Por cada permiso, autorización o informe especial y complementario 1.650 del apartado anterior c) Matrícula tractor en Jefatura Agronómica 6.600 d) Cambio de titular en Jefatura Agronómica 6.600 e) Cambio de domicilio 2.750 f) Altas o bajas en el Registro de Maquinaria Agrícola 2.750 g) Obtención permiso cosechadora (provincial) 4.400 h) Obtención permiso cosechadora (nacional) 5.500

4/36 Por la asistencia en cualquier diligencia de revisión o reconocimiento de 4.400 un vehículo, no especificado

4/37 Por el pago del Impuesto Municipal de Vehículos 1.650

4/38 ANUNCIOS CIRCULANTES EN VEHÍCULOS a) Confección y presentación del Impuesto de declaración del alta en 3.300 ingreso de la tasa b) Confección y presentación declaración de baja 1.650 c) Por el pago anual de la tasa 3.300

4/39 LICENCIAS MUNICIPALES DE AUTOTAXI a) Por la obtención de una Licencia Municipal 5.500 b) Por la transferencia de Licencia Municipal 5.500 c) Por la obtención de un duplicado de Licencia Municipal 2.750

4/40 PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCIR a) Por la obtención del Permiso Municipal 4.400 b) Por la revisión periódica del mismo 2.200

4/41 Por las gestiones para la verificación de aparatos taxímetros o de cuentakilómetros 2.750

4/42 Por las gestiones relativas a la concesión de líneas de transportes de viajeros 22.000 o modificación de sus condiciones
CAPÍTULO V

DE LAS GESTIONES EN MATERIA DE SANIDAD PÚBLICA
Código Descripción Cuantía

5/1 Por las gestiones para el Registro de un laboratorio a) Individual 7.700 b) Colectivo 9.900

5/2 Por las gestiones para cambio de propiedad de un laboratorio en la Dirección 7.700 General de Sanidad

5/3 Por las gestiones relativas a la transformación de un laboratorio individual en 7.700 colectivo, o viceversa

5/4 Por el registro de una especialidad farmacéutica nacional 7.700

5/5 Por el registro de una especialidad farmacéutica extranjera: a) Si fuera elaborado en España 8.800 b) Si fuera elaborado en el extranjero 9.900

5/6 Por las gestiones relativas a la transferencia de propiedad de una especialidad farmacéutica se percibirá: a) Si fuera nacional 6.600 b) Por cada una de las restantes 8.800

5/7 Por el registro múltiple de especialidades, se percibirá: a) Por la primera de ellas 6.600 b) Por cada una de las restantes 3.300

5/8 Por gestiones en la Jefatura de Sanidad en materia de alimentación y hostelería a) Gestiones de autorización 8.800 b) Gestiones de traspaso o cambio de nombre 8.800 c) Gestiones de transformación o ampliación 8.800 d) Gestiones de anulación o cierre 8.800 e) Por la asistencia del Gestor en la Inspección Sanitaria del establecimiento 8.800 a legalizar o transformar

5/9 Inscripción en el Registro General de Industrias 13.200

5/10 Autorización sanitaria de funcionamiento 6.600

5/11 Cambio de nombre, convalidación o anotación de productos 6.600

CAPÍTULO VI

DE LAS GESTIONES EN MATERIA TRIBUTARIA Y FISCAL

Impuesto sobre bienes inmuebles (rústica y urbana)
Código Descripción Cuantía

6/1 Por la presentación de alta de una finca urbana o rústica o pecuaria en la 5.500 Administración de Tributos

6/2 Por la confección del formulario, presentación e ingreso de los conceptos anteriores: a) Por un edificio hasta 10 fincas 16.500 b) Por cada finca más 2.200 c) Por una finca 8.800 Código Descripción Cuantía

d) Por una finca rústica 8.800 e) Si se trata de gestionar documentos o solicitar exenciones se percibirá, además 3.300

6/3 Por formalizar y presentación de escritura sobre valor catastral 3.300

6/4 Declaraciones de cambio de dominio o bajas 3.850

Impuesto sobre actividades económicas

Código Descripción Cuantía

6/5 Trámites a) Clasificación de epígrafe, presentación y pago 11.000 b) Por cada epígrafe más 5.500 c) Clasificación de epígrafe, presentación y pago (actividades ambulancia 5.500 y transportes) d) Diligencias cambio de domicilio o cambio de datos 5.500 e) Baja de actividad 5.500

6/6 Reposición de etiquetas 1.650

6/7 Por pagos de contribuciones, ingresos director o por recibos en Zonas de Recaudación de Contribuciones, Diputaciones, Ayuntamiento, se percibirá con arreglo a la siguiente escala:

Hasta 5.000 pesetas 1.650 De 5.001 a 10.000 pesetas 2.200 De 10.001 a 50.000 pesetas 3.850 De 50.001 a 100.000 pesetas 4.950 De 100.001 pesetas en adelante 6.600

6/8 Relación anual de ingresos y pagos (M-347) a) Positivas, hasta 10 relacionados 7.700 b) Por cada uno más 550

Retenciones a cuenta del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas y Rentas del Capital

Código Descripción Cuantía

6/9 Por la formalización y presentación de declaraciones periódicas sobre retenciones 3.850 del trabajo personal (M-110)

6/10 Por la formalización y presentación del resumen anual (M-190) a) Por empresa 7.150 b) Por cada empleado más 550 c) Por cada certificación anual de ingresos 1.650 d) Por declaración anual situación familiar 1.650

6/11 Por formalización y presentación de declaraciones periódicas sobre Renta del Capital (M-120) Por cada declaración periódica 5.500

6/12 Por la formalización y presentación del resumen anual (M-192) a) Por empresa: hasta 4 relacionados 7.150 b) Por cada relacionado más 550

6/13 Por la comparecencia ante la Inspección 27.500

Impuesto sobre Sociedades

Código Descripción Cuantía

6/14 Alta en Código de Identificación Fiscal 6.600

6/15 Estudio, preparación y presentación de declaración anual 27.500

6/16 Por la comparecencia ante la Inspección para comprobar la situación fiscal 55.000

6/17 Legalizar Libros Código de Comercio en el Registro Mercantil 7.700

6/18 Formalización y presentación de declaraciones de pago a cuenta 5.500

6/19 Proyecto fiscal y tributario de la creación de la Sociedad y su posterior 27.500 funcionamiento. Se percibirá el 0,10% del capital social. Mínimo

6/20 Liquidación y tramitación de la disolución de una Sociedad. Se percibirá el 5% 38.500 sobre los movimientos de la cuenta de liquidación. Mínimo

Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Escala de Transmisiones Patrimoniales

Código Descripción Cuantía

6/42 Por la autoliquidación y gestiones siguientes, hasta la entrega al interesado de un documento exento o no sujeto al pago del impuesto, se minutará con arreglo a la siguiente escala: Hasta 5.000.000 de pesetas de valor de los bienes o derechos a que se contrae 8.250 el documento, el 2 por mil, con un mínimo de Sobre lo que exceda, además: De 5.000.001 a 10.000.000 de pesetas De 10.000.001 a 30.000.000 de pesetas De 30.000.001 a 50.000.000 de pesetas De 50.000.001 pesetas en adelante

6/43 Por la autoliquidación y tramitación de un documento sujeto al pago del Impuesto y con relación al valor de los bienes o derechos objeto del mismo, se percibirá: Hasta 20.000.000 de pesetas de valor, 2‰ (2 por mil) con un mínimo de 8.800 Lo que exceda, de 20.000.001 a 40.000.000 1‰ De 40.000.001 a 75.000.000 0,50‰ De 75.000.001 a 100.000.000 0,25‰ De 100.000.001 en adelante 0,10‰

6/44 Por el estudio y tramitación de un recurso contra liquidación complementaria 11.000 mínimo de

6/45 Por comparecencia en Inspección de comprobación de valores y bases ante los 13.750 servicios técnicos competentes

6/46 Por estudio de antecedentes y documentación 2.173

6/47 Disposición General Octava (salidas de despacho) cuando sea necesaria su 3.850 aplicación, mínimo

6/48 Por la recepción y/o pago de liquidaciones complementarias 3.850

6/49 Por estudio, preparación y presentación de recursos o escritos relacionados 11.000 con las liquidaciones y autoliquidaciones, mínimo de

Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Del Impuesto Municipal Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos

Código Descripción Cuantía

6/50 Por la presentación de las declaraciones exentas del arbitrio sobre el incremento 3.850 del valor de los terrenos (plusvalía)

6/51 Por las sujetas al pago de arbitrio, se percibirán honorarios conforme a la siguien- te escala, en la que servirá de base el importe de la liquidación Hasta 10.000 pesetas 4.510 De 10.001 a 20.000 pesetas 5.610 De 20.001 a 50.000 pesetas 7.425 De 50.001 a 100.000 pesetas 11.550 De 100.001 a 200.000 pesetas 15.950 De 200.001 pesetas en adelante, lo que exceda + 2% s/exceso

Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Registros de la Propiedad y Mercantil, inscripción de documentos y demás gestiones ante los mismos

Código Descripción Cuantía

6/52 Por la presentación de instancias y recogida de certificaciones de los Registros 3.025 de la Propiedad y Mercantil

6/53 Por la presentación de documentos en los mencionados Registros, cuando sólo 2.200 dé lugar al asiento en el Libro de Diario

6/54 Por la presentación y recogida de títulos en los Registros de la Propiedad y Mercan- til y su entrega a los interesados, una vez inscritos, se percibirán honorarios conforme a la siguiente escala en la que servirá de base la cantidad abonada por honorario del Registrador Hasta 3.000 pesetas 3.850 De 3.001 a 6.000 pesetas 5.500 De 6.001 a 9.000 pesetas 6.380 De 9.001 a 12.000 pesetas 8.250 De 12.001 a 20.000 pesetas 11.220 De 20.001 a 30.000 pesetas 14.850 De 30.001 a 50.000 pesetas 18.150 De 50.001 a 100.000 pesetas 22.550 De 100.001 a 250.000 pesetas 26.950 De 250.001 a 1.000.000 de pesetas (sobre exceso de 250.000) 2% s/exceso De 1.000.001 en adelante 1% s/exceso

6/55 Por el examen de los Libros de los Registros mencionados anteriormente 3.850 y toma de notas y entrega a los interesados, por cada finca o propiedad

6/56 Por la obtención de una certificación de las no señaladas anteriormente 1.925 en cualquiera de los Archivos y Registros y Notas Simples Informativas

6/57 Por cualquier gestión que implique la búsqueda por falta de datos 2.475

6/58 Por la tramitación completa de un expediente para obtención de prórrogas 4.950 extraordinaria de asientos en los Registros
CAPÍTULO VII

DEL PAGO Y COBRO DE CANTIDADES
Código Descripción Cuantía

7/1 Por el pago de cantidades en las oficinas públicas, entidades oficiales o particulares, no especificadas anteriormente, se percibirán las cantidades que figuran en la siguiente escala: Hasta 10.000 pesetas 1.650 De 10.001 a 25.000 pesetas 1.925 De 25.001 a 50.000 pesetas 2.750 De 50.001 en adelante se cobrará el 5% del exceso, con un límite de 16.500

7/2 Por el cobro de cantidades en metálico a particulares o entidades públicas o privadas Hasta 10.000 pesetas 1.650 De 10.001 a 25.000 pesetas 2.200 De 25.001 a 100.000 pesetas 3.300 De 100.001 a 500.000 pesetas Más de 500.000. Además 2% s/exceso

7/3 Por el cobro extrajudicial de créditos se percibirá: Hasta 1.000 pesetas 1.100 De 1.001 en adelante, por cada 1.000 pesetas o fracción 550

De la administración de bienes

Código Descripción Cuantía

7/4 Por la administración de bienes en general se percibirá:

Hasta 10.000 pesetas 10% De 10.001 hasta 500.000 pesetas 8% Más de 500.000 pesetas, sobre el exceso 2%
CAPÍTULO VIII

DE LAS GESTIONES RELATIVAS A LOS CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Código Descripción Cuantía

8/1 Por la constitución de una fianza provisional para optar a un concurso o 5.500 subasta de obra o servicio público o la constitución del depósito definitivo, se percibirá del 4% al 8% de su importe, con un mínimo de

8/2 Por la presentación de proposiciones para optar a uno de los concursos o 5.500 subastas indicadas en el epígrafe anterior

8/3 Si el Gestor tiene que asistir a la apertura de pliegos y hacer manifestaciones u 16.500 observaciones, formulando, en su caso pujas

8/4 Si el gestor hubiera de firmar escrituras de adjudicaciones y proceder al pago de los Impuestos correspondientes, se percibirá con arreglo a la siguiente escala: a) Hasta 100.000 pesetas 11.000 b) De 100.001 a 250.000 pesetas 13.200 c) De 250.001 a 500.000 pesetas 16.500 d) De 500.001 en adelante 19.800

8/5 Por gestionar el cambio de titular en un contrato administrativo, se percibirán los mismos honorarios señalados en el apartado anterior Código Descripción Cuantía

8/6 Por el cobro de certificaciones de obras y por descuentos de las mismas en cualquier institución de crédito, se percibirán los derechos señalados para el cobro de cantidades en metálico

8/7 Por el aviso de libramiento del interesado 2.420

8/8 Por la constitución o devolución de fianzas provisionales o definitivas en la Caja General de Depósitos u otras Corporaciones o Entidades a) Hasta 10.000 pesetas 2.200 b) De 10.001 a 25.000 pesetas 3.300 c) De 25.001 a 100.000 pesetas 4.400 d) De 100.001 en adelante 6.600

8/9 Por la obtención de un carnet de intereses de depósito de valores, renovación del 3.300 mismo u obtención de un certificado de pago de valores a efectos de propiedad

Por un expediente de extravío de un resguardo o carnet de intereses, incluida la 5.500 solicitud de publicación de edictos y demás gestiones necesarias hasta la total resolución

Por la tramitación de un expediente de clasificación de Contratista de Obras 16.500 Públicas
CAPÍTULO IX

ASUNTOS DE LA ADMINISTRACIÓN EN GENERAL
Código Descripción Cuantía

9/1 Por todos los trámites y gestiones precisas para la nacionalización de un 27.500 extranjero en España

9/2 Por gestionar la Tarjeta de Identidad Profesional para extranjeros 5.500

9/3 Por gestionar la inscripción de importador y exportador 11.000

9/4 Por gestionar el registro de marchamo en la Dirección General de Aduanas 5.500

9/5 Por gestionar el registro de básculas, pesas y medidas y demás aparatos de precisión 5.500

9/6 Por gestionar autorizaciones parciales para despacho de mercancías contingentadas 5.500 con cargo a las licencias principales

9/7 Por gestión y pago de cada matrícula de un curso universitario o de centro de 6.600 enseñanza

9/8 Por gestionar el traslado de matrícula académica o universitaria 6.600

9/9 Por las gestiones necesarias para obtener un título universitario, profesional 11.000 o académico

9/10 Por la presentación de documentación para tomar parte en concursos u oposiciones 5.500

9/11 Por facilitar al comitente información periódica 3.300

9/12 Por las gestiones para obtener aprobación de fianza de cargos públicos se percibiría 3.300

9/13 Por gestionar la renovación de títulos administrativos de funcionarios de cargos 3.300 públicos Código Descripción Cuantía

9/14 Por la gestión necesaria para conseguir prórroga de plazo posesorio para cargos 3.300 públicos y asimismo por obtención de licencias

9/15 Por las gestiones que se efectúan en los organismos públicos para obtener 11.000 programación o asignación de cupo en materias primas

9/16 Por constitución o devolución de fianzas de alquileres 5.500

9/17 Por gestionar la calificación o descalificación de viviendas oficiales, 16.500 vinculación o desvinculación de éstas se percibirá

9/18 Por obtención de licencias de aprovechamiento forestales de particulares 5.500 o autorizaciones de corta de madera

9/19 Por las gestiones necesarias para obtener un permiso de investigación de minas 11.000

9/20 Por la solicitud y autorización para explosivos 5.500

9/21 Por la representación de las empresas explotadoras de minas ante la Sección 33.000 de Minas y demás organismos, por anulidad, según la categoría de la empresa

9/22 Por obtener o renovar un expediente de carnet de familia numerosa 3.300

Legalización de establecimientos de hostelería, similares y espectáculos

Código Descripción Cuantía

9/23 a) Por todas las gestiones necesarias para obtener el permiso de clasificación 16.500 y funcionamiento b) Por gestionar la autorización de traspaso o cambio de nombre 8.800 c) Por gestionar la autorización para ampliación o modificación 8.800 d) Por los mismos trámites referidos a Pensiones o Casas de Huéspedes, se aplicará el 50% de los honorarios anteriores

Listas de precios de hostelería y similares

Código Descripción Cuantía

9/24 a) Por su confección 3.300 b) Por gestionar la legalización 3.300 c) Por gestionar la revisión periódica 3.300

9/25 Por la asistencia del Gestor en el acto de inspección del local para su autorización 11.000 y clasificación

9/26 Por toda la gestión referente a censura o visado de libros, grabados, horarios, etc. 5.500

9/27 Por gestionar la indemnización por siniestro del Seguro Obligatorio de Viajeros 16.500

9/28 Por gestionar la concesión de aprovechamiento de aguas para abastecimientos, 16.500 riego, pozos, galerías, ampliaciones o legalizaciones, según la importancia del proyecto

9/29 Por gestionar la tramitación de una concesión en la zona marítima, terrestre 16.500 o de dominio público

En materia de industria y comercio

Código Descripción Cuantía

9/30 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria un expediente de 16.500 nueva industria o su ampliación

9/31 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria un expediente de 16.500 cambio de nombre o traslado de industria

9/32 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria expediente para la 11.000 inscripción y/o autorización de instalación y/o funcionamiento de máquinas, aparatos o equipos sometidos a Reglamentos específicos, y para lo que es preceptivo aportar la correspondiente documentación facultativa

9/33 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria expediente de insta- 11.000 lación, ampliación o reforma de un centro de transformación de energía eléc- trica y autorización de conexión

9/34 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria expediente de cambio 11.000 de titularidad de un centro de transformación o cualquier otro aparato o equipo sometido a Reglamento específico

9/35 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria permiso de conexión eléctrica para un local a) Si precisa la aprobación previa de proyecto facultativo 8.800 b) Si no precisa aportar proyecto técnico 6.600 c) Si forma parte del trámite de inscripción industrial reseñado en alguno de 5.500 los apartados anteriores

9/36 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria permiso para suministro 5.500 de agua a un local

9/37 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria expediente de canaliza- ción y conexión eléctrica para un edificio, y permiso de conexión eléctrica para cada una de las viviendas a) Edificio de hasta 16 viviendas y locales comerciales 13.200 b) Edificio de hasta 30 viviendas y locales comerciales 19.800 c) Edificio de más de 30 viviendas 27.500

9/38 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria expediente de canalización y distribución de agua, y permiso de suministro para cada una de las viviendas a) Edificio de hasta 16 viviendas y locales comerciales 13.200 b) Edificio de hasta 30 viviendas y locales comerciales 19.800 c) Edificio de más de 30 viviendas 27.500

9/39 Por gestionar ante los Servicios Territoriales de Industria expediente de 5.500 calefacción, climatización y agua caliente sanitaria

Si se solicita autorización para varias viviendas de un mismo edificio, se percibirá de acuerdo con la siguiente escala, que es acumulativa a) De 1 a 10 viviendas, por cada una 3.300 b) De 11 a 20 viviendas, por cada una 2.750 c) Por cada una que pase de 20 1.650

9/40 Por gestionar documento de calificación empresarial 8.800 a) Por sus renovaciones periódicas 6.600

Licencia de importación y exportación

Código Descripción Cuantía

9/41 a) Por la confección, presentación de la solicitud y demás gestiones 16.500 b) Prórrogas y rectificaciones de licencias 5.500

9/42 Por la confección y presentación de escandallos de precios 3.850

9/43 Por la gestión de peticiones de todas las clases en la Dirección General de Aduanas, 5.500 que no se hallen taxativamente determinadas en otros artículos de estos honorarios

9/44 Por las diligencias relativas a autorizaciones y permisos para campañas agropecuarias 5.500

9/45 Por la obtención de certificaciones de análisis en materia agronómica 5.500

9/46 Por la gestión de subvenciones sobre máquina agrícola 11.000

Salas de bingo, juegos y recreativas

Código Descripción Cuantía

9/47 Por todas las gestiones ante el Organismo competente de la Comunidad Autónoma, 44.000 para obtener los permisos de instalación y apertura de una Sala de Bingo a) Por sus renovaciones periódicas 22.000 b) Por gestionar variaciones sobre autorización inicial 22.000

9/48 Por todas las gestiones ante el Organismo competente de la Comunidad Autónoma, 44.000 para obtener los permisos de instalación y apertura de un Salón de Juego a) Por sus renovaciones periódicas 22.000 b) Por gestionar variaciones sobre autorización inicial 22.000

9/49 Por todas las gestiones ante el Organismo competente de la Comunidad Autónoma, 33.000 para obtener los permisos de instalación y apertura de un Salón Recreativo a) Por sus renovaciones periódicas 16.500 b) Por gestionar variaciones sobre autorización inicial 16.500

9/50 Por las gestiones para obtener permiso de explotación de una máquina recreativa 7.700 Si en un mismo trámite se gestiona más de una máquina, se percibirán 5.500 pesetas por la primera y 2.750 cada una de las restantes

9/51 Por todas las gestiones ante el Organismo correspondiente de la Comunidad 44.000 Autónoma, para obtener autorización como empresa operadora

9/52 Por todas las gestiones ante el Organismo correspondiente de la Comunidad 44.000 Autónoma, para obtener autorización como empresa de servicios gestora de Salas de Bingo

Gestiones de caza y pesca

Código Descripción Cuantía

9/53 Por las gestiones para obtener la autorización de un vedado de caza o pesca, 11.000 se percibirá por la tramitación del expediente completo

9/54 Por las gestiones para obtener la renovación de una autorización de un vedado 5.500 de caza o pesca

9/55 Por la legalización de tenencia y uso de armas de todas clases incluso las 5.500 accionadas por aire o gases comprimidos Código Descripción Cuantía

9/56 Por obtener una licencia de caza o pesca 5.500

Gestiones relacionadas con la vivienda

Código Descripción Cuantía

9/57 Por obtención de Cédula de Habitabilidad 5.500

9/58 Por estudio y redacción de Contrato de Arrendamiento 11.000

9/59 Por la constitución o devolución de Fianzas 5.500

9/60 Por la gestión de calificación o descalificación de viviendas protegidas, 16.500 vinculación o desvinculación

CAPÍTULO X

GESTIONES ANTE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL Y LOCAL


Código Descripción Cuantía

10/1 Por la obtención de licencias de obras de construcción, ampliación, reforma, 16.500 demolición y, en general, obras mayores para las que es necesario el oportuno proyecto facultativo, se percibirá

10/2 Por gestionar Licencias de obras menores en los Ayuntamientos o Tenencias 11.000 de Alcaldía

10/3 Por gestionar Licencias de apertura de establecimientos 16.500

10/4 Por todas las gestiones para la legalización o cambio de nombre de establecimientos 16.500 industriales, comerciales, de hostelería, espectáculos, deportivos o similares

10/5 Por informes previos en las Oficinas Municipales para el emplazamiento de 8.250 un establecimiento o local de negocio

10/6 Por la gestión de cierre de una industria o comercio, causando baja en todos 11.000 los arbitrios, permisos y demás tributos

10/7 Licencia Municipal para el traslado, ampliación o cambio de nombre de 11.000 establecimientos comerciales o industriales

10/8 Por la comparecencia y asistencia del Gestor Administrativo ante la Inspección 11.000 de Arbitrios Municipales 10/9 Por la solicitud del Permiso Municipal para el uso de aceras con vado o rebaje 8.250 de calzada

10/10 Por todas las gestiones relativas a las declaraciones de altas y bajas de arbitrios 5.500 sobre solares

10/11 Estudio, formalización de la declaración y gestiones de presentación y retirada 5.500 de un documento, con una sola declaración, a efectos del pago del Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) Código Descripción Cuantía

a) Por cada declaración más en un mismo documento 1.650 b) Cuando se trate de declaraciones en particiones de herencia, por la primera 5.500 c) Y las restantes, cada una 1.650

10/12 Por cumplimentación y pago de arbitrios no especificados anteriormente 3.300

10/13 Por gestiones en concepto de apoderado de las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos, Juntas Administrativas y Corporaciones análogas, se percibirá anualmente: a) Por la representación de los Ayuntamientos en la capital de la provincia 16.500 b) Por la representación de provincias distintas 16.500

10/14 Por informar sobre cualquier extremo de trámites administrativos referidos 3.300 a gestiones en la Administración de la competencia del Gestor Administrativo 10/15 Por alta, baja o cambio de domicilio del Impuesto sobre Circulación de Vehículos 5.500

10/16 Obtención Cédula de habitabilidad, 2ª ocupación 5.500

10/17 Obtención Licencia de traslado de muebles 5.500

10/18 Obtención Licencia fin de obra, ocupación u otras 5.500

10/19 Tramitación de altas y bajas en Padrón Municipal de Habitantes 3.300

CAPÍTULO XI

DE LAS GESTIONES ADMINISTRATIVAS A LOS EXPEDIENTES DE PRÉSTAMO

Código Descripción Cuantía

11/1 Por la tramitación de un expediente de préstamo, prima o subvención o sus ampliaciones en los Institutos Oficiales de Crédito o Entidades Bancarias, cuando el Gestor actúe debidamente apoderado. Firmando las correspondientes escrituras y percibiendo las cantidades concedidas, se percibirán los siguientes honorarios: a) Hasta 175.000 pesetas 13.200 b) De 175.001 a 500.000 pesetas 7‰ c) De 500.001 a 2.000.000 de pesetas 6‰ d) De 2.000.001 a 10.000.000 de pesetas 5‰ e) De 10.000.001 en adelante 4‰

11/2 Cuando el destino de los préstamos a que se refiere el apartado anterior sea la adquisición de pisos por sus inquilinos, los honorarios serán bonificados en el 50%

11/3 Por la tramitación de los expedientes de préstamos, prima o subvención, sus amplia- ciones en Instituciones Oficiales de Crédito o Entidades Bancarias cuando el Gestor no actúe debidamente apoderado y tampoco firme las correspondientes escrituras, percibirá la cuarta parte de los honorarios que se determinan en el apartado 11/1

11/4 Por los expedientes de cancelación o reducción de las operaciones a que se refieren los tres apartados anteriores, se percibirán la cuarta parte de los honorarios fijados en cada uno de los tres apartados para la constitución o ampliación de los mismos

CAPÍTULO XII

SEGURIDAD SOCIAL
Código Descripción Cuantía

12/1 Por la presentación y pago de los Boletines de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, con arreglo a la siguiente escala: a) Empresa hasta 1 productor 5.500 b) Por cada productor más y hasta 50 550 c) A partir de 50 productores, libre contratación partiendo de los mínimos establecidos

12/2 Por gestión de pago de actas de la Inspección del Trabajo y liquidaciones de 5.500 la Seguridad Social, según la laboriosidad de las mismas

12/3 Altas y bajas de productores de la Seguridad Social 3.300

12/4 Cambios de médico, variaciones de domicilio y beneficiarios 3.300

12/5 Tramitación y presentación en Seguridad Social de bajas y altas por enfermedad 3.300

12/6 Tramitación de un parte de accidente de trabajo en la Consejería de Trabajo 3.300

12/7 Por la tramitación del alta en la Seguridad Social de la constitución y 22.000 legalización de Empresas y obtención del número patronal

12/8 Alta de empresa en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social 13.200

12/9 Tramitación y legalización de Libros de Visita o Matrícula, por cada 5.500 uno (más el costo de los libros)

12/10 Tramitación de autorización de apertura de centro de trabajo en las Consejerías 6.600 de Trabajo

12/11 Por afiliación de trabajadores autónomos 6.600

12/12 Gestionar contratos de trabajo y visado de los mismos en la Oficina de Colocación 5.500

12/13 Gestionar contratos de trabajo con cláusulas adicionales o con bonificaciones 5.500

12/14 Gestionar la renovación o prórroga de contratos de trabajo 2.750

12/15 Por la legalización de empresas en el Régimen General de la Seguridad Social, 27.500 autorización apertura, horario laboral, libros de visita y matrícula en la Consejería de Trabajo

12/16 Por la gestión de un expediente por accidente de trabajo 5.500

12/17 Tramitación expedientes solicitud de subvenciones a trabajadores mayores de 40 años, minusválidos u otros:

12/18 a) Mínimo 16.500

12/19 Confección y pago cuotas autónomos 1.100

12/20 Tramitación de Permisos de trabajo para extranjeros por cuenta ajena 22.000

12/21 Tramitación de Permisos de trabajo para extranjeros por cuenta propia 33.000

12/22 Bajas Autónomos 5.500

12/23 Solicitud prestaciones o pensiones 11.000
Normas complementarias 1. Las cantidades fijadas en las presentes tablas de honorarios se entenderán siempre como orientativas.

2. A las gestiones no especificadas en estas tablas de honorarios se les aplicarán, por analogía, los honorarios señalados a otros conceptos similares.

3. Los honorarios que se señalan en las actuales tablas son independientes de los gastos y suplidos, siendo potestativo para el Gestor Administrativo el anticipar el importe de los mismos.

4. De ajustarse a estas tablas las minutas que se formulen, es recomendable expresar el capítulo y la partida que hayan sido aplicados a las gestiones que correspondan.

5. En el supuesto de que se retire al Gestor un encargo profesional, nacerá para el cliente la obligación de abonar los honorarios correspondientes a las gestiones realizadas.

6. Para que un Gestor Administrativo pueda hacerse cargo de un asunto en el que estuviera interviniendo otro compañero, deberá solicitar la venia o autorización del mismo y comprobar que el cliente le ha satisfecho los honorarios y suplidos devengados. Si así no se hiciese, el nuevo gestor interviniente responderá ante su compañero, solidariamente con el cliente, de los honorarios y suplidos devengados con anterioridad al momento de hacerse cargo del trámite.

7. Las gestiones que lleven a cabo los Gestores Administrativos por encargo de otro Gestor, de cualquier demarcación o Colegio, devengarán honorarios al 50%.

8. Cuando el Gestor Administrativo, en acto de su competencia, tenga que realizar gestiones en poblaciones distintas de donde radique su despacho profesional, podrá percibir los honorarios especiales que aquí se detallan en forma orientativa, además de los recomendados en las tablas. Honorarios de salida: de 5.500 pesetas; media jornada: 11.000 pesetas; jornada de trabajo completa: 16.500 pesetas. Además, se devengarán los gastos de desplazamiento que se puedan ocasionar.

9. Cuando el Gestor Administrativo sea requerido por su cliente para desempeñar actividades con carácter de extrema urgencia, podrá percibir, aparte de los honorarios que fueren preceptivos a un caso ordinario, un incremento de hasta el 100% de aquéllos.

10. La inclusión de conceptos en estas tablas de honorarios no implica atribución de competencia profesional distinta a la establecida en el Estatuto de Gestores Administrativos. 11. Estas tablas de honorarios profesionales deberán ser actualizadas anualmente. No obstante, si ello no ocurriera, operaría automáticamente la actualización, como mínimo, por aplicación del porcentaje de aumento o disminución del coste de vida, en el índice que oficialmente publique el Instituto Nacional de Estadística.

12. Cualquier duda en la aplicación de los presentes honorarios, así como las cuestiones que surjan con motivo de la impugnación de los mismos, serán tratadas conforme a lo establecido en el Estatuto profesional y en el Reglamento de Régimen Interior.

13. Estas tablas de honorarios orientativos fueron aprobadas en Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Santa Cruz de Tenerife, en su sesión de fecha 28 de julio de 1998.

El Secretario, Cipriano Blasco Arias.- Vº.Bº.: el Presidente, José Luis Díaz-Duque González.

© Gobierno de Canarias