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BOC Nº 142. Miércoles 11 de Noviembre de 1998 - 3759

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

3759 - Secretaría General Técnica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 20 de octubre de 1998, que notifica la Orden de 2 de septiembre de 1998, de incoación de expediente de reintegro total de la subvención concedida a la Sociedad Cooperativa Limitada Aridaman para primar los litros de leche entregada por los ganaderos en las industrias lácteas, y concede trámite de audiencia.

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Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de la Sociedad Cooperativa Limitada Aridaman, en calle Suárez Franchy, 22, bajo izquierda, en el municipio de Arucas, isla de Gran Canaria, de la Orden del Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se dispone la incoación de expediente de reintegro de una subvención concedida a Sociedad Cooperativa Limitada Aridaman para primar los litros de leche entregada por los ganaderos en las industrias lácteas, y la apertura del trámite de audiencia en el citado expediente, sin haberse podido practicar la misma, es por lo que, de conformidad con el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

1. Notificar a la Sociedad Cooperativa Limitada Aridaman, cuyo último domicilio conocido es en calle Suárez Franchy, 22, bajo izquierda, en el municipio de Arucas, isla de Gran Canaria, la Orden nº 289/1998, de 2 de septiembre, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

“La incoación de expediente de reintegro de una subvención concedida mediante Orden del Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 29 de octubre de 1990, a la Sociedad Cooperativa Limitada Aridaman para primar los litros de leche entregada por los ganaderos en las industrias lácteas, por un importe de dos millones veintiséis mil novecientas sesenta y dos (2.026.962) pesetas, más el interés de demora devengado desde el momento del pago de la subvención, por incumplimiento de la obligación de justificar la realización de la actividad subvencionada y su coste real.” 2. Notificar a dicha empresa que, de conformidad con el artº. 36.2 del Decreto Territorial 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se abre un plazo de diez (10) días a los efectos de que pueda examinar los documentos del expediente y presentar, si lo estima oportuno, las alegaciones y justificaciones que le convengan dentro del citado trámite de audiencia en el mencionado expediente.

3. Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria)para su publicación en el tablón de edictos correspondiente, así como al Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Cosío Romero.

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