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BOC Nº 142. Miércoles 11 de Noviembre de 1998 - 1632

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1632 - ORDEN de 15 de septiembre de 1998, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Secundaria Pueris La Pardilla, de Telde (Gran Canaria).

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Examinado el expediente instruido a instancias de Dña. María del Carmen González Marrero, en nombre y representación de la Sociedad Limitada Colegio Pueris La Pardilla, titular de los Centros Privados de Educación Infantil y Educación Primaria, denominados Pueris La Pardilla, domiciliados en el km 1,7, de la localidad de La Pardilla, del municipio de Telde, por el que solicita la autorización para la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Secundaria,

D I S P O N G O:

Primero.- Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Secundaria Pueris La Pardilla, de Telde (Gran Canaria), y, como consecuencia de ello, quedará configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: Pueris La Pardilla. Titular: Sociedad Limitada Colegio Pueris La Pardilla. Domicilio: km 1,7 La Pardilla. Localidad: La Pardilla. Municipio: Telde. Provincia: Las Palmas. Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria. Capacidad: cuatro unidades y 120 puestos escolares.

Segundo.- La presente autorización tendrá efectos del curso 1998/99.

Tercero.- Antes del inicio del curso 1998/99, la Dirección Territorial de Las Palmas, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación del personal que impartirá la docencia en el Centro.

Cuarto.- Queda dicho Centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto.- Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 1998.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

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