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BOC Nº 104. Lunes 17 de Agosto de 1998 - 1232

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1232 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Resolución de 12 de agosto de 1998, del Director, por la que se anuncia convocatoria para la selección de personal para su contratación laboral temporal.

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Siendo necesario cubrir, con carácter urgente, mediante contratación laboral temporal la realización de trabajos de carácter imprevisto y no permanente, que no se corresponden a puestos de trabajo presupuestariamente dotados, de conformidad con lo previsto en el artº. 68 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y la Orden conjunta de 18 de enero de 1993, de las Consejerías de Trabajo y Función Pública y de Economía y Hacienda, y al amparo de lo establecido en el artº. 34.1 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998.

Vistos los informes favorables emitidos por la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público y de la Dirección General de la Función Pública, en los que se acredita la existencia de dotación presupuestaria suficiente. En uso de las atribuciones conferidas a la Dirección del Instituto Canario de Formación y Empleo por el artº. 10.2.e) de la Ley Territorial 7/1992, de 25 de noviembre, de creación del Instituto Canario de Formación y Empleo, modificada por Ley 6/1996, de 30 de diciembre,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar procedimiento selectivo para la contratación temporal de personal en régimen de Derecho Laboral, mediante el sistema de concurso-oposición, por el trámite de urgencia, y de conformidad con las bases descritas en el anexo I, para prestar servicios en las dependencias del ICFEM, de acuerdo con la relación siguiente:

Santa Cruz de Tenerife: 1 Titulado Medio y 5 Auxiliares Administrativos.

Las Palmas de Gran Canaria: 1 Titulado Medio y 4 Auxiliares Administrativos.

Segundo.- Los contratos laborales temporales que se celebren con el personal que resulte seleccionado, se formalizarán al amparo de lo previsto en el Real Decreto 2.546/1994, de 29 de diciembre.

Tercero.- A los contratos que se celebren y a la situación jurídica originada por los mismos, le será de aplicación el III Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, Estatuto de los Trabajadores, y demás legislación vigente.

Cuarto.- Las personas que resulten contratadas quedarán sometidas al período de prueba que señala el artº. 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no hayan prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedarán exentas del citado período de prueba. Asimismo, estarán sujetas a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Quinto.- En lo no previsto en la presente Resolución, así como en las bases contenidas en el anexo I, será de aplicación la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, Decreto 63/1985, de 15 de marzo, y el vigente Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Sexto.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de agosto de 1998.- El Director, Francisco Zumaquero García.

A N E X O I

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.- Requisitos de los participantes.

Para poder participar en el presente concurso-oposición, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias: a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Tener cumplida la edad de 18 años.

c) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado ni despedido por expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el ejercicio de funciones públicas.

e) Estar en posesión de la titulación académica de Diplomado Universitario (Titulado Medio) y Certificado de Escolaridad (Auxiliares Administrativos).

Segunda.- Acreditación de los requisitos.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán en el momento de la presentación de la solicitud para participar en las pruebas selectivas en la forma que se indica a continuación:

- a) y b): fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- c) y d): declaración responsable según el anexo III.

- e) Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas.

Los méritos para la fase de concurso se acreditarán mediante fotocopia compulsada de las titulaciones, cursos, contratos de trabajo y certificaciones de las Administraciones Públicas.

Tercera.- Presentación de instancias.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente convocatoria, acompañada de los documentos acreditativos de reunir los requisitos a que se refiere la base primera, así como los méritos alegados, todo ello según la forma descrita en la base segunda.

El plazo de presentación de instancias será de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. La presentación de instancias y documentación se realizará en el registro del Instituto Canario de Formación y Empleo, sito en Avenida Príncipes de España, s/n, Edificio de Seguridad e Higiene, Ofra, Santa Cruz de Tenerife o en el registro sito en calle República Dominicana, 4, Las Palmas de Gran Canaria.

Igualmente podrán presentarse en la forma prevista en el artº. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud de la cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarta.- Lista definitiva de aspirantes admitidos.

Finalizado este plazo se expondrá en los tablones de anuncio del ICFEM la lista de aspirantes admitidos, indicándose el lugar, fecha y hora en que tendrán lugar las pruebas, así como la designación nominal del Tribunal Calificador.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador que se constituya estará compuesto por cinco miembros: dos representantes de los trabajadores y tres representantes de la Administración, uno de los cuales lo será en representación de la Dirección General de la Función Pública, quien actuará como Secretario.

Para la válida constitución del órgano de selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros. Sus acuerdos se adoptan por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo, cuando estuvieren incursos en alguno de los supuestos previstos en el artº. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que les corresponden, según la normativa vigente en el momento de celebración del proceso selectivo.

La Dirección del ICFEM podrá designar el personal necesario para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo, precisas para el desarrollo del proceso selectivo, quienes percibirán las indemnizaciones por razón del servicio que les correspondan.

Sexta.- Desarrollo del proceso selectivo.

Constará de dos fases:

1ª) Fase (oposición):

a) Esta fase constará de un primer ejercicio, consistente en la realización de un cuestionario tipo test, durante el tiempo que a tal efecto señale el Tribunal Calificador, sobre el temario que se acompaña como anexo IV. La puntuación será de cero a diez puntos, quedando eliminados del proceso selectivo aquellos aspirantes que no alcancen al menos cinco puntos.

b) Un segundo ejercicio, consistente en el desarrollo de un tema extraído al azar de entre el temario propuesto (anexo IV), durante el período de 1 hora, para la categoría de Titulado Medio. Para la categoría de Auxiliar Administrativo consistirá en la realización de una prueba práctica en ordenador, utilizando un procesador de textos en el entorno de Windows. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, pasando a la siguiente fase aquellos aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos.

2º) Fase (concurso):

1º) Experiencia profesional.

a) Por servicios prestados a las Administraciones Públicas, en la categoría a la que se concursa, hasta un máximo de 2 puntos, a razón de 0,20 puntos por cada mes de trabajo, despreciándose las fracciones.

b) Por servicios prestados a las Administraciones Públicas, en Categoría, Grupo, Cuerpo o Escala distinto al que se concursa, a razón de 0,05 puntos por cada mes de trabajo, hasta un máximo de un punto, despreciándose las fracciones.

No se valorarán los servicios prestados fuera de las Administraciones Públicas.

2º) Cursos de formación y/o perfeccionamiento:

a) Por cursos de formación y/o perfeccionamiento hechos en Centros Oficiales de Formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas (I.N.A.P., I.C.A.P.), a razón de 0,10 puntos para cursos de hasta veinte horas y 0,20 puntos para cursos que superen las veinte horas, hasta un máximo de 2 puntos. b) Por cursos, seminarios, etc. distintos de los señalados en el punto anterior y que versen sobre materias relacionadas con las Administraciones Públicas, a razón de 0,05 puntos para cursos de hasta veinte horas y 0,10 para cursos que superen las veinte horas, hasta un máximo de dos puntos.

No se valorarán cursos, seminarios, etc. sobre materias no relacionadas con las Administraciones Públicas.

Séptima.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán los miembros del mismo, y harán constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta. La puntuación total obtenida por cada aspirante será la suma de los puntos conseguidos en la fase de oposición más la de concurso, dirimiéndose en caso de empate por la puntuación obtenida en la fase de oposición, primeramente, y la experiencia profesional, en el caso de que persista.

El Tribunal deberá formular la correspondiente propuesta de contratación de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación, remitiéndose toda la documentación a la Dirección del ICFEM. Asimismo, el Tribunal propondrá la aprobación de una lista de reserva que estará formada, por orden de puntuación, por todos aquellos aspirantes, que habiendo superado las pruebas, no hayan sido propuestos para la contratación, quienes podrán ser llamados para futuras contrataciones de la misma categoría.

Octava.- La relación de aspirantes que resulten seleccionados se publicará en los tablones de anuncios a que se refiere la base cuarta de la convocatoria y servirá de citación a las personas seleccionadas, que deberán presentar la documentación que en ella se señale, en el plazo de tres días, salvo casos de fuerza mayor.

Quedarán decaídos en su derecho quienes no presenten toda la documentación exigida en el plazo precitado, y la Administración efectuará llamamientos por orden de puntuación a los siguientes aspirantes, en el supuesto de no formalizarse el contrato con los aspirantes seleccionados por las causas señaladas anteriormente.

Novena.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo para obra o servicio determinado, al amparo del artº. 2º del Real Decreto 2.546/1994, de 29 de diciembre, previas las formalidades administrativas legalmente previstas. A N E X O I I

MODELO DE INSTANCIA

Apellidos .......................................................................................................................................................................................................... Nombre ........................................................................................................................................................................................................... Domicilio ........................................................................................................................................................................................................ Teléfono ........................................................................................ D.N.I. nº .......................................................................................................

EXPONE: Que habiéndose convocado por Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) pruebas selectivas para la selección de personal, para su contratación laboral temporal.

Que reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos para la convocatoria, acompañándose la documentación requerida.

SOLICITA: Ser admitido a las mencionadas pruebas, para el contrato con la categoría de:

TITULADO MEDIO, SANTA CRUZ DE TENERIFE.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO, SANTA CRUZ DE TENERIFE

TITULADO MEDIO, LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO, LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

................................................, a ............ de .................................... de 1998.

ILMO. SR. DIRECTOR DEL INSTITUTO CANARIO DE FORMACIÓN Y EMPLEO.

A N E X O I I I

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dña. ................................................................................................................, con D.N.I. nº ...........................................

Declaro bajo mi responsabilidad:

- No haber sido separado/a, ni despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

- No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que me imposibilite el ejercicio de funciones públicas.

................................................, a ............ de .................................... de 1998.

Fdo.: ......................................................

A N E X O I V

TEMARIO

A) Para las plazas de Titulado Medio.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 2. El acto administrativo: delimitación conceptual y elementos generales. Clasificación de los actos administrativos.

Tema 3. El procedimiento administrativo: concepto y clases. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: contenido, ámbito de aplicación y principios informadores.

Tema 4. El régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Especial referencia al régimen jurídico de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Canarias. Estructura, contenido y naturaleza jurídica.

Tema 6. La Administración Pública y el Derecho Administrativo. Fuentes del Derecho Administrativo: especial referencia al Reglamento.

Tema 7. El presupuesto. Concepto y clases. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias. Su estructura. El ciclo presupuestario.

Tema 8. Organización de la Administración autonómica de Canarias. Las Consejerías, distribución y competencias.

Tema 9. El Instituto Canario de Formación y Empleo: Régimen Jurídico y competencias.

B) Para las plazas Auxiliar de Administrativo.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. La Corona: funciones. Las Cortes Generales. El Gobierno. Composición y funciones.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de Canarias. El Parlamento de Canarias.

Tema 4. El Gobierno de Canarias. El Presidente. El Vicepresidente. Las diversas Consejerías: idea general.

Tema 5. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: el personal laboral: derechos, deberes e incompatibilidades. Idea general.

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