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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso nº 01/0000591/1997, interpuesto por Federación Asociación de Vecinos Las Medianías, contra el Decreto 11/1997, de 31 de enero, por el que se regula la constitución de un censo de edificaciones no amparadas por licencia y por el que se establecen los supuestos de suspensión de la ejecutoriedad de las órdenes de demolición, y dado que el acto objeto de la impugnación afecta a una pluralidad de administrados por determinar, supuesto previsto en el apartado a) del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificado por la Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo nº 01/0000591/1997, seguido a instancia de Federación Asociación de Vecinos Las Medianías, contra el Decreto 11/1997, de 31 de enero, por el que se regula la constitución de un censo de edificaciones no amparadas por licencia y por el que se establecen los supuestos de suspensión de la ejecutoriedad de las órdenes de demolición.
Segundo.- Hacer pública la presente en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos aparezcan como interesados en el mismo para que puedan comparecer en la Sala y personarse en los Autos en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de abril de 1997.- El Secretario General Técnico, Arturo Aragonés Clemente.
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