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BOC Nº 024. Miércoles 19 de Febrero de 1997 - 199

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

199 - ORDEN de 12 de diciembre de 1996, por la que se autoriza el cese de actividades de la Escuela de Turismo de Las Palmas de Gran Canaria.

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Examinado el expediente incoado a instancia de D. Tomás Pérez Santana, como Director de la Obra Social, Relaciones Institucionales y Patrimonio de la Caja Insular de Ahorros de Canarias, titular de la Escuela de Turismo de Las Palmas de Gran Canaria, solicitando el cese de actividades de la Escuela de Turismo, propiedad de esta Institución,

D I S P O N G O:

Primero.- Autorizar el cese de actividades de la Escuela de Turismo de Las Palmas de Gran Canaria Gran Canaria, a partir del curso 1997/98.

Segundo.- Este cese de actividades se hará de forma gradual, es decir, en el curso académico 1997/98, se abstendrá de matricular nuevos alumnos en el primer curso, realizándolo exclusivamente para aquellos que ya lo estuviesen en el año anterior y hubiesen suspendido más de tres asignaturas, o para los que habiéndose matriculado en años anteriores, no se hayan presentado a los exámenes, y no hubiesen agotado el número de convocatorias que reglamentariamente les pertenecen, es decir, seis convocatorias, entre exámenes ordinarios y extraordinarios.

Tercero.- Para los cursos académicos 1998/99 y 1999/2000, se aplicará igual medida con respecto a los cursos de segundo y tercero, quedando en el Centro exclusivamente los alumnos que se encuentran en las circunstancias del punto anterior.

Cuarto.- Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaran el funcionamiento legal de este Centro siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros privados.

Quinto.- Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 1996.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

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