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BOC Nº 126. Viernes 4 de Octubre de 1996 - 2836

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

2836 - ANUNCIO de 9 de septiembre de 1996, de la Viceconsejería de Administración Pública, relativo a notificación de Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado a Comercial Juafa, S.L., titular de la empresa operadora nº 103, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 145/96.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Providencia y Pliego de Cargos, en el domicilio que figura en el expediente sancionador nº 145/96, incoado por esta Dirección General a Comercial Juafa, S.L., titular de la empresa operadora nº 103, por infracción a la normativa sobre el juego, sin que haya podido practicarse al interesado, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

PROVIDENCIA

“Vista el acta de los funcionarios de la Inspección del Juego, de fecha 26 de julio de 1996, levantada en el establecimiento Bar Mamel, sito en La Laguna, Polígono Padre Anchieta, bloque 60, local 34, y deduciéndose de la misma posibles infracciones a la normativa sobre el juego, iníciese expediente sancionador al titular de la empresa operadora nº 103, Comercial Juafa, S.L., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, nombrando Instructora del expediente a Dña. Aurora La Serna Ramos, Técnico Instructor de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, debiendo notificarse a los efectos de recusación previstos en el artº. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”

PLIEGO DE CARGOS

Haberse comprobado que en el establecimiento Bar Mamel, sito en La Laguna, Polígono Padre Anchieta, bloque 60, local 34, se encuentran instaladas y en funcionamiento las máquinas recreativas del tipo “B”, TF-B-14.946 y TF-B-6.720, propiedad de la empresa operadora nº 103, Comercial Juafa, S.L., que en el momento de la inspección el día 26 de julio de 1996, carecen de los distintivos correspondientes del pago de la Tasa Fiscal del Juego del primer y segundo trimestres del año 1996. Asimismo, la máquina recreativa TF-B-14.946, tiene el número de serie distinto en el Boletín de Instalación y Guía de Circulación (95-2289) con el de las grabaciones (95-2288).

Lo que supone infracción a los artículos 30.1.a) y d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), tipificándose como falta muy grave, la inexistencia en la máquina de juego, de la marca de fábrica, y de la placa de identidad, o su alteración, manipulación o inexactitud, y como infracción leve, la no incorporación en la máquina recreativa del distintivo correspondiente del pago de la Tasa Fiscal del Juego, a tenor de lo dispuesto en los artículos 39.10 y 41.3 del referido Decreto.

Sancionándose como disponen los artículos 38 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, y artículos 21 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias (B.O.C. nº 158, de 31.12.85).

De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al del recibo del presente escrito, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de septiembre de 1996.- El Viceconsejero de Administración Pública, Tomás Van de Walle de Sotomayor.

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