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Visto expediente de referencia y
Resultando: que mediante Resolución de fecha 6 de junio de 1996 se aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación, así como la realización de un gasto máximo de 8.105.370 pesetas, distribuido en cuatro anualidades, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.421A.213.00, de las cuatro anualidades, 1996, 1997, 1998 y 1999.
Resultando: que finalizado el plazo de presentación de proposiciones consta en el expediente acta calificando la documentación presentada por la empresa Friogar, S.L., así como de apertura de la proposición económica.
Resultando: que la Mesa de Contratación eleva propuesta de adjudicación a favor de la empresa Friogar, S.L.
Considerando: lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto a la adjudicación de los contratos por procedimiento negociado.
Considerando: lo previsto en el artículo 1 de la Orden de 15 de enero de 1992, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que delegan atribuciones en distintos titulares de Centros Directivos del Departamento.
R E S U E L V O:
1º) Adjudicar por el procedimiento negociado sin publicidad el mantenimiento de los aparatos de aire acondicionado existentes en diversas dependencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a favor de la empresa Friogar, S.L. por importe de 8.105.370 pesetas.
2º) Requerir a la indicada empresa para que en el plazo de quince días hábiles, contados desde la notificación de la presente, constituya a disposición de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la garantía definitiva ascendente al 4% del importe de licitación, cuyo importe es de 324.215 pesetas en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
3º) Requerir a la indicada empresa para que en el plazo de treinta días contados desde el siguiente al de la notificación de la presente, proceda a formalizar el contrato.
Contra el presente acto, dictado por delegación del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en virtud de la Orden de 15 de enero de 1992 y que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, previa comunicación al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 1996.- El Secretario General Técnico, p.s., el Director General de Universidades e Investigación (Orden de 24.6.96; B.O.C. nº 77, de 26.6.96), Rosendo Reboso Barroso.
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