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Visto el Reglamento (CEE) nº 1.035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de frutas y hortalizas, que contempla entre otras acciones la creación de Organizaciones de Productores, lo que exige, entre otros requisitos, la obligación a sus asociados de someterse a ciertas reglas, sobre todo en materia de producción y comercialización.
Visto el Real Decreto 1.101/1986, de 6 de junio (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), que regula la constitución de las Organizaciones de Productores.
Visto el informe propuesta del Director General de Política Agroalimentaria, relativo a la calificación de la Organización de Productores Agrarios (O.P.F.H.), promovida por la entidad Cortés Exportación Sociedad Cooperativa.
Considerando la conveniencia de fomentar estas entidades asociativas que, de acuerdo con el marco normativo comunitario, se establecen con el fin de fomentar la concentración de la oferta y la regularización de los precios en la fase de producción.
En virtud del apartado 4 del artº. 20 del Decreto 71/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura y Alimentación,
R E S U E L V O:
Artículo primero.- Calificar como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas a la entidad Cortés Exportación Sociedad Cooperativa, de acuerdo con el régimen establecido en el Reglamento (CEE) nº 1.035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, y en el Real Decreto 1.101/1986, de 6 de junio.
Artículo segundo.- Esta calificación se otorga para el producto Tomate.
Artículo tercero.- El ámbito geográfico de actuación de la entidad Cortés Exportación Sociedad Cooperativa, como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas para el producto Tomate, es el de la isla de Tenerife.
Artículo cuarto.- Se procederá por la Dirección General de Política Agroalimentaria a la inscripción de la entidad calificada en el Registro de Agrupaciones de Productores Agrarios, Sección 1ª, de acuerdo con el Decreto Territorial 6/1994, de 14 de enero y la Orden de 29 de abril de 1994 de la Consejería de Agricultura y Alimentación, con el número 1.004.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de julio de 1995.- El Viceconsejero de Agricultura, Alonso Arroyo Hodgson.
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