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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Política Territorial para la modificación parcial de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación parcial de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial a las exigencias actuales de dicho Departamento.
Considerando que dicha modificación no afecta a los puestos de trabajo adscritos a la Viceconsejería de Medio Ambiente, aprobados según Decreto 7/1992, de 17 de enero (B.O.C. nº 26, de 24.2.92) y Decreto 112/1992, de 9 de julio (B.O.C. nº 102, de 24.7.92), cuya modificación se llevará a cabo cuando se ultimen las previsiones contenidas en la Disposición Transitoria Cuarta del Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Comunidad Autónoma (B.O.C. nº 83, de 8.7.94).
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 39.2 de la Ley 14/1994, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1995 y demás disposiciones de aplicación.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Política Territorial en funciones y a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Función Pública, ambos en funciones, y previa deliberación del Gobierno en funciones en sesión celebrada el día 23 de junio de 1995,
D I S P O N G O:
Artículo único.- 1. Modificar parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial, aprobada en los Decretos 7/1992, de 17 de enero (B.O.C. nº 26, de 24.2.92) y 112/1992, de 9 de julio (B.O.C. nº 102, de 24.7.92), en los términos que figuran en los siguientes anexos:
a) Anexo I. Relación de puestos de trabajo que se suprimen.
b) Anexo II. Relación de puestos de trabajo que se crean nuevos. c) Anexo III. Renumeración de los códigos de los puestos de trabajo objeto de esta modificación parcial y su equivalencia con la anterior relación de puestos de trabajo, se hayan modificado o no sus características.
d) Anexo IV. Integración y adaptación a la Consejería de Política Territorial de los medios personales transferidos a esta Comunidad Autónoma en materia de conservación de la naturaleza, por Real Decreto 289/1995, de 24 de febrero (B.O.E. nº 66).
e) Anexo V. Relación de puestos de trabajo objeto de esta modificación parcial.
2. Declarar vigentes, con el código y características que figuran en la relación de puestos de trabajo, aprobada por el Decreto 7/1992, de 17 de enero, y el Decreto 112/1992, de 9 de julio, todos aquellos puestos adscritos a la Viceconsejería de Medio Ambiente afectados por el desarrollo de la Disposición Transitoria Cuarta del Convenio del Personal Laboral de esta Comunidad Autónoma (B.O.C. nº 83, de 8.7.94), y que se relacionan en la tabla de vigencias que figuran en el anexo VI.
3. Los puestos de trabajo en los cuales figuran las iniciales JT en la columna de Jornada, implican el desempeño de una jornada normal sujeta a turnos. En los que figuran las iniciales JTE, implican una jornada especial sujeta a turnos.
4. En el anexo VII se relacionan los códigos que para las comarcas (áreas de trabajo), figuran para determinados puestos de trabajo en la columna de Localización territorial.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 1995.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, en funciones, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, en funciones, Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA,
en funciones,
José Miguel González Hernández.
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