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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, se procede a la publicación de los nuevos honorarios mínimos profesionales del Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Las Palmas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 1995.- El Director General de Justicia e Interior, Francisco José Manrique de Lara y Llarena.
TARIFAS MÍNIMAS DE HONORARIOS PROFESIONALES
GRUPO I
SERVICIOS QUE COMPRENDE EL ABONO ORDINARIO MENSUAL
1.1. Consultas verbales o escritas relacionadas con la empresa.
1.2. Altas, bajas y variaciones de trabajadores en la Seguridad Social.
1.3. Cambio de médico y variaciones de domicilio, así como de beneficiarios.
1.4. Asesoramiento sobre prestaciones (Protección a la Familia, Invalidez Temporal, Orfandad, Jubilación, etc.).
1.5. Formalización de partes de baja y alta por I.T., por Enfermedad Común o Maternidad, Accidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales.
1.6. Confección de recibos para pagos de salarios. 1.7. Confección de finiquitos por la baja laboral.
1.8. Estudio y confección de boletines de cotización a la Seguridad Social al régimen general o agrario, incluyendo TC-2/1.
1.9. Asesoramiento de la empresa con carácter permanente verbal.
HONORARIOS MÍNIMOS
1.10. Por un trabajador, 5.500.
1.11. Por cada trabajador más hasta 50, 1.400.
1.12. A partir de 50 trabajadores, 800 pesetas cada uno, respetando los mínimos anteriores.
Empresas de Hostelería, Construcción, Sidero, Desguace y Desperdicios Sólidos, Regímenes Especiales, así como aquellas en que el 50% de la plantilla sea eventual, fijo de obra o de temporada. - Por un trabajador, 6.500.
- Por cada trabajador más hasta 50, 1.600.
- A partir de 50 trabajadores, 900 pesetas cada uno, respetando los mínimos anteriores.
SUPLEMENTOS EXTRAS
1.13. Por confección de cualquier paga extra, 50% de los mínimos anteriores, aunque se prorratee mensualmente.
1.14. Por confección de atrasos, incluyendo boletín de cotización, 50% de los honorarios.
GASTOS Y SUPLIDOS
1.15. 10% de los honorarios mínimos del abono ordinario del Grupo I.
1.16. Los gastos por abono a través de entidades financieras serán por cuenta del cliente.
1.17. El costo de los Calendarios Laborales, Libros de Visita, Matrícula, etc., serán abonados por el Cliente.
GRUPO II
HONORARIOS DE SERVICIOS NO INCLUIDOS EN EL ABONO ORDINARIO
2.1. Inscripción de empresas en la Seguridad Social, 20.000.
2.2. Confección y diligenciación del Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y del Libro de Matrícula de Personal, 7.000.
2.3. Tramitación de apertura o reanudación ante la Dirección Territorial de Trabajo, 3.000.
2.4. Alta o baja, a cualquier Régimen Especial del sistema de la Seguridad Social, 7.000.
2.5. Solicitud y tramitación de convenios especiales de Seguridad Social, 12.000.
2.6. Calendario laboral y cartel horario, 3.500.
2.7. Confección y tramitación de contratos y ofertas de empleo incluyendo Copia Básica.
- Ordinario o fijo de Empresa, Obra o Servicio determinado, Eventual, Interinidad, Nueva Actividad, Fomento de Empleo, etc., 4.500. - Aprendizaje y Prácticas, Mayores de 45 años, Minusválidos, Tiempo Parcial, y los de cualquier Régimen Especial o con cláusulas especiales, 6.500.
2.8. Confección y Registro de prórrogas de contratos de trabajo ordinarios, 2.500.
- Confección y Registro de prórrogas de contratos de trabajos especiales, 3.000.
2.9. Estudio y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones en las contrataciones a trabajadores mayores de 45 años, minusválidos y cualquier otro de esta naturaleza, 10% de la subvención económica con un mínimo de, 30.000.
2.10. Certificado de Empresa, 2.500.
2.11. Expedientes de desempleo, 3.500.
2.12. Representación y asistencia técnica ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, previo estudio de antecedentes.
De 1 a 10 trabajadores, 17.000.
De 10 a 30 trabajadores, 25.000.
De 30 a 50 trabajadores, 30.000.
De 50 en adelante, 50.000.
2.13. Tramitación de expediente de asistencia sanitaria a desplazados en el extranjero, cada trabajador y país, 3.500.
2.14. Estudio, confección y tramitación de fraccionamiento y aplazamiento de pagos en materia de Seguridad Social, tanto Régimen General como los Especiales, con un mínimo de, 35.000.
2.15. Estudio e informe escrito sobre problemas laborales de previsión que plantee la constitución o vida de una empresa, 40.000.
2.16. Solicitud de devolución cuotas de la Seguridad Social, 17.000.
2.17. Estudio y preparación de documentación en solicitud de creación de Centro de Empleo Protegido, 50.000.
2.18. Estudio y preparación de documentación de Empresas Comunitarias en todo lo relativo a normas laborales y Seguridad Social, 100.000.
2.19. Estudio y confección de documentación de Sociedades Anónimas Laborales y Cooperativas de Trabajo Asociado, 150.000.
2.20. Asesoramiento en materia de Prevención de Riesgos Laborales, 25.000.
2.21. Redacción papeleta de conciliación, asistencia y representación ante el Semac previo estudio de antecedente, 25.000.
2.22. Representación y asistencia técnica ante los Juzgados de lo Social y ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias o Audiencia Nacional con Avenencia, 75.000.
Con celebración de juicio, se le añadirá la escala prevista en el punto 3.4 con un mínimo de 100.000.
2.23. Ejecución de Sentencias con pago voluntario, 20.000.
2.24. Trámite de ejecución de sentencia con embargos, etc., 40.000. 2.25. Recursos de reposición, queja, súplica contra Autos y Providencias, 25.000. 2.26. Solicitud y tramitación ante el Fogasa por salarios de tramitación, insolvencia empresarial o 40% indemnización por despidos objetivos, 25.000.
2.27. Anuncios de recurso y Letrado, 5.000.
2.28. Confección y pago mensual de recibos autónomos, 1.500.
2.29. Recursos ante Organismos Provinciales, 18.000.
2.30. Recursos ante Organismos Centrales, 30.000.
2.31. Solicitud Pago Único Autónomos en S.A.L. y C.T.A., 30.000.
2.32. Redacción y estudios cartas de sanción, 2.500.
2.33. Redacción y estudios cartas de despido, 4.500.
2.34. Estudio, redacción y tramitación de expediente contradictorio a Delegados o Representantes de personal, 20.000.
2.35. Estudio y confección de formularios estadísticos, 6.000.
2.36. Gestiones ante los Organismos Oficiales, 5.000.
2.37. Solicitud de Certificados Penales, Registro Civil o Últimas Voluntades, 2.000.
2.38. Solicitud de otros Certificados no especificados anteriormente, 2.500.
2.39. Solicitud de cancelación Antecedentes Penales, 3.000. 2.40. Escritos o Certificaciones en los Registros de la Propiedad o Mercantil, 3.000.
2.41. Solicitud de notas simples, de dominio y cargas, 1.000.
2.42. Presentación y recogida de títulos en los Registros de la Propiedad o Mercantil, 5.000.
2.43. Solicitud de Certificados en Notarías, Archivos y otros Registros, 3.000.
2.44. Cualquier gestión en Registros Públicos, Archivos o Entidades particulares, 3.000.
2.45. Solicitud de prórrogas de asientos en los Registros, 5.000.
2.46. Presentación y retirada de escritos en cualquier Organismo, 2.000. 2.47. Redacción de los escritos señalados anteriormente, 2.000.
2.48. Informes verbales o por escrito del estado en que se encuentra un asunto en un Organismo, 3.000.
2.49. Legalización de documentos en general, 3.000.
2.50. Inserción en medios de difusión o edictos en Boletines Oficiales, 3.000.
2.51. Obtención de traducción oficial de documentos en lenguas extranjeras, 3.500.
2.52. Legalización de libros en Juzgados, Notarías, Registros, etc., 5.000.
2.53. Solicitud de Visados en Consulados, 3.000.
2.54. Trámites en Sanidad en materia de alimentación y hostelería, 8.000. 2.55. Solicitud para inscripción en el Registro General de Industrias, 12.000.
2.56. Solicitud para autorización sanitaria de funcionamiento, 6.000.
2.57. Solicitud para cambio de nombre, convalidación o anotación de productos, 6.000.
2.58. Confección de formularios para alta de fincas en la Administración de Tributos, 20.000.
2.59. Confección de escritos sobre valor catastral, 3.000.
2.60. Declaraciones de cambio de dominio o de bajas, 3.500.
2.61. Confección de impresos para clasificación de epígrafes y alta en el Impuesto de Actividades Económicas y Censo Fiscal, 10.000.
2.62. Cambio de domicilio o cambio de datos en el I.A.E. y Censo, 5.000.
2.63. Baja de la actividad en I.A.E. y Censo, 5.000.
2.64. Solicitud para reposición de etiquetas, 1.500.
2.65. Confección de relación anual de ingresos y pagos (modelo 347), 7.500.
2.66. Reclamaciones económico-administrativas ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, 10% de la cuantía con un mínimo de 20.000.
2.67. Formalización de declaraciones sobre Renta del Capital (modelo 120), 5.000.
2.68. Formalización del resumen anual (modelo 192), 7.000.
2.69. Solicitud para alta en Código de Identificación Fiscal, 6.000.
2.70. Confección declaración anual de Impuesto sobre Sociedades, 25.000.
2.71. Solicitud para legalización de Libros código de comercio en el Registro Mercantil, 7.000.
2.72. Confección pagos a cuenta en el Impuesto sobre Sociedades, 5.000.
2.73. Estudio fiscal y tributario de creación y funcionamiento de Sociedades, 25.000.
2.74. Liquidación de disolución de Sociedades, 35.000.
2.75. Declaraciones de Renta (Simplificada), 6.000.
2.76. Declaraciones de Renta (Ordinaria), 15.000.
2.77. Pago fraccionado I.R.P.F. (modelo 130), 3.500.
2.78. Pago fraccionado I.R.P.F. (modelo 131), 3.500.
2.79. Pago fraccionado I.G.I.C. coeficientes (modelo 420), 3.500.
2.80. Pago fraccionado I.G.I.C. módulos (modelo 421), 3.500.
2.81. Resumen anual I.G.I.C. (modelo 425), 7.000.
2.82. Declaraciones de alta en I.G.I.C., 5.000. 2.83. Declaraciones de baja en I.G.I.C., 5.000.
2.84. Confección de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados, 10.000. 2.85. Recurso contra liquidaciones complementarias, 10.000.
2.86. Presentación de declaraciones exentas del arbitrio sobre el incremento del valor de los terrenos, 4.000.
2.87. Presentación de declaraciones sujetas al pago del anterior arbitrio, 5.000.
2.88. Por comparecencia ante la Inspección de Hacienda Estatal, 50.000.
2.89. Por comparecencia ante la Inspección de Hacienda Autonómica, 30.000.
2.90. Por comparecencia ante la Inspección de Hacienda Local, 15.000.
2.91. Solicitud para la nacionalización de un extranjero, 30.000.
2.92. Solicitud de Tarjeta de Identidad Profesional para Extranjero, 6.000.
2.93. Solicitud de inscripción o baja en el Registro de Importador y Exportador, 12.000.
2.94. Constitución o devolución de fianzas de alquileres, 6.000.
2.95. Solicitud para calificación o descalificación de viviendas oficiales, así como vinculación o desvinculación de las mismas, 20.000.
2.96. Obtención o renovación de un carnet de familia numerosa, 5.000.
2.97. Solicitud para obtención de permiso de clasificación y funcionamiento, 20.000.
2.98. Solicitud para la autorización de traspaso o cambio de nombre, 10.000.
2.99. Solicitud para autorización de ampliación o modificación, 10.000.
2.100. Solicitud para aperturas de establecimientos turísticos y hoteleros, 10.000.
2.101. Solicitud de Hojas de Reclamaciones (Turismo), 5.000.
2.102. Asistencias a la Inspección, 10.000.
2.103. Solicitud Libros de Inspección (Turismo), 5.000.
2.104. Confección de precio, 10.000.
2.105. Solicitud de Hojas de Reclamaciones de Comercio y Consumo, 8.000.
2.106. Documentos de calificación empresarial, 10.000.
2.107. Solicitud para obtención de permisos de instalación y apertura de Salas de Bingo, así como de empresas de servicios gestoras de Salas de Bingo y Salones de Juego, 50.000.
2.108. Por sus renovaciones o variaciones, 25.000.
2.109. Ídem Salones Recreativos, 40.000.
2.110. Por sus renovaciones o variaciones, 20.000.
2.111. Ídem máquinas recreativas, 10.000.
2.112. Ídem empresas operadoras máquinas recreativas, 40.000.
2.113. Solicitud para cédula de habitabilidad, 7.000. 2.114. Solicitud para calificación o descalificación, vinculación o desvinculación de viviendas protegidas, 20.000.
2.115. Solicitud para concesión Licencias de Apertura de establecimiento, 20.000.
2.116. Solicitud para cambio de nombre de establecimiento, 20.000.
2.117. Solicitud para permiso municipal para vados, uso de aceras o de rebaje de calzada, 10.000.
2.118. Solicitud para altas y bajas de arbitrios sobre solares, 6.000.
2.119. Formalización de declaración de pago de Impuesto de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana, 10.000. 2.120. Confección de solicitud de expediente de préstamo, pensión o ampliación en Institutos Oficiales de Crédito o Entidades Bancarias, 15.000.
2.121. Cancelación o reducción de los mismos, 10.000.
2.122. Por la administración de bienes en general, 5% de la cantidad con un mínimo de 10.000.
2.123. Administración de Comunidades de Propietarios, 4% del presupuesto anual con un mínimo de 20.000 pesetas mensuales.
2.124. Organización de Comunidades de Propietarios o Promotores, 25.000.
2.125. Traspaso de locales de negocio, 5% de la participación del propietario con un mínimo de 15.000.
2.126. Redacción Estatutos Comunidad Propietarios, 20.000.
2.127. Confección impresos para transferencia de vehículo, 8.000.
2.128. Confección impresos para matriculación de vehículo, 10.000.
2.129. Confección impresos para baja de vehículo, 4.000.
2.130. Confección impresos para solicitud duplicado permiso de circulación, 8.000.
2.131. Confección impresos para cancelación de gravámenes sobre vehículos, 6.000.
2.132. Solicitud para obtención de Tarjeta de Transporte, 15.000.
GRUPO III
HONORARIOS DE SERVICIOS DE LIBRE CONTRATACIÓN
3.1. Consultas verbales, 5.000.
3.2. Consultas por escrito, 10.000.
3.3. Redacción de demandas en materia laboral, según cuantía, con un mínimo de:
- Ante el Semac, 15.000.
- Ante el Juzgado de lo Social, 30.000.
- Ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias o Audiencia Nacional, 40.000.
3.4. Representación y asistencia técnica:
- Ante el Semac, 25.000. - Ante el Juzgado de lo Social con Juicio, 100.000.
- Ante el Juzgado de lo Social con Avenencia, 85.000.
- Ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias o Audiencia Nacional con Juicio, 125.000.
- Ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias o Audiencia Nacional con Avenencia, 100.000.
- En la representación y asistencia ante el Semac, Juzgados de lo Social, Tribunal Superior de Justicia de Canarias y Audiencia Nacional, a los mínimos anteriores se añadirá sobre el importe de la cantidad en litigio:
Hasta 50.000 ptas. 20% De 50.001 a 100.000 ptas. 15% De 100.001 a 250.000 ptas. 10% De 250.001 a 400.000 ptas. 9% De 400.001 a 500.000 ptas. 8% De 500.001 a 700.000 ptas. 7% De 700.001 a 900.000 ptas. 6% De 900.001 a 1.500.000 ptas. 5% De 1.500.001 en adelante 4%
(Se acumularán los importes correspondientes a cada porcentaje).
La escala anterior se refiere al importe de la cuantía en litigio. En caso de despido, dicha cantidad será la retribución anual, que corresponderá, según el salario declarado en hechos probados en la Sentencia.
En los casos de prestaciones, la cuantía será equivalente a la pensión de un año multiplicada por cinco.
En los casos de cuantía indeterminada, como extinción de relaciones laborales, desalojo de viviendas por razón de contrato de trabajo, o acciones declarativas, se minutarán discrecionalmente por el Graduado Social o Diplomado en Relaciones Laborales, atendiendo la importancia y trascendencia del caso.
En todos los casos con un mínimo de 70.000.
3.5. Recursos y reclamaciones previas ante los Organismos Provinciales de Trabajo y Seguridad Social, o Entidades Públicas según grado y dificultad del recurso, con un mínimo de 30.000.
3.6. Recursos y reclamaciones previas ante los Organismos Centrales, 50.000.
3.7. Asistencia en representación de ejecuciones ante el Juzgado de lo Social con pago voluntario, 25.000.
3.8. Tramitación de ejecución de Sentencia con embargos, etc., 50.000.
3.9. Tramitación y ejecución en modificación, suspensión y extinción de contratos de trabajo, movilidad funcional y movilidad geográfica, despidos colectivos o extinciones por causas objetivas en empresas de:
De 0 a 10 trabajadores 100.000 De 10 a 20 trabajadores 150.000 De 20 a 30 trabajadores 200.000 De 30 a 40 trabajadores 250.000 De 40 a 50 trabajadores 350.000 Más de 50 trabajadores, 10.000 pesetas por cada trabajador.
3.10. Transacciones extrajudiciales:
Cuando el Graduado Social o Diplomado en Relaciones Laborales intervenga o dirija transacciones extrajudiciales sobre reclamaciones laborales con redacción e incluso de documentos que las ultimen, percibirá: - Hasta 50.000 ptas. 20 % - De 50.001 a 500.000 ptas. 10 % - De 500.001 en adelante 8 % - En todo caso percibirá un mínimo de 25.000
3.11. Redacción del Reglamento para servicios médicos de empresa (más 700 pesetas por cada trabajador), con un mínimo de 50.000.
3.12. Informes periciales:
- Hasta 1.000.000 de pesetas en la cantidad del litigio, 5%.
- Exceso sobre el 1.000.000 de pesetas, 3%.
En todos los casos con un mínimo de 50.000.
Ratificación ante Organismos oficiales de los anteriores informes, 50.000.
3.13. Visado de documentos laborales, de empleo y Seguridad Social, 6.000.
3.14. Constitución y organización de Comités de Empresas, 80.000.
3.15. Asistencia en calidad de asesor de Comités por cada sesión, 25.000.
3.16. Estudio, asesoramiento e intervención en la redacción y elaboración de Convenios Colectivos, incluida la asistencia a reuniones así como todas cuantas gestiones fuesen necesarias, según duración y dificultad, con un mínimo de 140.000.
3.17. Estudio y asesoramiento en conflictos colectivos de trabajo, huelgas laborales y cierres de empresa, procedimientos administrativos y sindicales, elaboración y redacción de documentos, asistencia a reuniones, gestiones en Organismos, acuerdos, etc., según duración y dificultad, con un mínimo de 140.000.
3.18. Redacción de documentación en solicitud de créditos laborales, con estudio de la documentación a aportar. En todo caso con un mínimo de 60.000.
3.19. Modificación, revisión o rectificación del Reglamento o Estatutos ya existentes. Mínimo, 65.000.
3.20. Asesoramiento y tramitación de documentación para solicitud de subvenciones, préstamos, capitalización de prestaciones por desempleo y demás ayudas económicas previstas en la legislación laboral. Según cuantía e importancia del asunto, con un mínimo de 30.000.
3.21. Constitución y legalización de empresas en materia laboral, 36.000.
3.22. Formalización de contratos de trabajo con cláusulas especiales, Alta Dirección, Representantes de Comercio, 15.000.
3.23. El contrato o recurso tipo se estimará siempre como complejo y se aplicará al menos ocho veces de los honorarios mínimos establecidos en los puntos 3.5, 3.6 y 3.22.
GRUPO IV
HONORARIOS EN TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
4.1. Gestión, estudio y tramitación de expedientes de jubilación, viudedad y orfandad, invalidez, etc., tanto del Régimen General de la Seguridad Social como de cualquiera de sus Regímenes Especiales de acuerdo con sus características e importancia de los mismos, 10.000.
4.2. Escritos de alegaciones o reclamaciones previas para expedientes de invalidez, jubilación, etc., 15.000. 4.3. Pensiones no contributivas, 10.000.
4.4. Prestación familiar, 3.000.
GRUPO V
HONORARIOS EN HABILITACIÓN
5.1. Los honorarios fijados por Orden del Ministerio de Trabajo de 29 de mayo de 1958, serán el 3 por 100 del importe de cada habilitación, con un mínimo de 1.000 pesetas. Independientemente podrá percibir, en concepto de suplido, la cantidad equivalente al importe de un giro postal, sobre la cuantía de la pensión o subsidio, excepto en los casos en que los interesados retiren del despacho del Graduado Social el importe de las cantidades que les corresponden.
GRUPO VI
HONORARIOS EN ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
6.1. En los estudios sobre análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo, fijación de plantillas, reclutamiento, admisión, clasificación y promoción de personal; honorarios y turnos de trabajo; sistema de retribución y administración de salarios; métodos y medida de trabajo; seguridad e higiene en el trabajo; servicios de personal, etc., de acuerdo con las características e importancia de los mismos, con un mínimo de 150.000.
GRUPO VII
HONORARIOS EN AUDITORÍA LABORAL
7.1. En los análisis e informes sobre situación de la empresa o centro de trabajo, en orden a empleo y clasificación profesional; prevención de riesgos profesionales; cotización y prestaciones a la Seguridad Social; documentación laboral obligatoria, etc., de acuerdo con las características e importancia de los mismos, con un mínimo de 150.000.
GRUPO VIII
HONORARIOS POR CONFECCIÓN I.R.P.F.
8.1. Confección del I.R.P.F. trimestral:
Por un trabajador 3.000 Por cada uno más 500
8.2. Confección del I.R.P.F. resumen anual:
Por cada un trabajador 9.000 Por cada uno más 500
8.3. Certificados de retenciones (cada uno) 300
GRUPO IX
HONORARIOS SOLICITUD PERMISO DE TRABAJO Y AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
9.1. CLIENTES FIJOS:
9.1.1. Solicitud exoneración del Visado Especial Residencia o Trabajo, 25.000.
9.1.2. Solicitud prórroga de estancia, 5.000.
9.1.3. Solicitud autorización de Residencia, 15.000.
9.1.4. Trabajadores de países no pertenecientes a la C.E.E.: 9.1.5. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 50.000.
9.1.6. Renovación Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 25.000.
9.1.7. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 25.000.
9.1.8. Renovación de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 25.000.
9.1.9. Trabajadores de la C.E.E.:
9.1.10. Solicitud de Tarjeta Comunitaria (temporal por cuenta propia), 15.000.
9.1.11. Solicitud de Tarjeta Comunitaria (definitiva por cuenta propia), 25.000.
9.1.12. Solicitud de Tarjeta Comunitaria Temporal, 15.000.
9.1.13. Solicitud de Tarjeta Comunitaria Temporal para Grupos Turísticos, 12.000.
9.1.14. Solicitud de Tarjeta Comunitaria, cuenta ajena, 25.000.
9.1.15. Renovación de Tarjeta Comunitaria, cuenta propia, 25.000.
9.1.16. Renovación Tarjeta Comunitaria cuenta ajena, 25.000.
9.2. NO CLIENTES:
9.2.1. Solicitud exoneración Visado con Permiso de Trabajo o Residencia, 25.000.
9.2.2. Solicitud de Permanencia, 5.000.
9.2.3. Solicitud de Residencia, 20.000.
9.2.4. Trabajadores de países no pertenecientes a la C.E.E.:
9.2.5. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 50.000.
9.2.6. Renovación de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 25.000.
9.2.7. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 25.000.
9.2.8. Renovación de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 25.000.
9.2.9. Trabajadores de países pertenecientes a la C.E.E.:
9.2.10. Autorización de Residencia (tarjeta provisional), 15.000.
9.2.11. Autorización de Residencia (tarjeta definitiva), 25.000.
9.2.12. Solicitud de Permiso de Trabajo por Grupos Turísticos (A. Especial), 15.000.
GRUPO X
HONORARIOS POR SALIDA DEL DESPACHO
10.1. Salida fuera de la localidad donde el Graduado tenga su despacho, por media jornada, mañana o tarde, 20.000.
10.2. Salida fuera de la localidad donde el Graduado tenga su despacho, por jornada completa, 50.000. Estos honorarios por salidas del despacho se devengarán aparte de los honorarios correspondientes a la labor profesional que las motive.
En todo caso, serán por cuenta del cliente los gastos de locomoción en primera clase o en coche cama y los de manutención y hospedaje en hoteles de primera categoría que origine la salida.
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