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Visto: el expediente de parcelas propuestas para su liberación del Proyecto de Expropiación del Polígono El Rosario.
Resultando: que con fecha 6 de febrero de 1976, se delimitó el Polígono Residencial El Rosario, estableciéndose como sistema de actuación el de expropiación. Resultando: que con fecha 19 de octubre de 1976, se suscribió Convenio entre el Instituto Nacional de Urbanismo (INUR) y el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, aprobado éste en sesión plenaria de 22 de octubre de 1976, y con posterioridad, se suscribió Convenio entre el Instituto Nacional de Urbanismo y la asociación de afectados en los núcleos de urbanización consolidados del Polígono El Rosario, concretamente con fecha de 9 de junio de 1978.
Resultando: que en los referidos Convenios se estableció, de una parte, el compromiso del INUR de liberar las parcelas y viviendas afectadas, destinadas al uso exclusivo de su propietario y familiares en primer grado, y, en las condiciones urbanísticas que se determinarían en el Plan Parcial de Ordenación Urbana específicamente para el mencionado Polígono, y de otra parte, la asunción por parte de los Ayuntamientos de Santa Cruz de Tenerife y de La Laguna, términos municipales en los que se encuentra enclavado el ya mencionado Polígono, de las cargas que la ordenación y urbanización del citado Polígono El Rosario conllevan.
Resultando: que de conformidad con lo expuesto anteriormente, se procedió a la elaboración de la relación de las parcelas, que al encontrarse dentro del ámbito de los Convenios citados, se han considerado desafectadas del Proyecto de Expropiación.
Resultando: que de las parcelas que se relacionan en el anexo adjunto a la presente Resolución, se procedió en su momento al levantamiento de las correspondientes actas de ocupación y pago, sin que en ningún momento se llevara a cabo el cambio de titularidad registral de las mismas.
Considerando: que es competente esta Viceconsejería de Vivienda para conocer del asunto objeto de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el Decreto 250/1991, de 3 de octubre, por el que se crea la Viceconsejería de Vivienda en la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, en relación con lo dispuesto en el Decreto 68/1986, de 18 de abril; la Ley 8/1987, de 28 de abril, de Patrimonio, y Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, del Reglamento de aplicación, y Decreto 458/1972, de 24 de febrero, sobre Liberaciones Urbanísticas.
Vistas: las normas citadas y las de general y especial aplicación, esta Viceconsejería acuerda la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- Hacer pública la relación de las parcelas que han sido propuestas para su liberación del Proyecto de Expropiación del Polígono de El Rosario, con indicación de su número según proyecto, título y superficie a liberar.
Segundo.- Conceder un plazo de quince días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de que se procedan a subsanar en su caso, defectos detectados directamente por los titulares de las parcelas relacionadas.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de marzo de 1995.- El Viceconsejero de Vivienda, p.s., el Director General de Vivienda (Orden de 25.4.94; B.O.C. nº 55, de 4.5.94), José María Senante Mascareño.
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