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Visto el expediente de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Canarias, del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife, con domicilio social en la calle Heliodoro Rodríguez López, 30, piso 8º M, Santa Cruz de Tenerife.
Resultando que con fecha 21 de enero de 1992, tuvo entrada en este Registro escrito presentado por D. Pelayo Rodríguez López, en calidad de Presidente del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Canarias, acordada por la Junta de Gobierno en su sesión extraordinaria de fecha 23 de diciembre de 1991.
Resultando que el Colegio de referencia fue constituido en su día al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 2.772/1978, de 29 de septiembre.
Resultando que en el expediente del Colegio de referencia figuran los estatutos adaptados, como se establece en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales, y que fueron aprobados en Asamblea General Extraordinaria de fecha 27 de octubre de 1994.
Considerando que es competente el titular de la Dirección General de Justicia e Interior para disponer la inscripción, en su caso, de los Colegios Profesionales de Canarias, como determina el artículo 35 del Decreto 277/1990, de 27 de diciembre.
Vistos la Ley 10/1990, de 23 de mayo, y el Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, y demás normativa de común y general aplicación, R E S U E L V O:
Inscribir en el Registro de Colegios Profesionales de Canarias, el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife, bajo el número 32.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Ilma. Sra. Viceconsejera para las Administraciones Públicas del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, desde la notificación de la presente, como determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 1994.- El Director General de Justicia e Interior, Francisco José Manrique de Lara y Llarena.
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