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Resultando que con fecha 13 de junio de 1994, D. Felipe Valladares Díaz, en representación de la Sociedad Cooperativa Aguas del Teide, presentó en la Dirección General de Industria y Energía escrito en el cual viene a solicitar la declaración de utilidad pública de las citadas instalaciones de embotellado de agua requerida por la Dirección General de Urbanismo. Y en este sentido, el interesado manifiesta que dicha petición viene fundamentada por los siguientes motivos:
1. Creación de puestos de trabajo para jóvenes menores de 25 años en autoempleo (14 socios).
2. Aprovechamiento de recursos naturales.
3. Cubrir la demanda interna de un producto y reducir las importaciones de agua mineral.
Resultando que una vez transcurrido el plazo previsto para el trámite de información pública, no se ha presentado escrito de oposición a la referida solicitud por los posibles afectados.
Resultando que, a requerimiento de la Dirección General de Industria y Energía, el Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Arico emitió informe el 6 de julio de 1994, sobre la referida petición de declaración de utilidad pública, en el cual viene a poner de manifiesto lo siguiente:
En relación con su petición de informe sobre la solicitud de declaración de utilidad pública e interés social de una planta de embotellado de agua cuya ubicación en este término municipal promueve la Sociedad Cooperativa Aguas del Teide, le informo que este Ayuntamiento, a través de su Agencia de Desarrollo Local, viene patrocinando dicha iniciativa y que, en consecuencia, declara su parecer favorable a que se le conceda dicha declaración.
Vistas la Ley 5/1987, de 7 de abril, sobre Ordenación Urbanística del Suelo Rústico de la Comunidad Autónoma de Canarias, y demás disposiciones legales de general aplicación.
Considerando que el Ayuntamiento de la Villa de Arico emitió el 6 de julio de 1994 informe favorable en relación con la declaración de utilidad pública e interés social de la Cooperativa Aguas del Teide, cuya actividad viene siendo patrocinada por la propia Corporación Municipal. Por consiguiente, dicho informe adquiere relevancia a los efectos de estimar la mentada petición.
Considerando que, de acuerdo con el informe emitido por el Ayuntamiento de la Villa de Arico de 13 de abril de 1994, a requerimiento de la Dirección General de Urbanismo, esta Corporación pone de relieve que en el lugar de ubicación de la planta de embotellado existe un pozo de extracción de agua potable, susceptible de ser aprovechado para uso industrial, creando puestos de trabajo de los que está necesitado este municipio. Y como quiera que el funcionamiento de la referida planta de embotellado de agua va a generar nuevos empleos en dicho término municipal, y viene a cubrir, en parte, la demanda interna de consumo de agua mineral en la isla de Tenerife, es por lo que se dan en el presente caso razones objetivas para declarar de utilidad pública e interés social las referidas instalaciones, teniendo en cuenta además la grave situación de desempleo que atraviesa esta Comunidad Autónoma.
Por todo lo cual, esta Dirección General de Industria y Energía, en el ejercicio de sus competencias,
HA RESUELTO:
Declarar de utilidad pública e interés social la planta de embotellado de agua ubicada en el término municipal de la Villa de Arico, cuyo titular es la Sociedad Cooperativa Aguas del Teide, a los efectos previstos en la Ley 5/1987, de 7 de abril, sobre Ordenación Urbanística del Suelo Rústico de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente Resolución, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 1994.- El Director General de Industria y Energía, Luis García Martín.
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