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Se hace saber a S.I.T.E.C.S.A., como titular de la empresa operadora nº 394, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 39/94, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, por haberse comprobado que en el establecimiento Bar Los Abrigos, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Porlier, 6, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa tipo B, modelo Roller Plus, serie A, número 1683, Guía 1117522 que, al momento de la inspección, presenta fotocopia provisional de la Guía de Circulación válida hasta el 7 de agosto de 1993 y careciendo, además, de justificante de pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego.
Todo lo cual supone infracción a los artículos 11, 30.1.b) y d), 40.4 y 41.3 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 1994.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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