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Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 14 de abril de 1994 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y en virtud de lo dispuesto en el artº. 64 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo nº 495/94, seguido a instancia de Secolima, S.A. (Colegio Nuryana).
Segundo.- Hacer pública la presente en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de lo preceptuado en el artº. 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que los interesados en el recurso nº 495/94, promovido por Secolima, S.A. (Colegio Nuryana), contra Resolución de la Consejería de Educación desestimando recurso de reposición presentado por la entidad titular del Colegio Nuryana contra Orden de 8 de noviembre de 1993, por la que se resuelve adjudicación y renovación de los conciertos educativos 93/94 a 96/97, puedan comparecer ante dicha Sala en el plazo de nueve días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 1994.- El Secretario General Técnico, Fernando Arozena González.
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