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En cumplimiento de la Orden del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de fecha 18 de octubre de 1993, por la que se determina que el expediente de adquisición onerosa de un inmueble y finca anexa, en el término municipal de Buenavista del Norte, que va a ser destinado a crear alojamiento e infraestructura, por la importancia que como alternativa ofrece el turismo rural, para la Consejería de Presidencia y Turismo, se tramite por el sistema de adjudicación directa y que sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias las razones que justifican dicho procedimiento, esta Dirección General de Patrimonio y Contratación hace público que será utilizado el sistema de adquisición por adjudicación directa, dada la extrema urgencia en proceder a su adquisición, la singularidad de la necesidad a satisfacer, así como el enclave único donde se encuentra ubicado, prescindiéndose del concurso público, con arreglo a lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, no siendo preciso por ello abrir una concurrencia de ofertas.
Lo que se publica conforme establece el punto 4 del ya mencionado artículo 30 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, anteriormente indicada. Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 1993.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Pedro Jorge Rodríguez Zaragoza.
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