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El Pleno del Ayuntamiento de Fasnia, en la sesión celebrada el día 27 de noviembre de 1992, acordó delegar en el Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife, la gestión recaudatoria del precio público por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público municipal.
El Pleno del Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife, en sesión plenaria celebrada el día 28 de enero de 1993, aceptó la delegación de la citada gestión recaudatoria con sujeción a las condiciones establecidas por dicho Consorcio en lo relativo a calendarios, soportes informáticos, modalidades de cobro, cuantía de las aportaciones y demás actuaciones necesarias para la recaudación en periodo voluntario y en vía ejecutiva.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artº. 7.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
Fasnia, a 1 de marzo de 1993.- El Alcalde, Pedro Hernández Tejera.
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