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BOC Nº 039. Lunes 29 de Marzo de 1993 - 484

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

484 - RESOLUCIÓN de 13 de enero de 1993, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 13 de noviembre de 1992, que deniega la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior El Altillo, promovido por D. Fermín Guerra Martínez y otros, en el término municipal de Moya (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 13 de noviembre de 1992, por el que se deniega la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior El Altillo, promovido por D. Fermín Guerra Martínez y otros, en el término municipal de Moya, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de enero de 1993.- El Director General de Urbanismo, Javier Ruiloba Santana.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el pasado día 13 de noviembre de 1992, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: denegar la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior El Altillo, Gran Canaria, promovido por D. Fermín Guerra Martínez y otros, en base a que el suelo objeto de actuación no tiene la consideración de urbano por lo que no es posible tramitar y aprobar el P.E.R.I. hasta que se produzca la adaptación del planeamiento general del municipio a la legislación urbanística vigente.

Segundo: el presente Acuerdo será debidamente publicado en el Boletín Oficial y expresamente notificado al promotor y al Ayuntamiento con indicación de los recursos que legalmente procedan.

Contra este Acuerdo cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de su notificación, que deberá venir acompañado de dos copias, ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, y contra su desestimación expresa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso; y si ésta fuera presunta, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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