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Se hace saber a D. Pedro Luján Hernández, con D.N.I. nº 42.014.541, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 283/91, por infracción a la normativa vigente sobre el Juego, recayendo una sanción de un millón de pesetas, por haberse comprobado que el día 23 de septiembre de 1991, se encontraba en la calle El Castillo realizando la actividad prohibida denominada juego de los triles, en plena vía pública, interviniéndosele los siguientes efectos: tres cartas de baraja española y 10.000 pesetas.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6 y 21.2.1.a) de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, y al artº. 1 del Decreto 57/1986, de 4 de abril, anteriormente citados.
Dicha multa se hará en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda, mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.
Contra cuya Resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición si ésta fuera expresa o un año desde su interposición si no lo fuera expresamente, en virtud del artº. 52 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de noviembre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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