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Se hace saber a D. Evaristo González Reyes, titular del salón de juegos recreativos Mini Fruit Laguna 2, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 103/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al presentar, en el salón de juegos, un permiso de autorización de instalación y apertura caducado, con fecha 22 de febrero de 1991.
Lo que supone infracción a los artículos 27, 29 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Sancionándose como disponen el artículo 39.3 del citado Decreto y artículos 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente en defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de septiembre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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