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Se hace saber a la empresa de servicios Bingos de Corralejos, S.A., que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución, en el expediente sancionador, incoado por la Dirección General de Justicia e Interior de la Consejería de la Presidencia con el nº 100/91, por infracción a la vigente normativa sobre el juego, proponiéndose una sanción de un millón (1.000.000) de pesetas al haberse comprobado que por la Sala de Bingo La Oliva, sita en Fuerteventura, calle Lepanto, 33, no se hizo efectivo el pago del premio del Bingo Acumulado que obtuvo Dña. Carmen Martín Rodríguez con D.N.I. nº 42.886.862 el día 14 de junio de 1991, por importe de tres millones sesenta mil (3.060.000) pesetas, dado que dicha Sala le entregó un cheque del Banco Hispano Americano c/c nº 1823-8 por importe de tres millones (3.000.000) de pesetas el cual no fue pagado a su presentación al cobro el día 17 de junio de 1991 por carecer de fondos. Posteriormente la Sala le entregó a la citada Sra. tres cheques por importe cada uno de un millón (1.000.000) de pesetas, careciendo uno de ellos de fondos, lo que constituye una infracción a lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 122/1988, de 1 de agosto, en relación con el artículo 40.3.f) del mismo.
De acuerdo con el artículo 42 del citado Decreto, se le concede el plazo de ocho días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del siguiente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviere por conveniente a la defensa de su derecho.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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