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No teniendo constancia esta Dirección General de Vivienda del domicilio de la entidad mercantil Constructora Copain, S.L., y siendo necesario notificarle la Propuesta de Resolución recaída en el expediente sancionador VP-37/90, al ser parte interesada, y de conformidad con lo previsto en el artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
Notificar a la Constructora Copain, S.L. la Propuesta de Resolución de fecha 22 de enero de 1992, producida en el expediente VP-37/90, cuya parte dispositiva dice textualmente:
Propuesta:
Sancionar a la Constructora Copain, S.L., con multa de 250.000 pesetas, como autora de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por los defectos constructivos de que adolece el inmueble sito en calle Duque de Osuna, s/n, esquina Jaime Jarner, en Arinaga, consistentes en viviendas A y B, de la planta 1ª y vivienda E, de la 2ª, presentan desniveles en algunas piezas del pavimento; trampilla del aljibe en mal estado; en garaje, humedad en pared medianera con escalera con calle Jaime Jarner, con desprendimiento del P.H.; falta punto de luz en tramo de escalera con garaje; en zaguán, puerta de aluminio desajustada, fisura mal reparada; desajuste de la puerta de entrada de la vivienda 1º E; humedad en la cocina de la vivienda 2º E; inexistencia de tacos de topes de puertas; inexistencia de rejillas de ventilación en la parte inferior de las puertas de los aseos.
Requerir a la entidad mercantil Copain, S.L. (Constructora), a fin de que en el plazo de treinta días, efectúen las obras de reparación necesarias, a fin de subsanar conforme al buen hacer de la construcción, las deficiencias en cuestión, bajo apercibimiento de que, de no proceder conforme a lo expuesto le pararán los perjuicios a que hubiere lugar en Derecho.
Requerir a la entidad Proviansa Dos, S.A., en virtud de lo dispuesto en el artº. 111, párrafo 2º del Reglamento de V.P.O., Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, para que en el plazo de treinta días subsane las deficiencias localizadas en el inmueble sito en la calle Duque de Osuna, esquina Jaime Jarner, de Arinaga, Agüimes. Contra esta Propuesta de Resolución, podrán los interesados formular las alegaciones que en su derecho convengan, ante esta Dirección General de Vivienda, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos, respectivamente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 1992.- La Directora General de Vivienda, María Isabel Déniz de León.
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