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BOC Nº 129. Lunes 15 de Octubre de 1990 - 1077

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

1077 - RESOLUCION de 17 de septiembre de 1990, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificaciones de Resoluciones a titulares de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución recaída en el expediente incoado contra los mismos, por infracción a la normativa turística, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. 2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 222/89; TITULAR: D. Walter Leslie Lipscombe; ESTABLECIMIENTO: Pub "Hair The Dog"; POBLACION: Corralejo-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: no anunciar en el establecimiento de referencia la existencia de hojas de reclamaciones. No exibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, las relaciones de los servicios con los precios que rigen a la prestación de los servicios; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 4º de la Orden de 13.11.1986, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias, artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 1º y en aplicación del artº. 4º de la Orden Ministerial de 19.6.1970; CALIFICACION: leve; SANCION: 15.000 ptas.

2) Nº EXPTE.: 223/89; TITULAR: Dña. Azucena Melcón Crespo; ESTABLECIMIENTO: Bar Restaurante "El Caserío"; POBLACION: La Oliva-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo en la que se contendría su clasificación; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden Ministerial de 17.3.1965, de ordenación turística de restaurantes; CALIFICACION: grave; SANCION: 150.000 ptas.

3) Nº EXPTE.: 224/89; TITULAR: Dña. Dominique Millet; ESTABLECIMIENTO: Bar "Max"; POBLACION: La Oliva-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: no haber comunicado a este organismo la relación de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. No disponer en el establecimiento de hojas de reclamaciones. No anunciar la existencia de hojas de reclamaciones. No exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, las relaciones de servicios con sus precios; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 30 de la Orden Ministerial de 17.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 2º y en aplicación del artº. 4º de la Orden Ministerial de 19.6.1970, artº. 1º de la Orden de 13.11.1986, de la Consejería de Turismo y Transportes, artº. 4º de la Orden de 13.11.1986, de la Consejería de Turismo y Transportes, artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 1º y en aplicación del artº. 4º de la Orden Ministerial de 19.6.1970; CALIFICACION: leve; SANCION: 40.000 ptas.

4) Nº EXPTE.: 262/89; TITULAR: D. Ramón Noguera Domínguez; ESTABLECIMIENTO: Restaurante, "Las Dunas"; POBLACION: La Oliva-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, sin haberlo comunicado a este organismo y, por tanto, sin haberse autorizado su apertura y funcionamiento por tal actividad; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden Ministerial de 17.3.1965, de ordenación turística de restaurantes; CALIFICACION: grave; SANCION: 150.000 ptas.

5) Nº EXPTE.: 391/89; TITULAR: Dña. Josefina María Duque Lasso; ESTABLECIMIENTO: Cafetería "El Despacho"; POBLACION: Arrecife de Lanzarote; HECHO INFRACTOR: no exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, las reclamaciones de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 18.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 3º; CALIFICACION: leve; SANCION: 30.000 ptas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de septiembre de 1990.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Pedro J. García Artiles.

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