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El Excmo. Sr. Ministro de Defensa con fecha 22 de noviembre de 1988, ha tenido a bien desafectar del fin público a que estaba destinado los terrenos del inmueble denominado "Castillo de Alonso Alvarado" o "Cuartel de Mata", en Las Palmas de Gran Canaria, del que forman parte las cinco casas que se van revertir.
Inmuebles que fueron expropiados en su día a los siguientes propietarios:
INMUEBLE PROPIETARIOS SUPERFICIE EN M2
1 Hermanos D. José y D. 12 2 Rafael Avellaneda y 20 3 Rodríguez. 20 4 20 5 8 TOTAL 80 M2
Por ello, en cumplimiento de cuanto determina el artículo 80.3 del Decreto 1.401/1966, de 2 de junio, de adaptación de la Ley de Procedimiento Administrativo a los Departamentos Militares, se pone en conocimiento de los primitivos dueños y de sus causahabientes, que ha desaparecido la afectación al fin público a que estaban destinados los edificios, por lo que pueden, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, ejercer el derecho de reversión que les otorga los artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en relación con los artículos 63 y siguientes de su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.
Para el ejercicio de este derecho deberán los interesados formular las alegaciones oportunas ante la Gerencia de Infraestructura de la Defensa, en calle Princesa, nº 32 -28008- Madrid.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de mayo de 1990.- El Coronel Jefe de la JIEA, José A. Leardy González.
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