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BOC Nº 032. Miércoles 14 de Marzo de 1990 - 275

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Juzgado de 1ª Instancia nº 32 de Madrid

275 - EDICTO.

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D. Enrique Marín López, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Treinta y Dos de los de Madrid.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos del artº. 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el nº 399/89, a instancia de Banco Español de Crédito contra "Duque y García, S.A.", en los cuales se ha acordado sacar a pública subasta por término de 20 días, los bienes que luego se dirá, con las siguientes condiciones:

1.- Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el próximo día 25 de abril de 1990, a las trece veinte horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, por el tipo de 7.320.000 pesetas.

2.- Para el supuesto de que resultare desierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el próximo día 30 de mayo de 1990, a las doce horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, con la rebaja del 25 por ciento del tipo que lo fue para la primera.

3.- Si resultare desierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el próximo día 27 de junio de 1990, a las nueve treinta horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo.

4.- En las subastas primera y segunda no se admitirán posturas que no cubran el tipo de subasta correspondiente.

5.- Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas, los licitadores deberán consignar previamente el 20 por ciento del tipo, para ser admitidos a licitación, calculándose esta cantidad en la tercera subasta, respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la cuenta provisional de consignaciones nº 42000-9 del Banco de Bilbao (Cap. Haya, 55) de este Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo del ingreso.

6.- Los títulos de propiedad de los inmuebles subastados se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obrantes en autos, de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bastantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adjudicatario las acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlas, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

7.- Podrán hacerse posturas en pliego cerrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero, con las reglas que establece el artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

8.- Se devolverán las consignaciones efectuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, las que se reservarán en depósito como garantía del cumplimiento de la obligación, y en su caso como parte del precio de la venta.

9.- Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebración de la subasta, también podrán reservarse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los precios de la subasta, por si el primer adjudicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

BIENES OBJETO DE SUBASTA

Urbana: casa y garaje de una sola planta con un solar a su espalda, situada en esta ciudad, calle Pedro J. de las Casas, s/n de gobierno, que mide cuatrocientos veinte y cinco metros, siete decímetros cuadrados, y de los que la edificación, que es antigua, ocupa ciento treinta y ocho metros, trece decímetros cuadrados, y linda: frente o norte, calle de su situación; derecha entrando o poniente, casa de D. Eugenio Alvaro Carballo Fernández y otros, de herederos de D. Manuel Galván Lorenzo y solar de D. Francisco Rodríguez Cabrera; izquierda o naciente, casas de D. Pedro Sicilia Hernández, D. Antonio Hernández Díaz, D. Juan Pérez Rodríguez y D. Rafael Daranas Hernández y otros; y espalda o sur, con dicha casa de D. Rafael Daranas Hernández y otros y la de D. Carmelo Pérez Hernández y D. Sebastián Medina López.

Título: el de compra a la entidad "Hermanos García Martín, Sociedad Anónima" mediante escritura autorizada por el Notario que fue de esta capital D. Bernardo Saro Calamita el seis de abril de mil novecientos setenta y nueve.

Inscripción: al tomo 872, folio 134, finca número 6.095, inscripción segunda.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias expido el presente en Madrid, a 20 de noviembre de 1989.- El Magistrado-Juez.- El Secretario.

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