Estás en:
No teniendo constancia esta Secretaría General Técnica del domicilio actual de D. Emilio Morales Lemes y siendo obligado notificarle Pliego de Cargos formulado en su contra, a los efectos que abogue lo que a su derecho convenga, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1985,
R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a D. Emilio Morales Lemes que se ha levantado Pliego de Cargos en su contra, en el expediente sancionador nº 006/89, incoado por la Dirección Territorial de Salud de Las Palmas, como consecuencia de la visita de inspección girada al establecimiento sito en la calle C. Atlántico, locales 23 y 24, dedicado a la actividad de bar-restaurante, según consta en las Actas nº 0003133-B y en la nº 0003139-B, de fecha respectivamente 11 de octubre y 13 de diciembre, ambas de 1989, en las que se comprobará que: la cocina carece de espacio suficiente para desarrollar la actividad. Suciedad en la cocina. Carece de cubos de basura con cierre hermético. No cuenta con agua caliente. No poseen carnet de manipuladores de alimentos D. Manuel Lorenzo Milán y D. Teodoro Casanova Escobar.
Asimismo, se le advierte que, conforme a lo establecido en el artículo 136.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, dispone del plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar lo que estime conviniente en su descargo, ante el instructor y por escrito, significándole que de no hacerlo en el plazo indicado, se seguirán las actuaciones que establece el artículo 137 de la citada Ley.
Segundo.- Remitir al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria el citado Pliego de Cargos, a efectos de su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 1990.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.
© Gobierno de Canarias