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Se hace saber a la empresa de servicio "Juegos San José", que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador nº 159/89, incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, al comprobarse, según Acta de los Inspectores del Juego de la Consejería de la Presidencia, de fecha 4 de abril de 1989, que en el Salón de Bingo "Amigos Canarios de la Opera", sito en la calle Ventura Ramírez, nº 16, Las Palmas de Gran Canaria, se carece del Libro de Reclamaciones, tanto en la Sala como en el Servicio de Admisión, lo que constituye una infracción a la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias, en relación con el artº. 42 del Decreto 123/1988, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo.
De acuerdo con el artículo 43, antes mencionado, del citado Reglamento, se concede a Vd. el plazo de ocho días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, para que pueda formular en su descargo las alegaciones que tuviere por conveniente a la defensa de su derecho.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de febrero de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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