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BOC Nº 127. Viernes 7 de Octubre de 1988 - 2600

IV. DISPOSICIONES DEL ESTADO - Ministerio de Economía y Hacienda

2600 - ORDEN de 20 de septiembre de 1988, por la que se fija el derecho regulador para las importaciones de trigo panificable en las Islas Canarias (B.O.E. n° 230 de 24-9-88).

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Ilustrísimo señor: De conformidad con el articulo 29 del Real Decreto 506/1987, de 10 de abril, y el artículo 19 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 20 de junio de 1988,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.- La cuantía del derecho para las importaciones en las Islas Canarias de las harinas panificables de la partida arancelaria 11.01.A es de 1.000 pesetas/tonelada métrica.

Segundo.- Este derecho entrará en vigor desde la fecha de publicación de la presente Orden hasta su modificación.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Madrid, a 20 de septiembre de 1988.- El Secretario de Estado de Comercio, Apolonio Ruiz Ligero, p.d. (Orden de 23 de octubre de 1985).

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