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De acuerdo con la petición formulada por los Decanos del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y del Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofa y Letras y en Ciencias, ambos de Canarias, los Decanos de las Facultades de Química, Biología y Matemáticas, todos ellos de la Universidad de La Laguna, y los Decanos del Centro Universitario Superior de Ciencias del Mar Y Facultad de informática, ambos de la Universidad Politécnica de Canarias en Las Palmas, la creación de la Academia Canaria de las Ciencias coadyuvará a la consecución de una mayor reacción de las fuerzas sociales para estimularla investigación científica, con el fin de elevar el desarrollo tecnológico y el nivel y bienestar social de Canarias.
Dada la existencia de un buen número de Departamentos universitarios que abarcan diversas ramas de la ciencia, integradas en centros ya consolidadas y de reconocido prestigio, así como en otros de reciente creación, en ambos casos con profesores y equipos de investigación cualificados y teniendo en cuenta la presencia de personas fuera del ámbito universitario, de gran relieve y sin(Yular proyección exterior, se hace necesaria la creación de dicha Academia, máxime teniendo en cuenta que nuestra Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en esta materia según se establece en el artículo 29 de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canaiias, que dispone:
"Ocho. Fomento de la investigación científica y técnica, en coordinación con el Estado.
Nueve. Fomento de la cultura. Instituciones relacionadas con el fomento y enseñanza de las Bellas Artes, Artesanía, Patrimonio histórico artístico, monumental, arqueológico, y científico.
En atención a la solicitud presentada, de conformidad con el texto legal reseñado, a propuesta del Consejero de Educación y previo acuerdo del Gobierno en su reunión del día 24 de abril de 1987,
D I S P O N G O: Artículo 12.- Se crea la Academia Canaria de Ciencias, domiciliada y con ámbito de actuación en Canarias.
Artículo 22.- Se aprueban los Estatutos que reirán a esta Academia y cuyo texto se pública anexo.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 1987.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Accvedo.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano.
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