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    Fondo europeo de desarrollo regional

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El Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.

En el Programa Operativo Feder 2014-2020, dentro del eje 9, que tiene por objetivo promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y contra cualquier tipo de discriminación, se encuentra el PI 9b), relativo al apoyo a la regeneración física, económica y social de las comunidades desfavorecidas de las zonas urbanas y rurales, dotando a la región de mecanismos que permitan atender las desigualdades sociales y coordinar e incrementar el impacto de las actuaciones realizadas dentro del Fondo Social para que conjuntamente con éste y con las políticas regionales se atiendas las necesidades sociales existentes.

Las intervención supone la rehabilitación para la mejora de las viviendas protegidas que constará de acciones encaminadas a favorecer las condiciones de vida de los adjudicatarios de viviendas protegidas de promoción pública, mediante la rehabilitación de viviendas y edificios y su entorno, con actuaciones que permitan dotarlas de condiciones de habitabilidad, posibilitar el ahorro de consumo energético o la adaptación a la normativa vigente en materia de aguas, electricidad, protección contra incendios o planeamiento o aquellas que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas, entre otras.

Las actuaciones previstas están relacionadas con la reducción de las tasas de pobreza y con la generación de empleo, especialmente de empleo de baja cualificación y vinculado al sector de la construcción, que por sus características y perfil socioeconómico tiene serias dificultades de recolocación en otros sectores pujantes de la economía.

Las obras a ejecutar, bien sea en interior de viviendas, o en edificaciones y su entorno, de distinta naturaleza y entidad, esta previsto que se realicen en los distintos grupos de viviendas protegidas que conforman el parque público de vivienda existentes en los municipios señalados en el Programa Programa Operativo Feder 2014-2010.

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