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BOC Nº 048. Jueves 9 de marzo de 2023 - 695

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

695 Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.- Resolución de 28 de febrero de 2023, por la que se convoca el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, para el curso escolar 2023/2024, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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BOC-A-2023-048-695. Firma electrónica - Descargar

Vista la necesidad de convocar el procedimiento de admisión del alumnado para cursar, en centros docentes sostenidos con fondos públicos, enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Administración educativa debe convocar, para el curso 2023-2024, el procedimiento de admisión de aquel alumnado que se encuentre en los siguientes supuestos:

a) Incorporación por primera vez a un centro para iniciar o continuar alguna de las enseñanzas no universitarias del sistema educativo.

b) Cambio de centro, de modalidad o régimen de oferta de enseñanzas: presencial, a distancia, nocturno o diurno.

c) Inicio de las enseñanzas de Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas, aunque sea dentro del mismo centro.

d) El alumnado que quiera reanudar sus estudios o al que se haya dado formalmente de baja.

e) Cambio de etapa o curso en los centros privados concertados, aunque el alumno o alumna sea del propio centro, cuando proceda de una etapa o curso no incluido en el concierto.

Segundo.- Por otra parte, la implantación desde el curso 2022/2023 del tercer curso y aulas mixtas de segundo y tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en determinados centros dependientes de la Consejería competente en materia educativa, por su carácter de experiencia piloto, justifica la obligatoriedad de todo el alumnado que inició en el curso 2022/2023 el primer ciclo de Educación Infantil, de presentar solicitud y participar en el procedimiento de admisión, al igual que el resto del alumnado que comienza su escolarización en el segundo ciclo de Educación Infantil. Únicamente el alumnado de segundo curso que haya sido admitido en el curso actual en aulas mixtas de segundo y tercer curso del primer ciclo, podrá mantener la continuidad del segundo al tercer curso de Educación Infantil.

Por ello, es preciso publicar la resolución con el calendario e instrucciones específicas del procedimiento de admisión del alumnado para cursar, en centros docentes sostenidos con fondos públicos, enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, señala en su artículo 84.1 que “Las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores legales. En dicha regulación se dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo”.

Segundo.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, en su artículo 51, prevé que el Gobierno de Canarias regulará la admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados, de tal forma que se garantice el derecho a la educación y el acceso en condiciones de igualdad. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Tercero.- El Decreto 9/2022, de 20 de enero, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias, es el reglamento marco que establece en nuestro ámbito autonómico de gestión el procedimiento de admisión del alumnado en las distintas etapas o niveles educativos.

Cuarto.- La Orden de 3 de marzo de 2022, por la que se desarrolla el Decreto 9/2022, de 20 de enero, que regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículo 7.1 dispone que la dirección general competente en materia de escolarización dictará las instrucciones necesarias y convocará anualmente el procedimiento de admisión, con el calendario de cada una de las enseñanzas.

Quinto.- La Resolución de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre el proceso de admisión del alumnado en centros docentes con enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, y de acuerdo con la atribución prevista en la disposición adicional tercera de la Orden de 3 de marzo de 2022, por la que se desarrolla el Decreto 9/2022, de 20 de enero, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 17.2.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 7/2021, de 18 de febrero,

RESUELVO:

Primero.- Convocatoria.

La presente Resolución tiene por objeto convocar el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas, en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con los calendarios para cada una de las enseñanzas, que se contienen en los anexos siguientes:

Ver anexo en la página 11544 del documento Descargar

Segundo.- Centros de prioridad por simultaneidad.

1. Son centros de referencia, a efectos de prioridad, en las enseñanzas de Educación Secundaria, para el alumnado que curse simultáneamente enseñanzas de Educación Secundaria y enseñanzas regladas de Música o Danza o que siga programas deportivos de alto rendimiento, los siguientes:

Ver anexo en la página 11544 del documento Descargar

2. El alumnado que quiera hacer valer su condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento a los efectos de admisión, según se determina en el artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, deberá presentar la acreditación de la calificación de deportista de alto nivel o alto rendimiento realizada por el Consejo Superior de Deportes o la comunidad autónoma, según corresponda.

Tercero.- Desempate.

La letra que se aplicará para los supuestos de empate será la “D”, de acuerdo con el resultado del sorteo efectuado en la sede de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa. La prioridad en el orden de lista vendrá dada aplicando como primera letra, de forma sucesiva en los dos apellidos y en el nombre la letra “D”. La consideración de los apellidos y del nombre del alumnado se hará de acuerdo a la transcripción literal de los citados datos en el documento acreditativo de su identidad, si lo tuviera, o en el Libro de Familia en el que esté inscrito.

Cuarto.- Fondo Social Europeo.

El alumnado que obtenga plaza en alguno de los grupos cofinanciados por el Fondo Social Europeo deberá cumplir con las obligaciones previstas, entre las que se encuentran la cesión de datos sociodemográficos de los beneficiarios de Programas Operativos, amparada en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica de 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La información sobre las características de estos grupos figura en el Anexo X de la presente Resolución.

Quinto.- Publicación.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para su divulgación.

Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de febrero de 2023.- La Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, María Candelaria González Morales.

ANEXO I

CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO
DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA

Curso 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11546-11547 del documento Descargar

ANEXO II

CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO
DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Curso 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11548-11549 del documento Descargar

ANEXO III

CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO
DE BACHILLERATO

Curso 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11550-11551 del documento Descargar

ANEXO IV

CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO BÁSICO / GRADO MEDIO / GRADO SUPERIOR PRESENCIALES Y SEMIPRESENCIALES

CURSO 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11552-11555 del documento Descargar

ANEXO V

CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA LOS CICLOS FORMATIVOS
DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

CURSO 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11556-11557 del documento Descargar

ANEXO VI

CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA

CURSO 2023/2024

Ver anexo en la página 11558 del documento Descargar

ANEXO VII

CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA ENSEÑANZAS DEPORTIVAS

CURSO 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11559-11560 del documento Descargar

ANEXO VIII

CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA DE EDUCACIÓN
DE PERSONAS ADULTAS

CURSO 2023/2024

Ver anexo en las páginas 11561-11562 del documento Descargar

ANEXO IX

CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA DE ENSEÑANZAS DE IDIOMAS
DE RÉGIMEN ESPECIAL

CURSO 2023-2024

Ver anexo en las páginas 11563-11564 del documento Descargar

ANEXO X

INFORMACIÓN SOBRE GRUPOS COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PROGRAMA OPERATIVO REGIONAL CANARIAS 2014-2020

CURSO 2023/2024

Ver anexo en la página 11565 del documento Descargar

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