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BOC Nº 160. Viernes 12 de agosto de 2022 - 2674

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

2674 Agencia Tributaria Canaria.- Resolución de 19 de julio de 2022, del Presidente, por la que se declara finalizado el procedimiento selectivo convocado para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo Superior de Administradores, Escala Administradores Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1), mediante Resolución de 22 de abril de 2021, por imposibilidad material de su continuación.

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BOC-A-2022-160-2674. Firma electrónica - Descargar

Vista propuesta de resolución, de fecha 14 de julio de 2022, que presenta el Presidente del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1), convocadas por Resolución de 22 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Tributaria Canaria (BOC nº 197, de 24.9.2021), por medio de la cual se eleva a este órgano, al amparo del artículo 84.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, propuesta de finalizar el expediente administrativo por imposibilidad material de continuación, al no superar ninguno de los aspirantes la fase de oposición del procedimiento.

El artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la terminación, establece que:

“[…] 1. Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.

2. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso[…]”.

Por cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero.- Declarar finalizado el procedimiento selectivo convocado para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1), cuya convocatoria fue aprobada mediante Resolución nº 10/2021, de 22 de abril, de este órgano, publicada en el BOC 197/2021, de 24 de septiembre, por imposibilidad material en su continuación, al no haber superado ninguno de los aspirantes presentados la fase de oposición.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede la Agencia Tributaria Canaria.

Tercero.- Ordenar el archivo del expediente administrativo y de las actuaciones practicadas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, según corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo a lo previsto en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de julio de 2022.- El Presidente, Román Rodríguez Rodríguez.

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