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BOC Nº 139. Viernes 10 de Julio de 2020 - 2239

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Santa Cruz de Tenerife

2239 EDICTO de 5 de mayo de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000469/2019.

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BOC-A-2020-139-2239. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Ana Isabel Torres Chico, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 27 de noviembre de 2019.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Juana María Hernández Hernández Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Diez de los de este Partido, los presentes autos de juicio verbal de desahucio precario seguidos bajo el nº 469/2019 promovidos, como demandante, Buildingcenter, S.A.U. representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez bajo la dirección letrada de Dña. Maryelín Méndez Hernández contra ignorados ocupantes de la vivienda que versan sobre desahucio por precario.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda deducida a instancias de Buildingcenter, S.A.U. representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez bajo la dirección letrada de Dña. Maryelín Méndez Hernández contra ignorados ocupantes de la vivienda y en consecuencia se condena a los ignorados ocupantes de la vivienda a desalojar la vivienda sita en la calle Chirama, nº 96, C. Postal 38111-Los Alisios, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, inscrita en el Registro de la propiedad Finca nº 19.715, Tomo 2.613, Libro 761, folio 157. Referencia Catastral nº 2152518CS7425S0001FR.

Y dejarla a disposición del demandante, con la prevención de que de no hacerlo se procederá al lanzamiento. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación a presentar por escrito en este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. ignorados ocupantes, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de mayo de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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