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BOC-A-2020-138-2227.
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El Sr. Consejero Director de esta Gerencia Municipal de Urbanismo mediante resolución nº 3035/2020, adoptada el pasado 18 de junio de 2020, en el procedimiento que se sigue en esta Administración con nº 2020002109, relativo a la modificación del vigente Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico para la ampliación de su catálogo de edificaciones protegidas, ha resuelto lo siguiente:
Primero.- Iniciar el procedimiento de modificación menor del catálogo del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de La Laguna a los efectos de ampliar el mismo de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Todos aquellos inmuebles que, respondiendo a la tipología de casa terrera tradicional y estando en el ámbito del Conjunto Histórico, no fueron expresamente catalogados pese a presentar valores patrimoniales de interés.
2. Aquellos inmuebles que se encuentran en la calle Marqués de Celada como una de las vías de entrada tradicional a la ciudad histórica -dentro del tramo situado en la llamada zona tampón- y que presentan valores patrimoniales de suficiente interés.
3. Aquellos inmuebles identificados en su día en el documento remitido a la UNESCO para la inclusión de la ciudad histórica en la lista de Patrimonio Mundial y que no siendo finalmente protegidos por el Plan Especial de Protección, aún existen y conservan valores patrimoniales de interés como elementos conformadores del parcelario histórico.
Segundo.- Designar como órgano promotor a la Gerencia Municipal de Urbanismo y, en cuanto al órgano ambiental, a la Administración Autonómica, previa firma del correspondiente convenio, designando asimismo como director responsable de la elaboración de la modificación a la Jefa del Servicio de Gestión del Casco Histórico.
Tercero.- Ordenar la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición que impliquen cualquier intervención que exceda de la conservación y el mantenimiento, con objeto de evitar la posible destrucción o deterioro de bienes integrantes del patrimonio histórico de Canarias en los siguientes inmuebles en los que se han observado elementos que podrían justificar su protección patrimonial:
Ver anexo en las páginas 17512-17513 del documento Descargar
Esta suspensión surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y tendrá un plazo de un (1) año.
Cuarto.- Ordenar la publicación de este acuerdo de suspensión en el Boletín Oficial de Canarias y en, al menos, dos de los diarios de mayor difusión en la isla; y notificar el acuerdo a los peticionarios de licencias afectados, al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.
Quinto.- Ordenar al Servicio de Gestión del Casco Histórico que elabore los borradores de las fichas de protección de los inmuebles relacionados.
Sexto.- Contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación.
San Cristóbal de La Laguna, a 25 de junio de 2020.- El Consejero Director (pdf Resolución 444/2020), la Jefa del Servicio, María Beatriz Simón Franco.
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