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BOC Nº 107. Lunes 1 de Junio de 2020 - 1699

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V. ANUNCIOS - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

1699 EXTRACTO de la Orden de 21 de mayo de 2020, por la que se convoca para la campaña 2020 la "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)", Acción I.3 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

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BOC-A-2020-107-1699. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 506985.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de la ayuda los viticultores cuyas superficies de cultivo estén inscritas en alguno de los Consejos Reguladores u órganos de gestión de las diferentes Denominaciones de Origen.

Segundo.- Objeto.

El objetivo principal de la acción es mantener el cultivo. Adicionalmente, se han establecido importes diferenciados dependiendo de que el beneficiario tenga o no suscrita una póliza para su producción incluida en los Seguros Agrarios Combinados, con el objetivo secundario de fomentar la prevención de riesgos económicos y se ha establecido un complemento de ayuda a los jóvenes agricultores.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC nº 233, de 4.12.17), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).

Cuarto.- Cuantía.

1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa para la campaña 2020, se le asigna un importe de tres millones setecientos treinta y cinco mil ciento sesenta (3.735.160,00) euros. Dicha cuantía podrá modificarse por posteriores decisiones de la Comisión Europea.

2. Los importes unitarios de la ayuda, como máximo ascenderán a:

- Producción no asegurada: 1.635 euros por hectárea.

- Producción asegurada: 1.800 euros por hectárea.

3. Se abonará un complemento de ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la presente campaña 2020.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de ayuda para acogerse a esta convocatoria podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el 30 de junio de 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2020.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA,

Alicia Vanoostende Simili.

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