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BOC Nº 35. Miércoles 20 de febrero de 2019 - 761

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

761 ORDEN de 9 de febrero de 2019, por la que se modifica el Anexo I de la Orden de 23 de febrero de 2017, que aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento para los ejercicios 2017, 2018 y 2019.

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BOC-A-2019-035-761. Firma electrónica - Descargar

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica, la obligación de las Administraciones Públicas de concretar en un plan estratégico de subvenciones, con carácter previo al establecimiento de las mismas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Esta misma exigencia se recoge en el artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, que determina que deberá aprobarse un plan estratégico por Departamento, que abarcará con carácter general, las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados. Dicho plan deberá estar aprobado, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 9 de dicho Decreto, con carácter previo al inicio del procedimiento para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones.

En cumplimiento de las normas antes citadas se dictó la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 23 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento para los ejercicios 2017, 2018 y 2019. Dicha Orden se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 46, de 7 de marzo de 2017, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 31.1, letra a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

La referida Orden incorpora en su Anexo I, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, con el contenido exigido en el artículo 7.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

La Dirección General de Pesca ha solicitado la modificación del citado Anexo I con el objeto de incorporar una nueva línea de subvención, destinada a la renovación de la flota pesquera de Canarias, cuyo establecimiento y convocatoria pretende llevarse a cabo durante este ejercicio presupuestario.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Orden de 23 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, en el sentido de introducir al Anexo I las siguientes modificaciones:

1).- Añadir a la letra B (En el sector Pesquero), en el apartado I (Objetivos), un párrafo con el siguiente tenor:

"Facilitar la renovación de la flota pesquera de Canaria y al mismo tiempo aumentar la seguridad de los pescadores profesionales".

2).- Añadir a la letra B (En el sector Pesquero), del apartado II (Efectos), del número 2 (Objetivos y efectos del Plan Estratégico), el siguiente párrafo:

"Asimismo, abrir la posibilidad de financiar la adquisición de buques en la Comunidad Autónoma de Canarias de manera que puedan reemplazarse buques obsoletos por otros nuevos y más seguros."

3).- Inclusión de un nuevo apartado c), denominado Ayudas a la renovación de la flota pesquera de Canarias, dentro del Anexo I, número 3 (Líneas de subvenciones en las que se concreta el Plan de Actuación), letra B (En el sector pesquero), con el siguiente tenor:

1. Área de competencia afectada y sectores hacia los que se dirige la ayuda: el área de competencia afectada por estas subvenciones es el de la ordenación del sector pesquero, y la ayuda se dirige al sector pesquero profesional, concretamente a los armadores de buques pesqueros de Canarias.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación: facilitar la renovación de la flota pesquera de Canarias consiguiendo con ello aumentar la seguridad de los pescadores profesionales, así como apoyar el mantenimiento de la actividad pesquera profesional, actividad que es medioambientalmente sostenible y generadora de empleo.

3. Plazo necesario para su consecución: durante este año y años sucesivos siempre que se reciba financiación a estos efectos procedentes de la Administración General del Estado.

4. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación: los costes previsibles para su realización, y las fuentes de financiación son las que aparecen reflejados en el Anexo I.1 y están referidos al ejercicio 2019.

5. Plan de acción: la línea de subvención se pretende poner en práctica anualmente, mediante la publicación de una convocatoria genérica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de un extracto de la misma en el Boletín Oficial de Canarias, antes de finalizar el primer trimestre de cada año.

6. Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a la subvención: el indicador que se considera apropiado para conocer el estado de situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento del objetivo de esta subvención es el del número de armadores beneficiados así como el número de embarcaciones de nueva construcción subvencionadas.

4).- Se añade un nuevo apartado al punto 2 del Anexo I.1, que queda en los términos recogidos en anexo a esta Orden.

Segundo.- Publicar la presente Orden, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.1, letra a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de febrero de 2019.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Narvay Quintero Castañeda.

Ver anexo en las páginas 6019-6019 del documento Descargar

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