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BOC Nº 236. Miércoles 5 de Diciembre de 2018 - 5622

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

5622 EDICTO de 2 de julio de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000792/2016.

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BOC-A-2018-236-5622. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Miriam Esther Méndez Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 29 de junio de 2018.

Vistos por mí, D. José Manuel Díaz Pavón, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 792/2016, seguidos a instancia de D. Patrick Staumont, representado por el procurador D. Orlando Puga Medraño, contra D. Pascal Durieux, declarado en rebeldía, dicto la presente con base en los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por D. Patrick Staumont, representado por el procurador D. Orlando Puga Medraño, contra D. Pascal Durieux, declarado en rebeldía:

Declaro la extinción del condominio de la vivienda descrita en fundamento de derecho primero de esta resolución y ordeno su venta en pública subasta judicial con admisión de licitadores extraños distribuyéndose el precio que en ella fuera obtenido, una vez deducidos los correspondientes gastos, conforme al derecho de cada propietario en tal comunidad, sirviendo como valor del inmueble a efectos de dicha subasta la valoración que se haga de la misma en el procedimiento de ejecución de la presente sentencia.

Condeno al demandado a pagar al actor la cantidad de 15.081,93 euros más las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a su notificación.

Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, en nombre de S.M. el Rey, lo pronuncio, mando y firmo.- El Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Pascal Durieux, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 2 de julio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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