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BOC Nº 100. Miércoles 27 de Mayo de 2015 - 2483

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

2483 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Directora, por la que se convocan, al amparo de las bases reguladoras aprobadas mediante Resolución de 5 de febrero de 2015, y para el ejercicio 2015, las subvenciones destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva.

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BOC-A-2015-100-2483. Firma electrónica - Descargar

Examinada la iniciativa del Servicio de Promoción Privada del Instituto Canario de la Vivienda sobre las bases de subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 5 de febrero de 2015 se dicta la Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda, por la que se aprueban bases reguladoras que regirán, durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017, la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios. En las mencionadas bases se establecen los requisitos para adquirir la condición de beneficiario, documentación a presentar, instrucción del procedimiento de concesión y los criterios de distribución del crédito total asignado en la convocatoria.

Segundo.- El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras.

Tercero.- Las bases reguladoras, en su base séptima, uno, establecen que en cada convocatoria se determinará el importe del crédito presupuestario correspondiente a la misma.

Cuarto.- A tenor de lo previsto en el apartado 3 de la base décima, el Instituto Canario de la Vivienda clasificará los expedientes subvencionables en orden decreciente según la puntuación obtenida. En el supuesto de solicitarse obras de rehabilitación correspondientes a más de un apartado de los previstos, procederá la suma de las valoraciones obtenidas en cada uno de los apartados para establecer la relación de los proyectos subvencionables. En caso de empate en la puntuación, se utilizará para dirimirlo el orden de antigüedad de los edificios.

Quinto.- El 17 de abril se emite propuesta por el Servicio de Promoción Privada.

Sexto.- Consta en el expediente informe favorable de fiscalización previa de la Intervención General de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad de fecha 18 de febrero de 2015.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán, durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017, la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios.

La citada Resolución ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 44, del miércoles 5 de marzo de 2015.

Segundo.- De acuerdo con el artículo 10.1.A).n) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, corresponde a la Dirección del Instituto Canario de la Vivienda aprobar las bases y efectuar la convocatoria de subvenciones genéricas.

Tercero.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Cuarto.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En virtud de lo anterior, y vista la propuesta del Servicio de Promoción Privada,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar, para el ejercicio 2015, subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios.

Segundo.- Para el año 2015, la cuantía prevista para estas subvenciones es de 3.142.857,00 euros, que se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 4901 261D Fondo 7049003 PI 04711341 Partida 7800000.

Tercero.- El plazo para la presentación de las solicitudes será de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución. La misma se publicará también en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será de nueve (9) meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Y en todo caso con anterioridad al cierre del ejercicio presupuestario.

La notificación de la resolución de concesión definitiva se llevará a cabo a mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda.

Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un mes, sin perjuicio de otro recurso que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de mayo de 2015.- La Directora, Sulbey González González.

Ver anexo en las páginas 14677-14679 del documento Descargar

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